Remiseros en estado de alerta

La conducción de la Unión de Conductores de Autos al Instante y Remises (UCAIRRA) decidió el alerta y movilización en rechazo de «la total desaprensión» de la agencia Remises Madero ante la muerte de un trabajador.

La organización sindical explicó que ayer, en Tres de Febrero y Quirno Costa, localidad bonaerense de San Fernando, el conductor Alfredo Cesso falleció mientras cumplía tareas «en negro».

«Existió y existe total desaprensión por parte de la agencia ante la muerte de ese trabajador de 54 años, casado y con tres hijos, producida a las 02:15 hs. de ayer a bordo del móvil 146», indicó.

El gremio aseguró que Cesso conducía ese móvil de la empresa «en horas de trabajo y estaba empleado en negro, sin seguro de vida ni de muerte y, la agencia, se negó a costearle los gastos de sepelio y a abonarle a la familia las horas cumplidas al momento del fallecimiento», sostuvo la organización en un comunicado.

Agregó que al no poder hacerse cargo de esos gastos, el velatorio del trabajador debió realizarse en la sala municipal de San Fernando, en tanto aseveró que «los compañeros de Cessio recibieron amenazas de despido por parte del propietario de la agencia para el caso de cortar el servicio para despedirlo».

Los 200 trabajadores de la empresa rechazaron «la falta de solidaridad del dueño» y reclamaron «la colaboración del gremio», que respaldó durante horas un corte de calle y una movilización.

Finalmente, el propietario de Remises Madero y funcionarios del área de Transporte de la comuna de San Fernando consensuaron una tregua hasta el jueves próximo, cuando se reunirán para analizar la situación sindicalistas, funcionarios laborales y empresasrios.

El encuentro se realizará a las 16 del jueves próximo en la municipalidad de San Fernando, en tanto para la misma hora se dispuso que sesione una asamblea del personal, informó el titular del sindicato, Raúl Albil.

12 comentarios de “Remiseros en estado de alerta

  1. Era hora que ese gremio tomara carta en el asunto,y con el propietario de esa Agencia.Les pidos a los representantes de ese gremio a seguir en el mismo rumbo con otras tantas que tienen al personal en la misma situación.Un Fuerte Abrazo.

  2. dale albil le pediste 10000 para no hacerle mas quilombo e esa vieja y te cagaste en los compañeros y te fuiste silbando bajito,narvaja hoy tenes para el tinto y la frula claro viernes ala noche dios mio siguen los mismos!!!!!!!!!!!!!!

  3. Por suerte el sindicato intervino a la Agencia Madero, son unos maltratadores, negreros porque todo el personal esta en negro y a nosotros los choferes nos consideran una lacra.
    Denle para adelante UCARRIA y demuestren que no son todos iguales

  4. Lo chofere de madero confiamo en los compa de ucairra porke vinieron cuando los yamamos. No se dejen intimidar y precionar por la mafia de madero y sus dueños.Fuersa albil

  5. «No basta ver la injusticia es necesario combatirla» Evita.
    PRODUCTO DEL PACTO-POLITICO-SINDICAL-MENEMISTA-Y-HOY-MOYANISTA: LA UCAIRRA

    Desde el 9 de Diciembre de 1998 gozaron de Personería Gremial Nro. 1604 y LO UNICO QUE HICIERON FUE VISITAR LOS ESTRADOS JUDICIALES DE TODOS LOS FUEROS, firmaron un CCT con una Cámara Empresarial Inexistente CEARRA (mirar el veraz de estos), nunca estuvieron constituidos legalmente, nunca una Certificación de Autoridades (LEGAL), DESDE SU PARICION ESTUVIERON EN ACEFALIA, aprietes nada mas, nunca una conquista, nunca nada, es mas nunca fueron chóferes, mas aún ni Remiseros o pertenecieron al sector propiamente dicho..!!!

