Ex policía robó un taxi borracho y lo detuvieron porque olvidó su credencial a bordo del vehículo

La Cámara del Crimen de la Provincia de Buenos Aires confirmó el procesamiento de un ex policía por asaltar a un taxista a mano armada y en estado de ebriedad.

El policía pudo ser identificado porque al bajarse del taxi, se olvidó a bordo del auto un bolso con sus pertenencias, incluida su credencial.

El procesamiento fue confirmado por la Sala VII, con la firma de los camaristas Rodolfo Pociello Argerich y Juan Esteban Cicciaro.

Los jueces ratificaron el procesamiento del ahora ex agente policial por «robo con arma de fuego agravado por ser integrante de una fuerza de seguridad».

En tanto, el camarista Mauro Divito votó porque se revoque el procesamiento y se ordene «su internación o la medida alternativa que se compadezca con el estado actual del nombrado».

Según el fallo, los hechos ocurrieron el 24 de julio pasado cuando el imputado, un ex agente de 24 años de edad, subió a un taxi y a mano armada le robó al conductor 45 pesos.

Al darse a la fuga, olvidó en el auto de alquiler un bolso con sus pertenencias, entre otras cosas, su credencial policial y un blister con pastillas de «Rivotril».

Luego del atraco, el agente «caminaba como ebrio» por el medio de la calle, «se tambaleaba y lucía golpeado en su rostro», según lo que consta de testigos en el fallo judicial.

Incluso, con su arma reglamentaria amedrentó a una pareja a bordo de un automóvil que intentó detener, y al no conseguirlo disparó su arma aunque no logró impactar al rodado.

«La gravedad de los episodios protagonizados aconsejan que la discusión suscitada en derredor a la capacidad de culpabilidad del nocente se ventile en la etapa subsiguiente del proceso (el juicio oral), siempre que la duda no autoriza a su cierre», recalcaron los jueces.

La discusión es si «transitó por un estado que le impidió comprender la criminalidad del acto y dirigir sus acciones al momento del hecho, en virtud de la presencia de alcohol y consumo de psicoestimulantes en su organismo».

«Existen en el caso circunstancias que impiden arribar a una conclusión asertiva sobre el estado de inimputabilidad alegado», señalaron los camaristas, para quienes «es tarea del juez ponderar la prueba pericial con sostén en las reglas de la sana crítica y en el contexto de los demás elementos probatorios acumulados, no correspondiendo al perito médico pronunciarse en torno a si un imputado pudo comprender la criminalidad de sus actos o dirigir sus acciones».

Por su parte, el camarista Divito sostuvo en su voto minoritario que «no se advierte que la intoxicación -aunque voluntaria- hubiera sido preordenada o intencional, esto es, provocada con el propósito de cometer los hechos investigados o previendo y asintiendo tal posibilidad».

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