El día viernes 2 de Marzo, se reunió el Consejo Directivo del C.A.A.L. a efectos de analizar la IPP N° 07-02-003564-18, que como es de público conocimiento, fue la que diera origen a la desproporcionada medida de allanamiento del que fuésemos víctimas.
El Consejo Directivo del CAAL resolvió por unanimidad, impulsar el pedido de enjuiciamiento según Ley 13.661, del Sr. Juez de Garantías Dr. Silvio Carzoglio, y del Sr. Agente Fiscal Dr. Mario Prieto, por entender que su accionar encuadraría en varios de los presupuestos hábiles de remoción establecidos en la mencionada Ley.
Asimismo, y siendo que las acciones ilegales antes señaladas configurarían a su vez conductas que podrían prima facie constituir la comisión de los delitos de abuso de autoridad, incumplimiento de los deberes de funcionario público y prevaricato, se resolvió formular la pertinente denuncia penal.
Como lo hemos manifestado en anteriores oportunidades, es obligación de las autoridades de este Colegio promover todas las acciones legales tendientes a resguardar la vida institucional del CAAL, y en ese sentido, continuaremos velando por los derechos de los matriculados, cumpliendo con nuestros deberes y los procedimientos establecidos por la Ley, manteniendolos constantemente informados.
Quedan las autoridades de este Colegio, a su disposición para evacuar cualquier consulta o inquietud.