Gladys González, corrupción en el ACUMAR

  Y una vez más, Gladys González vuelve a mostrar que como funcionaria es una muy buena mujer caprichosa, ya que vuelve a incumplir con la tarea que por su cargo debe cumplir, así en el colmo de lo inimaginable, la máxima responsable del ACUMAR, autoriza a contaminar el Riachuelo, sí solo en la Argentina pueden pasar estas cosas.

Sin que los medios se hagan eco, un escándalo político que demuestra la ignorancia y la corrupción de la señora Gladys González, vuelve a mostrar que el Gobierno Nacional protege a funcionarios que de mínima deberían ser despedidos y también la complicidad judicial de los responsables de hacer cumplir lo que se conoce como «el fallo Mendoza», parece que no hay Fiscal ni Juez que tome medidas frente al avallazamiento de las normas, pero peor aún, parece que la salud y el medio ambiente no es un tema relevante.

Las cinco ONG que integran el Cuerpo Colegiado creado por la Corte Suprema para controlar sus disposiciones en torno al saneamiento de la cuenca Matanza-Riachuelo cuestionaron con dureza una reciente resolución de ACUMAR que, entre otras cosas, autorizó a las empresas a descargar sobre los ríos y sus afluentes siete sustancias que están prohibidas desde hace años.

Los representantes del Cuerpo Colegiado se reunieron ayer con la titular de ACUMAR, Gladys González, a quien le presentaron varios documentos, uno de los cuales analiza la resolución 46/2017, que regula los límites admisibles de vertido de efluentes líquidos, es decir, cuánto pueden contaminar las empresas.

Los anexos de la resolución sumaron contaminantes orgánicos persistentes a los elementos tóxicos que ya estaban autorizados. Son siete: aldrin, clordano, DDT, dieldrín, endosulfán, endrín, heptacloro, lindano y paration. La mayoría fueron prohibidos en los años 90, aunque muchos ya figuraban en leyes de hace décadas, como la 18.079, que en 1969 prohibió el uso de ciertas sustancias en el tratamiento de praderas y de algunas especies animales.

Las organizaciones difundieron su objeción en la que aseguran en la resolución del organismo hay una contradicción. Porque la misma resolución menciona entre sus antecedentes a la ley 26.011, que es la que aprobó el Convenio de Estocolmo y cuyos objetivos no son compatibles con lo que aprobó ACUMAR. «No se explica ni puede advertirse cuál es el propósito de establecer límites permitidos de concentración para sustancias que nunca deberían ser vertidas. Se trata de sustancias que tienen restricciones y prohibiciones en legislaciones de distintos países, incluyendo el nuestro», subrayó el documento de las ONG.

Gladys González alegó que se incluyeron esos parámetros para que los inspectores lo verifiquen, pero las ONG le contestaron que, de ser cierto el argumento, en todo caso deberían incluir esa función en el reglamento de inspecciones y no en la norma que regula la calidad del agua. Al parecer, la presidente de ACUMAR prometió reformar la resolución.

Pero quienes conocemos el pasado de la multi funcionaria, sabemos muy bien que las promesas que suele realizar rara vez se cumplen y que es muy buena para desviar la atención de sus errores.

 

Por Marcelo Ricardo Hawrylciw

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