Para la Justicia, escupir a policías no es delito

Así lo entendió la Sala V de la Cámara del Crímen porteña.

La Cámara del Crimen porteña revocó el procesamiento de una mujer acusada de resistencia a la autoridad por escupir a una policía cuando la requisaba luego de ser detenida tras un asalto. La Sala V de la Cámara consideró que «más allá de la reprobación que merece» el escupitajo, no puede ser considerado como resistencia porque no constituye «fuerza o violencia de cierta entidad para oponerse al accionar policial», informaron fuentes judiciales.

El hecho ocurrió cuando la mujer y un hombre fueron detenidos tras cometer un asalto contra tres personas y terminaron procesados por el delito de robo agravado por haberse cometido con armas. Los asaltantes fueron detenidos por la Policía y cuando una oficial requisaba a la mujer recibió un escupitajo.

La defensa de la detenida alegó que se encontraba bajo los efectos de la droga y que siempre acató las órdenes de la Policía, añadieron los voceros. «Más allá de la reprobación que merece, al no haber implicado el ejercicio de fuerza o violencia de cierta entidad para oponerse al accionar policial, dicho comportamiento carece de tipicidad objetiva en términos de la figura de resistencia a la autoridad», explicaron las camaristas Mirta López González y María Laura Garrigós de Rébori en el fallo al que accedió DyN.

Ese delito está contemplado en el artículo 239 del Código Penal y prevé prisión de quince días a un año para «el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal». 

Al parecer, en otras épocas, consideraba algo asqueroso y que debía tener algún tipo de sanción, no judicial, pero sí administrativa, hoy este entendimiento de los jueces que han fallado con este criterio, entonces avala que cualquier persona disgustada con un magistrado pueda escupir sobre este sin que eso constituya delito alguno.

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