Leandro Despouy, el gran ausente al que Bonadío y Stornelli deberían citar e investigar

   En una causa desprolija, colmada de irregularidades desde el comienzo de la misma ante la ausencia de la Garantía Constitucional del Juez Natural, lo que de aplicarse la teoría de «los frutos del árbol envenenado» haría todo muy sencillo para la defensa de los imputados en un debate oral.

Dentro de las irregularidades que son tapadas por la ayuda de los medios interesados en difundir y amplificar las medidas judiciales que en realidad ocultan un evidente interés político, se encuentra la falta de citación e investigación a otros funcionarios que por sus obligaciones deberían dar alguna explicación por su negligencia o complicidad-

Entre esos funcionarios destaco al ex presidente de la AGN (Auditoría General de la Nación) Leandro Despouy a quien conocí en Avellaneda y a quien pude entrevistar en dos oportunidades, incluso posteriormente tuve comunicaciones con sus asesores por el hecho de la arbitraria distribución de recursos (dinero) a algunas Universidades Nacionales, con una importante intromisión del Ministerio de Planificación Federal y la colocación de algunos funcionarios digitada por el propio Julio De Vido, una de las más beneficiadas y que no podía rendir sus gastos sin falsear datos es la UNDAV (Universidad Nacional de Avellaneda), personalmente me dijo Despouy que desde la AGN, no podían controlar esos gastos porque para cuando pudieran tener la información y procesarla ya seguramente no estarían las autoridades implicadas ya que existían unos años de diferencia entre lo que se recibía de dinero y lo que se rendía.

Fuimos el primer medio en advertir irregularidades en las partidas a algunas universidades, incluso universidades nuevas por ese entonces recibían en promedio más dinero por cada estudiante que las viejas universidades nacionales, pero los negociados no solo tenían que ver con las partidas, se utilizaron recursos del Estado para financiar la política local, empresas de funcionarios y pago de pautas de supuestos medios que al no estar registrados facturaban con CUIT de otros. El desvío era de cientos de millones, pero para la AGN, era más cómodo no investigar.

Ya la situación de Despouy nos revela la incoherencia de quien continuó en su cargo hasta el 2016 sin cumplir con los requisitos formales, también en el año 2013 fue denunciado por trabajadores estatales de que la Auditoría General de la Nación durante su presidencia se transformó en una oficina de empleo de afiliados radicales, muchos de los cuales no tenían funciones y a los que no se les conocía horario de trabajo, entre el 2002 y el 2014 aumento en 151,7% la planta de empleados. Por ese entonces la denuncia de los trabajadores incluía la contratación de twiteros, que se dedicaban a atacar en las redes sociales al gobierno y sus medidas de gobierno, instalando descontento en la población.

Es decir, si Despouy hubiera dedicado el mismo tiempo a su trabajo de presidente de la AGN que el dedicado a la política, seguramente la historia de las COIMAS sería otra, hago una sencilla reflexión.

Centeno, un chofer, con estudios básicos, con un sueldo medio permite iniciar una investigación histórica, con unos cuadernos de kiosquito y una birome, Despouy, abogado, con formación profesional, cultura, cargo jerárquico, político, con una institución a su cargo, con cientos de empleados, asesores, recursos, caros biblioratos, archivos, analistas, etc. a la fecha no aportó nada cuando está entre sus funciones el controlar los gastos del Estado.

 

Funciones de la AGN

 

Fiscalizar la utilización de los recursos del Estado.

Examinar y emitir dictámenes sobre los estados contables financieros de los organismos de la administración nacional.

Controlar la aplicación de los recursos provenientes de las operaciones de crédito público. Auditar y emitir dictamen sobre los estados contables financieros del Banco Central de la República Argentina.

Realizar exámenes especiales de actos y contratos de significación económica.

Auditar y emitir opinión sobre la memoria y los estados contables de las empresas y sociedades del Estado.

Verificar que los órganos de la Administración mantengan el registro patrimonial de sus funcionarios públicos.

Ley 24.156, art. 118 y art. 119

 

Por Marcelo Ricardo Hawrylciw

 

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