    DEL COMUNICADO: se podrá advertir y quedara claramente Evidenciado: que, NI, UN, PADRON, tenía la UCAIRRA para llevar adelante un acto eleccionario, tal cual desde S.U.T.R.A. se venia denunciando, producto que fueron y obtuvieron Personería-Gremial (sin ningún requisito), como parte de un Pacto-Político-Sindical de la Época-MENEMISTA y que aun hoy pretenden con (Personeros de una Junta Electoral “MAMARRACHO”), designada y reeditada una vez más por el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social, necesaria para consolidar el FRAUDE.
    A todo este (LATROCINIO INSTITUCIONAL) “REEDITADO” el Sr. Ministro de Trabajo de la Nación Argentina y la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales (DNAS),“dicen de esta última…con mucho apego a la Ley…!!!!!”, NOS DEBERÍAN DAR UNA EXPLICACION LEGAL A LOS TRABAJADORES DEL SECTOR, CÓMO RESPONZABLES DIRECTOS EN SU SEGUNDO (FALLIDO INTENTO) DE IMPONER OTRO DELEGADO NORMALIZADOR …..!!!!!
    Por otra parte vemos con claridad meridiana como en los medios de comunicación el MTE y SS, difunde 8.000 CONFLICTOS SOLUCIONADOS..??? mas sus operativos denunciando a empresas por ocupar trabajadores informales, con el objetivo, por demás claro de una persecución ideológica a una Asociación Sindical Hermana, so-pretexto de no blanquear y/o no denunciar a las autoridades Ministeriales tal irregularidad….??? y/o se permite denostar el trabajo que realizo la Asociación Sindical sin ser ellos y/o tener poder de policía, ¿nos preguntamos y nuestros Trabajadores? (Denunciados por S.U.T.R.A.), en negro y/o negreados REMISEROS, EMPLEADOS Y AFINES QUÉ…!!!!! Sr. Ministro sepa Ud., que la evasión asciende a mas de 3.000 MILLONES DE PESOS ANUALES..!!!, correspondiente a las arcas del Estado Nacional por aportes y contribuciones. Sr. Ministro los trabajadores decidieron “hace 16 años” que gremio y que tipo de gremio quieren que los conduzca, permítame recordárselo, SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE REMISES Y AFINES (S.U.T.R.A.), necesitamos y queremos un Gremio…. no una Banda..!!!!, necesitamos un Convenio-Colectivo-de-Trabajo-Digno, Paritarias-Obra-Social-Digna y sabe que Ministro y/o la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales Dra. Elena O. de Otaola, “LIMPIO DE TODA SOSPECHA, NUNCA UNA DENUNCIA, NUNCA UNA TRAICION A LOS TRABAJADORES, DE MUCHA CONDUCTA Y PERMITAME DE MUCHO TRABAJO DESDE SUS BASES”.

    TEXTUAL: COMUNICADO PUBLICADO EN LA PRENSA 23/01/2011 “EL DESARME DE LA ORGA.” COMUNICADO: Visto lo dispuesto en Resolución MTE y SS Nro.529/10,la Ley 23.551, Decreto 467/88 y Estatuto de la entidad Sindical y Considerando los Reclamos e Impugnaciones realizados por afiliados y distintas agrupaciones y a los fines de adecuar el Nuevo proceso electoral a Convocarse y el Cronograma respectivo, a la Normativa vigente y Estatuto de la entidad Sindical, que permitan la amplia participación de los Trabajadores de la actividad y la confección de un padrón que garantice los Principios de de Legalidad, Transparencia, Democracia y Libertad Sindical, EL DELEGADO NORMALIZADOR DE LA UNION DE CONDUCTORES DE AUTOS AL INSTANTE Y REMISES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UCAIRRA), PG:1604, RESUELVE: Dejar Sin efecto lo dispuesto por esta Normalización cuya publicidad se diera a los afiliados en el diario La Prensa de fechas 23/12/2010 y 30/12/2010, incluyendo las designaciones que se consignan, plazos y cronograma electoral establecidos, los cuales carecen de valor alguno. A partir de la consulta con la Asesoría Legal de la Normalización, se dará a publicidad un Nuevo Cronograma y las Resoluciones que resulten ajustadas al plexo normativo aplicable y a la confección de un padrón electoral ajustado a derecho, permita proceder a la Normalizacion de la entidad Sindical. Fdo. Ricardo Ángel Serafín. Delegado Normalizador. UCAIRRA.
    Esta es la prueba de todos nuestros escritos y dichos, cómo pensaban llevar adelante un acto eleccionario…??? Vale recordar en este sentido como dijera (el anterior Delegado Normalizador), que hago..!!!!! No tienen…NI, UN PADRON…!!!!! y termino apagando la luz y se fue……!!!!!

