Vidal deberá actualizar los salarios judiciales por inflación

  Así lo determinó el Tribunal del Trabajo N° 3 de La Plata, al establecer la vigencia de la cláusula convencional sexta del acuerdo salarial del año 2017 firmado por la AJB y el Ejecutivo bonaerense.

A días de la medida que obligó a la mandataria a convocar a los gremios docentes, otro fallo judicial pone presión sobre la gobernadora María Eugenia Vidal en su relación con los trabajadores del Estado.

Este viernes la justicia laboral dictó una sentencia declarando la ultraactividad de la cláusula gatillo para los empleados judiciales. No incluye a los jueces. Es decir, establece que se debe actualizar el sueldo de los empleados mes a mes por la inflación.

Así lo definió el Tribunal del Trabajo N° 3 de La Plata que integran los jueces Carlos Gramuglia, Liliana Badi y Enrique Catani, al establecer la vigencia de la cláusula convencional sexta del acuerdo salarial del año 2017 firmado por la Asociación Judicial Bonaerense (AJB) y el Ejecutivo bonaerense.

En el escrito, los magistrados dispusieron la vigencia de la clásula gatillo, que dispone “el aumento mensual de las remuneraciones de los agentes judiciales que se encuentran comprendidos en el ámbito de representación de la AJB, de acuerdo a la variación mensual del índice de precios al consumidor publicado por el INDEC, con respecto a los sueldos básicos de diciembre de 2017, hasta tanto se arribe a un nuevo acuerdo paritario”.

A su vez, el Tribunal hizo lugar al pedido de ampliación de una medida cautelar presentada por el sindicato y en consecuencia ordenó al Ministerio de Trabajo provincial a que dentro del plazo de cinco días proceda a la reapertura y continuidad de la negociación sobre el reajuste salarial 2018 de los empleados judiciales.

Por lo cual, deberá convocar a las partes -Asociación Judicial Bonaerense y Estado Provincial-, “quienes deberán negociar en un marco de buena fe, bajo apercibimiento de disponerse la aplicación de astreintes en caso de incumplimiento (arts. 14 bis, 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, 39 y 163 de la Constitución Provincial, 31 inc. c., 43, 47, 53 inc. f de la ley 23.551, Convenios 151 y 154 de la OIT, 804 CCyC)”.

Desde la AJB destacaron el fallo y dijeron que “la justicia vuelve a dar la razón a los trabajadores judiciales, reconociendo que el deterioro salarial producido por la falta de voluntad de diálogo del Ejecutivo amerita que nuestros salarios se reajusten en base a la inflación hasta que logremos un acuerdo salarial satisfactorio”, expresó Pablo Abramovich, secretario general del sindicato.

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