Nuevo revés judicial para la gestión del intendente Jorge Ferraresi

Tribunal-de-Trabajo-Nº-3-AvellanedaLa gestión del intendente Jorge Ferraresi, vuelve a recibir un nuevo revés judicial, esta vez, desde el fuero laboral donde se le ordena restituir en sus funciones a una empleada municipal apartada por el solo hecho de ser la esposa de un dirigente gremial del STMA, en una encubierta persecución sindical que están llevando adelante desde el municipio.

El nuevo fallo judicial en contra de las pretensiones de la gestión del intendente Jorge Ferraresi, deja en evidencia que muchas de las medidas que se toman con los empleados municipales son arbitrarias y violatorias de derechos laborales y sindicales, con una supuesta recomendación de la Dirección de Dictámenes de la Secretaría de Legal y Técnica respecto a la empleada que se ordena restituir, el ejecutivo municipal vuelve a mostrar debilidad en quienes deben asesorar al intendente.

Reproducimos el fallo judicial:

 

Avellaneda 27 de agosto del 2015.-

 

Por los fundamentos expuestos, el Tribunal del Trabajo Nº 3 de Avellaneda, RESUELVE:

 

1º- HACER LUGAR a la medida cautelar interpuesta (Arts. 34, 36, 195, 199, 232 y ccds. del C.P.C.C.; 18, 63 y concs. Ley 11.653) en cuanto persigue la reincorporación inmediata de la actora a su anterior cargo restituyendo a la misma su nivel salarial anterior al traslado a otra dependencia municipal, librándose para su cumplimiento el pertinente oficio judicial.

2º-Rechazándola en cuanto al pedimento de pago de los salarios devengados por tales conceptos desde la fecha de la baja remuneratoria con más intereses ya que dicha cuestión debe ser resuelta en la definitiva y luego del pertinente debate y producción de las probanzas aportadas.-

2º- En consecuencia, ordenar a la demandada MUNICIPALIDAD DE AVELLANEDA que a partir de la recepción del oficio a librarse en autos, arbitre los medios necesarios para que, en forma inmediata se proceda restituir a la agente FARIÑA, María Ester, Legajo Nº 34.918, Personal Administrativo, categoría 12, a su cardo anterior a la Resolución de fecha 5 de febrero de 2015, pasando a desempeñarse nuevamente en el Juzgado 01 dependiente de la Secretaría de Gobierno y Seguridad de la Municipalidad de Avellaneda otorgándole a la misma el nivel salarial, en todos sus rubros y montos correspondientes, con más los posibles incrementos que pudieran producirse, hasta tanto recaiga sentencia definitiva que resuelva el objeto de las presentes actuaciones. – Ello bajo apercibimiento de que, en caso de no acatar lo ordenado se solicitará la aplicación del art. 239 del Código Penal en lo que fuera procedente.-

3º) Previo a lo dispuesto, preste la parte actora la correspondiente caución juratoria (Art. 199 CPCC)

REGISTRESE. Notifiquese por Secretaría a la parte actora, conjuntamente con el despacho de fecha 21 de agosto de 2015 en forma urgente y con habilitación de días y horas inhábiles en el día.-

 

Dra. ADRIANA MABEL TERLIZZI

Presidenta

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