    Edgardo R. Olguín
    Secretario General Nacional
    S.U.T.R.A.

    PD: para comunicarnos mejor, (Código Argentina +54) 011-15-5-015-3026
    eolguin@sutra.org.ar

  6. ACA LOS TENES COMPAÑEROS…NO SON $10.000..LEAN ATENTAMENTE..Y SI SINO HACEMOS NADA, SEGUIRAN LOS MISMOS..!!!!!

    CONOZCA LOS MANEJOS ESPÚREOS DEL SINDICATO UCAIRRA Y SU OBRA SOCIAL OSCRAIA
    Tapa — By Jackeline Lorena LUISI on Agosto 5, 2011 at 13:06

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    Por Jackeline LUISI PARA SEPRIN
    CONOZCA LOS MANEJOS ESPÚREOS DEL SINDICATO UCAIRRA Y SU OBRA SOCIAL OSCRAIA
    Habrían capturado de la mano de Alejandro POLI vía CAPACCIOLI, la Obra Social OSCRAIA, quien coordinaba, controlaba y dirigía ambas entidades.
    Se habría presentado ante la Justicia una Denuncia de un afiliado antiguo Nº 3646 de la “lista verde”, CAUSA Nº 7743/11 , patrocinada por el Dr. EDUARDO SERGIO OSCAR VACIRCA , por falsificación de documentos, violación de los deberes de funcionario público, robo de expediente, Estafa a remiseros, abuso de poder, falsificación, sabotaje continuo para detener la normalización electoral del gremio, impidiendo la conducción de UCAIRRA y la administración de OCRAIA (obra social intervenida por el procesado CAPACCIOLI mediante el Doctor CUMINI, Administrador Provisorio quien se presume desde el año 2008 no ha rendido cuentas).
    Se presume una Asociación Ilícita por causa tramitada ante el Juzgado del Doctor Oyarbide por medicamentos truchos, por la cual, la obra social fue allanada el 3 de diciembre.
    UCAIRRA se encuentra acéfalo, usurpada e intervenida hace 5 años, no permitiendo que existan legítimamente autoridades gremiales que controlen su obra social (OSCRAIA).
    Se analizaron 18 planillas de avales presentados por Raúl A. Albil y Luis Pablo Narvaja y el Apoderado Héctor D. Martínez “Lista Naranja”.
    A continuación se adjuntan las planillas de personas con claros delitos reiterados al igual que otros denunciados.
    En las dos últimas décadas hubo un gran incremento económico de varios choferes y CONDUCTORES OCASIONALES. Obtuvieron dinero de las indemnizaciones, y lo primero que hicieron, fue comprar su 0 Km, los llamados “AUTOS AL INSTANTE”.
    De esta manera, se produjo la necesidad de controlar la evasión fiscal y laboral. La fundación del Gremio curiosamente se hizo con la presencia de 100 afiliados, existiendo en dicha fecha más de 100000 afiliados vinculados a la actividad, representando solo el 0,1 % aproximadamente (1995/98).
    Así se configuró la suma de 3.000 millones de dólares por año, evadiendo ganancias espectaculares, calculando un promedio de 80 U$S por día por auto.
    Pero esto solo es un poroto, ante la aparición de otros intereses que tenían que ver con tráfico de sustancias prohibidas, en una maniobra de delivery, variando autos, modelos y colores.
    Según la información que se presenta en la causa, el 25 de marzo del 2005 este gremio habría sufrido un desmanejo incomprensible (en la elección solo participó una sola urna en Villa Jardín), con POLI MICUCCI, falsificaron la resolución ministerial expuesta por denuncia del 19 de julio del 2007, Mnisterio de Trabajo del Reg Lanús Expediente 21523 y 11723, USURPARON EL SINDICATO BORRANDO LA FECHA.
    En el 2008 se designa al Contador CIANGUIA, quien renuncia en el 2009.
    Sobreviene así la acefalía. Se encontraba el Doctor CUMINI como Administrador Provisorio de OSCRAIA, quien se presume, fue propuesto y controlado por Alejandro POLI con permiso gremial con base en Quilmas en clara e ilegal competencia con UCAIRRA, en territorios donde no tendrían permiso para actuar, al igual que el Contador Torrent procesado por el tema de medicamentos y designado por Héctor Capaccioli.
    Se presume que MICUCCI recibía de POLI 5.000$ mensuales, razón por la cual, éste le firmaba todo lo que le daban configurándose otro delito. Existiría una denuncia por USURPACION Y CONTRATOS ILEGALES.
