La Sala II de la Cámara Federal porteña sobreseyó por unanimidad al secretario general de la Asociación del Personal Técnico Aeronáutico (APTA), Ricardo Cirielli, en una causa en la que lo habían denunciado por «presionar» supuestamente a trabajadores a afiliarse a ese gremio.
La decisión fue adoptada por los jueces Horacio Cattani, Martín Irurzun y Eduardo Farah, según destacó APTA en un comunicado.
Según destacó el gremio, la causa había sido iniciada por Ricardo Frecia, quien sostenía que los tripulantes de Cabina de la ex LAPA y DINAR habían sido «presionados» para afiliarse a APTA, como condición para poder trabajar en la empresa LAFSA.
Los camaristas entendieron que «en suma, los testimonios seleccionados patentizan la ausencia de condicionamiento compulsivo de afiliación, para que trabajadores del sector pudiesen ingresar a la empresa que se estaba gestando».
El fallo también indica que las declaraciones que ponderó el juez de primera instancia para emitir su pronunciamiento adverso, «aparecen contrarrestadas con las versiones de las demás testigos convocadas, quienes explícitamente negaron haber recibido sugerencia, manifestación, amenaza o intimidación, por parte de cualquier persona, para cambiar su afiliación hacia la APTA/ATCPEA, calificándola en todos los casos de voluntaria y libremente adoptada».
La Sala II de la Cámara Federal porteña sobreseyó por unanimidad al secretario general de la Asociación del Personal Técnico Aeronáutico (APTA), Ricardo Cirielli, en una causa en la que lo habían denunciado por «presionar» supuestamente a trabajadores a afiliarse a ese gremio.
La decisión fue adoptada por los jueces Horacio Cattani, Martín Irurzun y Eduardo Farah, según destacó APTA en un comunicado.
Según destacó el gremio, la causa había sido iniciada por Ricardo Frecia, quien sostenía que los tripulantes de Cabina de la ex LAPA y DINAR habían sido «presionados» para afiliarse a APTA, como condición para poder trabajar en la empresa LAFSA.
Los camaristas entendieron que «en suma, los testimonios seleccionados patentizan la ausencia de condicionamiento compulsivo de afiliación, para que trabajadores del sector pudiesen ingresar a la empresa que se estaba gestando».
El fallo también indica que las declaraciones que ponderó el juez de primera instancia para emitir su pronunciamiento adverso, «aparecen contrarrestadas con las versiones de las demás testigos convocadas, quienes explícitamente negaron haber recibido sugerencia, manifestación, amenaza o intimidación, por parte de cualquier persona, para cambiar su afiliación hacia la APTA/ATCPEA, calificándola en todos los casos de voluntaria y libremente adoptada».