Quilmes: Leve condena a un pederasta, 12 años de prisión por abuso sexual y producción de material de explotación infantil

Las víctimas fueron abusadas, fotografiadas y filmadas, imágenes que distribuía por redes sociales.

En un fallo contundente, el Tribunal Oral en lo Criminal Nº5 de Quilmes condenó a Guillermo Fernando Leguiza a una pena de 12 años de prisión, por encontrarlo penalmente responsable de múltiples delitos relacionados con abuso sexual y producción, tenencia y distribución de representaciones de menores de edad dedicados a actividades sexuales explícitas.

La sentencia, dictada por el juez Gustavo Darío Farina, detalla una serie de hechos aberrantes cometidos por Leguiza en perjuicio de dos niñas menores de 10 años, ambas parientes del condenado.

A cargo de la acusación estuvo la fiscal de Juicio, Mariel Calviño, quien accedió a que el acusado tuviera un juicio abreviado a pedido de los familiares de las víctimas.

La investigación, que se inició a partir de reportes del «National Centre for Missing and Exploited Children» (NCMEC), reveló un patrón de conducta delictiva que se extendió entre el 6 de junio de 2023 y el 31 de mayo de 2024 en la localidad de Quilmes.

Entre los delitos por los que Leguiza fue condenado se encuentran: Tenencia y Distribución de Material de Explotación Infantil. Se probó que Leguiza tuvo en su poder y distribuyó al menos 10 archivos multimedia con representaciones de menores de 13 y 18 años en actividades sexuales explícitas, utilizando plataformas como Facebook Messenger.

También se encontró en su teléfono celular, un Motorola E6S, 432 archivos multimedia con contenido similar.

Respecto a una de las víctimas, que era su sobrina, Leguiza fue condenado por “abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo”.

Producción de Representaciones Sexuales de Menores: En el marco de los abusos a una de las nenas, el condenado produjo al menos 4 archivos multimedia con representaciones de la menor en actividades sexuales explícitas, utilizando la cámara de su teléfono.

Promoción de la Corrupción de Menores Agravada: Leguiza promovió la corrupción del desarrollo psicosexual de las niñas aprovechándose de su inmadurez sexual y vulnerabilidad.

Abuso Sexual Gravemente Ultrajante Agravado por el Aprovechamiento de la Convivencia Preexistente y Producción de Representaciones: En relación a otra de las niñas de quien abusó en varias ocasiones aprovechándose de la convivencia preexistente, produjo archivos fotográficos de estos abusos.

Promoción de la Prostitución de Menores de 18 Años Agravada: Leguiza promocionó el ejercicio de la prostitución de una de sus víctimas.

Promoción de la Corrupción de Menores Agravada por ser la Víctima Menor de 13 Años y Mediar Convivencia: En las mismas circunstancias que los hechos anteriores, Leguiza promovió la corrupción del desarrollo psicosexual de la menor.

Detalles de la Investigación:

La investigación se basó en reportes del NCMEC que alertaban sobre el tráfico de material de abuso sexual infantil a través de Facebook, vinculado a un teléfono que utilizaba Guillermo Fernando Leguiza.

Durante el allanamiento a su domicilio en Quilmes Oeste, se secuestró el teléfono celular de Leguiza, donde peritos de la Unidad Forense e Investigación Digital (UFID) constataron la existencia de representaciones de las partes genitales de las niñas que fueron abusadas por él y otros 91 archivos de material multimedia con imágenes de abuso sexual infantil.

El Tribunal consideró como agravantes la pluralidad de víctimas, la corta edad de las niñas, la extensión del daño causado y la reiteración de las conductas durante un extenso período de tiempo.

La sentencia destaca la importancia de la normativa internacional, como la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y el Protocolo Facultativo, así como el Convenio sobre Ciberdelito de Budapest, en la protección de los menores contra la explotación sexual.

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