    El Contador Torrent y el Abogado Martínez Chas , se presume, son asesores de Alejandro POLI, y serían los ideólogos y organizadores de esta trama.
    Curiosamente Martínez Chas, Abogado de MANGONE en la Comisión arbitral de la CGT (cómplice de POLI en OSCRAIA), que le sacó 35000$ sin extender ningún recibo por honorarios, siendo testigos del caso Antonio Fernández Llorente del Canal 26, el remisero Marcelo Spatafore (quien lo llevaba a efectuar aportes) y Marcelo Imbroglio, empresario vinculado a la telefonía en aquella época.
    Con todo esto, se podría deducir que POLI, MARTNEZ CHAS y TORRENT son los organizadores natos. Invocan sin vergüenza alguna altos dirigentes gremiales (como es el caso de un reconocido hombre vinculado al sector camionero y de otro importante dirigente gremial relacionado al campo), se sacan fotos y así comprometen a los mismos, con sus actividades poco claras.
    En el año 2010 encontramos (está en la causa) 4 hechos delictivos:
    a) Vaciamiento del local sito en Caseros 3745 C.A.B.A., se presumen se hurtaron o mudaron muebles viejos y la documentación del gremio “documentos e instrumentos públicos”. La excusa del abandono del local fue reintegrarlo a sus dueños (a quienes les deben, presuntamente, 40.000$).
    b) Se produjo la apertura en una oficina en Avenida Corrientes 987/989, en un primer piso oficina 7.
    c) Rechazaron 3 listas y tres impugnaciones mal presentadas e incompletas, desconociendo las autoridades, muy mal armado el tema.
    d) En Caseros 3679 de C.A.B.A., lugar donde trasladan los objetos y la documentación e instrumentos públicos del gremio, hurtados por GIGANTE y tres personas más.
    e) Se presento en el diario La Prensa, el martes 25 de enero 2011 un edicto presuntamente falso, suspendiendo el cronograma y anulando la designación de autoridades en ejercicio, y se entregó una resolución que se presume falsa.
    El domicilio de la publicación falso habría sido el de calle Uruguay 979, 3er piso, domicilio de CHAS, donde funciona curiosamente una empresa de provisión de servicios por insumos médicos vinculados con POLI.
    Entonces adjuntamos los PRESUNTOS DELITOS ESTABLECIDOS EN LA CAUSA:
    Algunos datos para recordar de CAPACCIOLI:
    Ex super intendente de Servicios de Salud de la Nación. Tesorero de la campaña de Néstor Kirchner. Procesado por irregularidades en el traspaso a fines de 2007 por 48 millones de $ a 52 obras sociales en concepto de reintegro a esas entidades por tratamientos médicos complejos. En su momento Brito aseguró que CAPACCIOLI y LORENZO “hacían negociados” para desviar fondos de la administración de Programas Especiales (APE) a las Obras Sociales. También BRITO los acusó de falsificar recetas o historias clínicas, a las cuales se adjuntaban troqueles falsos y de esta manera, podían cobrarle al Estado remedios por tratamientos que no existían).
    Oyarbide lo procesó por “malversación de fondos” y ordenó trabar embargo por 500.000$.
    “La distribución de 47 744 650 de pesos para ser aplicados a la implementación de programas de prevención de enfermedades afecta a la administración pública”. Según se desprende de la foja 16 Oyarbide asegura que la SSS no tenía atribución para repartir fondos para programas de salud –http//www.ambito.com
    Por Jackeline LUISI PARA SEPRIN

    afiliado antiguo Nro 3646 desde el año l998, ANIBAL LEONARDO MARIÑO, DNI Nº 14.158.598.- con domicilio real en Emilio Castro Nº 3370 de la Localidad de Villa Diamante, Partido de Lanús, Provincia de Buenos Aires, por derecho propio, también en mi carácter de titular de la LISTA VERDE – FRENTE GREMIAL para LA VICTORIA – e integrante de la conducción de la Lista 5 UNIDAD del BICENTENARIO, de La Unión de Conductores de Autos al Instante y Remises de la Republica Argentina, UCAIRRA; denunciando domicilio legal conjuntamente con mi letrado patrocinante.

