De Hoop, Maresca: quién tiene que perdonar a quién

Reproducimos nota de «Sin Corrupción.»:

Hace unos días recibimos un llamado de Fernando Maresca. El sujeto se presentó como abogado de Julio Carlos De Hoop, condenado por un delito contra la administración pública. Sin vueltas, se agravió de un fallo subido a Internet  -a scribd-. A su entender, quién había publicado ese fallo estaba “atentando contra el derecho al olvido” del que gozan todos los ciudadanos.

La sentencia había sido publicada en “La Ley”. Lo único que hicimos fue re-cargarla al scribd, como parte de una actividad que tenemos planeada: hacer una base jurisprudencial de delitos contra la administración pública y otros casos de interés público. Ni más, ni menos.

Sin embargo, Maresca y De Hoop parecen tener otra apreciación. A su entender con cada reproducción del fallo condenatorio se están vulnerando derechos elementales. El daño se potencia por la difusión que dan los buscadores como Google.

Según su abogado, De Hoop está perdiendo muchos negocios, porque cada posible cliente (no aclaró a qué se dedica el susodicho) lo googlea e inmediatamente desiste de contratarlo. El letrado admitió que la condena existió y que la misma se encuentra firme. También admitió la veracidad de la imputación. De todos modos, el perjuicio que sufre “injustamente” el condenado, más el tiempo pasado desde la sentencia, lo obliga a intimarnos a retirar la reproducción del fallo, bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales correspondientes. El fundamento legal del pedido es simple: existe un derecho al olvido (se computaría a partir de los cinco años de la sentencia), similar al que le suelen reclamar a Veraz, y el mismo resulta aplicable a este caso.

Bueno, si todo esto le parece extraño, enrevesado, no se preocupe. El problema no es suyo, a cualquiera la cuesta entender semejante llamado. Derecho al olvido? derecho al perdón? una intimación para no publicar un fallo por delito contra la administración pública que está firme? Una sentencia que todavía no cumplió cuatro años?  A nosotros también nos cuesta explicar ciertas cosas que nos pasan en este camino –a veces cansador- de mostrar a la sociedad lo que ocurre con cierto tipo de criminalidad.

Maresca se presentó como experto en derecho informático. Antes que llegue su carta, acá tiene la respuesta. El fallo seguirá donde está y su cliente le agradecerá la repercusión que tuvo. También los cinco minutos de fama que le está regalando. Lejos de olvidarnos de estos nombres, cada tanto los recordaremos por lo que significa la publicidad de información que es de interés de toda la ciudadanía.

Lo que sigue es un resumen de la sentencia.

Julio Carlos De Hoop fue condenado en noviembre de 2007 a tres meses de prisión en suspenso. Se le imputó haber cometido una estafa y ocultación de registros y documentos de interés público confiados a su custodia. De Hoop cobró indebidamente cuotas e inscripciones de estudios universitarios cuando se lo había intimado a cesar en dicha conducta. También se comprobó que había retenido la documentación académica en su poder. Se lo condenó civilmente a abonar una indemnización solidariamente con la Asociación que representaba a la universidad damnificada. Su defensa apeló, pero la Cámara confirmó la sentencia.

Para terminar, una aclaración: todo lo que venga de acá en más con relación al caso, también será público. Entérense por este medio. De todos modos, si quieren este espacio para pedir perdón a los afectados y a la sociedad, sepan que está disponible. Tal vez, ahí empecemos a olvidarnos del asunto.

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