El Ministro de Seguridad y Justicia Ricardo Casal, vuelve una vez más a pecar de incontinencia verbal frente a las cámaras de los medios, en su afan de mostrarse como un funcionario con todas las respuestas, no suele medir ni sus actos (recordemos su caminata por la escena donde se halló en cuerpo de Candela), sus promesas de seguridad en Lanús y la ola de asesinatos luego de que se reforzara el municipio, las muertes en las unidades penales y las denuncias de torturas y corrupción.
Ahora en este caso que ha movilizado a la población de Saladillo, la forma en que trata el ministro este caso es totalmente errónea, desde el punto de vista ético y responsable, difunde resultados de pericias que la justicia debe valorar para una correcta investigación judicial, expone teorías que de ser ciertas ya deberían estar avaladas por la policía a sus órdenes y con los sospechosos por lo menos demorados o bajo observación para evitar su fuga.
Pero lo más llamativo es que la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, establece normas para su aplicación dentro de las cuales se encuentra el Derecho a la Dignidad en su Art. 22, de la interpretación del mismo se concluye que existen circunstancias como la de los abusos sexuales que son de índole privada, y describir públicamente que una menor fue golpeada haciendo foco en su zona genital, y que se le practicarán otras pericias específicas para determinar si además existió abuso, son hechos que deberían formar parte de la privacidad de la menor, que luego deberá enfrentar una recuperación y un regreso a la vida en sociedad.
Personalmente me pregunto, ¿en qué mejora la investigación estos anuncios?.
Si el Estado no ha sido capaz de resguardar la integridad física de la menor y menos aún poder resolver el caso a la fecha, lo mejor parece es guardar silencio hasta que se pueda garantizar la protección de la menor y los culpables esten frente a la justicia.
Por el momento se menciona un joven detenido por las contradicciones que las fuentes locales identificaron como Eduardo Morales, novia de una amiga de Agustina y de un embarazo que la menor habría perdido.
¿Es correcta la actuación del Fiscal de la causa el Dr. Alberto Sarramone?, a cargo de la UFI 2, al permitir que se difundan las líneas de investigación. ¿Está debidamente contenida su madre Gina Acevedo.?
Desde la Procuración General de la provincia de Buenos Aires, su titular la Dra. María Del Carmen Falbo, designó desde un principio al Secretario General de la Procuración al Dr. Carlos Enrique Pettoruti, para coordinar el trabajo de los instructores y peritos que se designaron para colaborar con la UFI.
Y el mismo intendente local Carlos Gorosito mantuvo reuniones y conversaciones con el Ministro Ricardo Casal.
Agustina Nahir Jiménez, es una víctima que deberá ser tutelada por la justicia de Familia, ya que existe un antes del ataque que también debe ser evaluado para una correcta recuperación.
También es más que obvio que existen medios que son el canal perfecto para que algunos funcionarios hagan uso de un exceso de exposición, donde se brindan detalles que no hacen a resolver las causas, pero sí generan un morbo de horas de prensa amarilla, donde se cita a testigos de dudosa credibilidad que suelen agrandar los hechos o funcionarios que creen exitosa su gestión por unos minutos al aire diciendo un discurso que poca relevancia judicial tienen.
Por Marcelo Ricardo Hawrylciw
Editor General Diario y Radio El Sindical