  7. COMPAÑEROS y AMIGOS de S.U.T.R.A.

    En esta oportunidad cumplo en informar a Uds., a modo de comentario lo siguiente: En mi carácter de Secretario General en al ámbito Nacional, del Sindicato Único de Trabajadores de Remises y Afines (S.U.T.R.A.), y como corresponde, a toda persona de bien (SIN QUE NOS LLAMEN) nos hemos presentado en el Juzgado del Dr. Norberto Oyarbide, al tomar conocimiento, que nos encontramos mencionados en la causa de la UCAIRRA, de esta manera nos ponemos a Derecho. Asimismo en el carácter invocado exhibí, la documental que así lo acredita: Personería Jurídica Nº 1850/1995, mas la publicación del Boletín Oficial (legal), Resolución Nº 102/1995 otorgada por el Ministerio de Trabajo mas la publicación del Boletín Oficial (legal), Estatutos aprobados en “tiempo y forma” mas la publicación del Boletín Oficial (legal), y obviamente la “CERTIFICACION de AUTORIDADES” (legal), donde acreditamos la totalidad de la Comisión Directiva y el mandato vigente hasta el año 2013, sin enmiendas, sin leyendas apócrifas, sin adulteración de ninguna índole; COMO CORRESPONDE A UN ESTADO DE DERECHO; Máxime cuando uno dice ser representante de los TRABAJADORES; ahora bien, en la denuncia que nos ocupa, (Denuncia de un afiliado antiguo Nº 3646 de la “lista verde” de la “UCAIRRA”, CAUSA Nº 7743/11 por manejos (delivery) espurios en su OBRA SOCIAL); Donde se encuentran involucrados a saber, las mas altas Autoridades del Ministerio de Trabajo, Superintendencia de Servicios de Salud, CGT, y/otros. En tal sentido, (como prueba mencionada) fuimos a la Regional del Ministerio de Trabajo del partido de LANÚS, donde obtuvimos para presentar en la causa (dos) “copias certificadas” correspondientes al expediente de la UCAIRRA, (asimismo estas pruebas se encuentran íntimamente ligadas y planteadas por S.U.T.R.A. en sede Judicial), donde estas mismas Autoridades de la UCAIRRA denunciaban textualmente diciendo:.(…Falsificaron la resolución ministerial, Expuesto por denuncia del 19 de julio del 2007 en la Reg. Lanús del Ministerio de Trabajo, por expediente Nº 21523 y 11723 y así nomás, con total cinismo, lograron usurpar el sindicato borrando la fecha……). Ahora bien, saben que va a ocurrir..?; A estos de la “UCAIRRA”, primero los van a citar al JUZGADO, para que expliquen (el desorden, mamarracho de su denuncia…), sin lugar a dudas compañeros; este es el ultimo acto de la UCAIRRA y de su Poder-Político-Sindical, por ocultamiento de pruebas…, fraude…mamarracho, engaño, mentiras, de mas mentiras, miren, ESTOS INTEGRANTES….…UN DIA SON LA JUNTA ELECTORAL…., y HORAS ANTES DEL CIERRE de la MISMA, RENUNCIAN…!!! Y PASAN A SER INTEGRANTES DE LA “LISTA GANADORA”, pero hay más, EL PROPIO MINISTERIO DE TRABAJO, LES DECLARO LA EFICACIA JURIDICA, DE TAL ACTO…!!!!!. COMPAÑEROS A TODOS ESTOS PERSONEROS, JUNTO A LOS MENCIONADOS, empezando por el Ministro de Trabajo y continuando con la Directora Nacional de Asociaciones Sindicales, deberían ir presos…!!!!! permítanme decirles, que nunca bajaremos los brazos y que DÍOS nos acompañe.

    EDGARDO R. OLGUIN
    Secretario General Nacional
    S.U.T.R.A.

