Advertencia por el cobro de las bolsas plásticas en supermercados

bolsas-plásticasLa Defensoría del Pueblo porteña pidió a la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que se verifique si la decisión de los supermercados, hipermercados y autoservicios de facturar un cargo adicional por la provisión de bolsas plásticas no biodegradables, constituye una infracción a las normas que protegen a los usuarios y consumidores. De así corresponder, advirtió que se evalúe el dictado de una medida preventiva mediante la cual se ordene la suspensión de dicha facturación.

A partir de la entrada en vigencia de la Resolución sobre el “Plan de Reducción de Bolsas y de Sustitución de Sobres no Biodegradables”, la Defensoría recibió numerosas consultas y reclamos de los vecinos que manifiestan que las bolsas plásticas que proveen las grandes cadenas de supermercados, hipermercados y autoservicios, comenzaron a ser facturadas en la compra.

Según los reclamos recibidos, las bolsas plásticas que se entregan actualmente en cada compra -que deberían ser suministradas de manera gratuita- son cobradas bajo conceptos tales como “Bolsa Verde”, “Bolsa Negra” o “Bolsa Reciclable Negra”, cuyos valores oscilan entre los quince y veinticinco centavos.

Por otro lado, algunos vecinos señalaron que, si bien se respetan los colores verde y negro exigidos por la nueva normativa, las actuales bolsas son del mismo material y calidad de las anteriores entregadas gratuitamente con la compra.

Mediante la mencionada Resolución, dictada por la Agencia de Protección Ambiental (APRA) dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público -en el marco de lo dispuesto por la Ley 3147 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires-, se aprobó el “Plan de Reducción de Bolsas y de Sustitución de Sobres No Biodegradables”, con el objetivo principal de contribuir a la reducción de la generación de residuos en la Ciudad.

Luego se publicó una “modificatoria” que establece las obligaciones a cumplirse por parte de los comercios que provean bolsas plásticas oxodegradables, sobres no biodegradables y bolsas no biodegradables, y los plazos definitivos para su eliminación o reemplazo por materiales biodegradables.

Asimismo, se ordena implementar un sistema de incentivos a través de los cuales los supermercados, hipermercados y autoservicios deberán efectuar acciones tendientes a que sus clientes dejen de utilizar bolsas no biodegradables y comiencen a usar bolsas reutilizables, changuitos o devuelvan las bolsas no biodegradables para reciclar.

En este sentido, para la Defensoría la decisión del sector empresarial supermercadista de cobrar las bolsas plásticas no propicia ningún incentivo de los que pretende alentar la normativa en vigencia, sino que por el contrario, se traduce en una práctica de imposición de un cargo económico adicional a los consumidores -que no está previsto ni autorizado- afectándose derechos e intereses, constitucionalmente reconocidos, con proyección de incidencia colectiva.

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