    PD: para comunicarnos mejor 15-5-015-3026 /eolguin@sutra.org.ar

  8. QUE DIOS Y LA PATRIA OS LO DEMANDEN..!!!!!

    CON ESTOS JUECES LO UNICO QUE LOGRAMOS ES GARANTIZAR LA CORRUPCION: VIOLAN LA LEY Y LAS GARANTIAS CONSTITUCIONALES…!!!

    LA MAFIA de los MEDICAMENTOS la CORPORACION de la “UCAIRRA” (Unión de Conductores de Autos al Instante y Remises de la Republica Argentina), se DEFIENDE y el MINISTRO de TRABAJO muy COMPLICADO, conjuntamente con el Dr. MARIO A. FERA (EX Sala VI) hoy Presidente del Consejo de la Magistratura, que Canjeo “El Fallo” de S.U.T.R.A. por apetencias Políticas, cabe alguna duda…!!!!!

    Observen detenidamente LA SENTENCIA..!!!!!: Del otro Dr. Héctor Luís Yrimia (ex Juez del Fuero Penal…!!!!!), figura en la boleta de Votación de la UCAIRRA como Integrante de la Comisión Directiva) hoy devenido en Remisero…¿¿……??.

    Este (HDP de ex Juez) a su vez es “el defensor de ROSENDO LUIS TORRENT” (hoy con prisión preventiva). “Este a su vez (TORRENT) es “El Contador y Organizador de la UCAIRRA y de la Mafia de los Medicamentos”.

    Asimismo vale recordar que este acto eleccionario, (con estos personeros) fue avalado por el Ministro de Trabajo CARLOS A. TOMADA y la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales (DNAS) y esta otorgaba un certificado provisorio por 90 dias…¿¿…??.

    Cuando en realidad “EXISTIA” un dictamen de la Dirección General de Asuntos Jurídicos (DGAJ) por el cual se establecía, en la fecha 14 de noviembre de 2005 por (Dictamen Nº 1502) que se les debía declarar la “ACEFALIA”.

    Mientras que por denuncia Nº 21.523 y 11723 de fecha 19 de julio de 2007 un “INTEGRANTE afiliado ANTIGUO” los denunciaba por USURPACION DE LA UNION y LA PRESENTACION DE DOCUMENTOS OPOCRIFOS (según documental en nuestro poder), en la Provincia de Buenos Aires delegación (LANUS) del M.T. y S.S., donde el Ministro de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires al tomar conocimiento de la “DENUNCIA del FRAUDE” y luego de las consultas respectivas al (Ministerio de Trabajo Central) ordena; inmediatamente la suspensión de toda actuación a TODAS LAS AUTORIDADES DE LA UNION (UCAIRRA) EN SU JURISDICCION…!!!!!

    MIENTRAS; CARLOS ALFONSO TOMADA: Luego de (5) cinco años, el último día hábil, un 29 de diciembre del año 2008 por resolución Nº 1600/2008 del M.T. y S.S. hace lo propio, (forzado por la causa (S.U.T.R.A.) y la avalancha de pruebas donde se demostrara que tal acto era “TRUCHO”. Como Dijera Don Julio Grondona…! Todo pasa pibe…….!!!!!

    Acompaño la sentencia de lo expuesto.

    LA SENTENCIA de Sala II, 5 de Abril de 2011 (caso Bruno, Ricardo y Otros S/Procesamiento)
    Poder Judicial de la Nación Sala II -Causa Nº 30.069 “BRUNO,
    Ricardo y otros s/procesamiento Juzg. 5 – Sec. 9 – expte. 12.636/09/61
    Reg. Nº 32.731

    Buenos Aires, 5 de abril de 2011.

    VISTOS:
    Y
    CONSIDERANDO:

    I- Que contra la decisión adoptada por el Sr. Juez de grado -cuya fotocopia obra agregada a fs. 1/138 de esta incidencia-, presentaron los siguientes recursos de apelación:
    -Los Dres. Daniel E. Borojovich y Carlos A. Pousa Bogado contra los puntos I y II que dispusieron los procesamientos con prisión preventiva de Ricardo Francisco Bruno y Vanina Beatriz Postigo en orden a sus intervenciones en los hechos que se calificaron como infracción a los artículos 174, inciso 5°, 201 y 210, párrafo segundo -en carácter de jefe y organizadora respectivamente-, del Código Penal, y trabó embargo sobre sus bienes hasta cubrir las sumas de un millón de pesos -Bruno- y quinientos mil pesos -Postigo-.
    -El Dr. Héctor R. Villarino contra el punto III en cuanto dispuso el procesamiento con prisión preventiva de Fabio David Ferreira en orden a su intervención en los hechos que se calificaron como infracción a los artículos 174,
    inciso 5°, 201 y 210, párrafo primero -miembro-, del Código Penal, y trabó embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de doscientos cincuenta mil pesos.
    -El Dr. Eduardo Soares contra el punto IV en cuanto dispuso el procesamiento sin prisión preventiva de Carlos Alberto Fourcade en orden a su intervención en el hecho que se calificó como infracción al artículo 210, primer párrafo -miembro-, del Código Penal.
    -El Dr. Gerardo Ibáñez contra el punto V en cuanto dispuso el procesamiento sin prisión preventiva de Alberto Mario Akawie en orden a su intervención en el hecho que se calificó como infracción al artículo 210, primer párrafo -miembro-, del Código Penal, y trabó embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de cien mil pesos.
    -Los Dres. Rolando Oreiro y Raúl José Rossi contra el punto VI en cuanto dispuso el procesamiento sin prisión preventiva de Fernando Ariel Préstamo en orden a su intervención en el hecho que se calificó como infracción al artículo 210,
    primer párrafo -miembro-, del Código Penal, trabando embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de cien mil pesos.
    -El Dr. Rodolfo Alberto Rosillo contra el punto VII en cuanto dispuso el procesamiento sin prisión preventiva de Edith Graciela Devoto en orden a su intervención en los hechos que se calificaron como infracción a los artículos 174,
    inciso 5° y 210, primer párrafo -miembro-, del Código Penal, y mandó trabar embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de cincuenta mil pesos.
    -El Dr. Enrique Piragini contra el punto VIII en cuanto dispuso el procesamiento sin prisión preventiva de María Isabel Milone en orden a su intervención en los hechos que se calificaron como infracción a los artículos 174,
    inciso 5°, 201 y 210, primer párrafo -miembro-, del Código Penal, y trabó embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de doscientos cincuenta mil pesos.
    Poder Judicial de la Nación Inc. Nº 30.069 “Bruno”
    -El Dr. Héctor Luís Yrimia contra el punto IX en cuanto dispuso el procesamiento con prisión preventiva de Rosendo Luís Torrent en orden a su intervención en el hecho que se calificó como infracción al artículo 210, primer párrafo -miembro-, del Código Penal, y mandó trabar embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de cien mil pesos.
    -El Dr. Leonardo Pablo De Candia contra el punto X en cuanto dispuso el procesamiento sin prisión preventiva de Leandro Caviglia en orden a su intervención en los hechos que se calificaron como infracción a los artículos 201 y 210, primer párrafo -miembro-, del Código Penal, y trabó embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de cien mil pesos.
    -Los Dres. Andrea Sannazzaro y Leonardo Pablo De Candia contra el punto XI en cuanto dispuso el procesamiento sin prisión preventiva de José Alberto Stefoni en orden a su intervención en el hecho que se calificó como infracción al artículo 210, primer párrafo -miembro-, del Código Penal.
    -El Dr. Gustavo Manuel González contra el punto XIV en cuanto dispuso el procesamiento sin prisión preventiva de Mariano Javier Brito en orden a su intervención en el hecho que se calificó como infracción al artículo 210, primer párrafo -miembro-, del Código Penal.
    -El Dr. Rodrigo Leandro González contra el punto XV en cuanto dispuso el procesamiento sin prisión preventiva de Maximiliano Norberto Gornes en orden a su intervención en el hecho que se calificó como infracción al artículo 210, primer párrafo -miembro-, del Código Penal.
    -La Dra. Claudia Orgueira contra el punto XVI en cuanto dispuso el procesamiento sin prisión preventiva de Leonardo Alberto Trappani en orden a su intervención en los hechos que se calificaron como infracción a los artículos 174,
    inciso 5°, 201 y 210, primer párrafo -miembro-, del Código Penal, y mandó trabar embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de cincuenta mil pesos.
    -El Dr. Héctor Pena contra el punto XVII en cuanto dispuso el pro.

  9. Siempre Amigos Compañerazo Edgardo Olguín, sepa que nosotros integrantes de comisión y muchos afiliados de la Ucairra estamos con ud y en nada compartimos las actitudes y manejos mafiosos de esta conducción que entro por la ventana.

    Amigo un gran abrazo y sepa que somos varios que seguimos de cerca toda su lucha y honestidad.

  10. Sindicato Único de Trabajadores de Remises y Afines (S.U.T.R.A.)

    Fuente: Observatorio del DERECHO SOCIAL (CTA)

    Condena a las violaciones de la Libertad Sindical en la Republica
    Argentina: informe CEACR 2012.

    Violaciones a la Libertad y la Democracia Sindical: Una nueva condena al
    Estado Argentino por parte de la Comisión de Expertos de la (OIT)
    Organización Internacional del Trabajo.

    El informe Anual 2012 de la Comisión de Expertos en Aplicación de
    Convenios y Recomendaciones (CEACR) de la OIT, cuestiono nuevamente el
    comportamiento del Estado Argentino en materia de Libertad Sindical.

    La Comisión de Expertos se ha pronunciado sobre la existencia de
    obstáculos legales para el ejercicio de los derechos sindicales, ha
    manifestado su preocupación por casos de violaciones a la Libertad
    Sindical en la práctica, y se ha expresado en términos inusitadamente
    duros respecto del comportamiento del Gobierno Argentino en el tramite del
    pedido de Personería Gremial.

    Dichos cuestionamientos fueron avalados por nuestra Corte Suprema de
    Justicia de la Nación en los fallos “ATE y ROSSI”, donde señalo que los
    pronunciamientos de la Comisión de expertos de la OIT son obligatorios
    para los Tribunales locales.

    A su vez, destaca que deben ser los trabajadores, y no la legislación,
    quienes definan el tipo de Asociación Sindical que desean conformar.

    Como consecuencia de ello, la Comisión de expertos de la OIT afirma que
    numerosas disposiciones de la ley de Asociaciones Sindicales de nuestro
    País, entre ellas las que se encuentran los artículos: 28, 29, 30, 38, 41,
    48 y 52, son contrarias a los convenios Internacionales de la OIT, y por
    ende deben ser modificados. Como conclusión de su informe, La Comisión
    “Pide Firmemente al Gobierno que (…) tome las medidas necesarias para
    poner la legislación en conformidad con el convenio.

    Edgardo R. Olguín
    Secretario General Nacional
    S.U.T.R.A.

    PD: para comunicarnos mejor (Código de Argentina +54-911)-155-015-3026 eolguin@sutra.org.ar

  11. CASO MARITA VERON).
    Y los jueces y fiscales donde están, nadie hace nada…!!!

    ANIBAL MARIÑO dice: y nadie hace nada…Rubén Ale en Tucumán es el
    representante de la UCAIRRA Union de Conductores de Autos al Instante y
    Remises.
    Rubén “La Chancha” Ale, hoy directivo del club de fútbol San Martín de
    Tucumán su hermano, Ángel “El Mono” Ale Remises “5 estrellas” El
    gobernador MIRANDA, Rubén “La Chancha” Ale club de fútbol San Martín de
    Tucumán hermano, Angel “El Mono” Ale Agencia de remises “5 estrellas”
    provincia de Tucumán

  12. Sindicato Único de Trabajadores de Remises y Afines (S.U.T.R.A.)

    Trade Union of Workers and Allied Remises (T.U.W.A.R)

    NOTIFÍQUESE

    Ministerio de Trabajo Empleo, y Seguridad Social
    Sr. Ministro de Trabajo: Carlos Alfonso Tomada
    S_____________________________________________D.

    Como Siempre Sostuvimos Nosotros; Uds.; No tienen Autoridad Moral para Hablar de Derecho Laboral Colectivo, porque Uds., Convalidaron y Convalidan el Fraude Dentro de las Organizaciones Gremiales. Hugo A. Moyano

    Edgardo R. Olguin
    Secretario General Nacional
    S.U.T.R.A.

    Abrir aquí
    http://www.cronista.com/elecciones/Moyano-denuncio-que-el-Ministerio-de-Trabajo-tiene-mas-de-3-mil-contratos-basura-20120627-0115.html

    PD: para comunicarnos mejor, (011) 155-015-3026 eolguin@sutra.org.ar

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