Los Municipales declaramos el estado de alerta

Federacion-2El Consejo Directivo de la Federación de Sindicatos de Trabajadores Municipales de la Provincia de Buenos Aires, declaró el “Estado de Alerta” en todo el ámbito bonaerense, en respuesta a su oposición a la media sanción dada por la Cámara de Diputados al proyecto de reforma de la Ley 11.757, la que considera perjudicial para los empleados comunales.

En una reunión llevada a cabo en la sede Federativa de Avellaneda, bajo la conducción del Secretario General Oscar Ruggiero, del Secretario Adjunto Humberto Bertinat y acompañados por el Secretariado de nuestra entidad gremial, los participantes aprobaron cuatro mociones para dar respuestas en distintos ámbitos a la situación que nos afecta.

Estado de alerta y medidas de acción 

Por unanimidad el Consejo Directivo aprobó una serie de medidas que se llevarán adelante desde nuestra entidad, en búsqueda de la defensa de los más de 400 mil trabajadores municipales de la provincia de Buenos Aires y sus grupos familiares.

Oscar Ruggiero y Humberto Bertinat, detallaron que en primer término se decidió realizar una presentación judicial “a raíz de los antecedentes con lo sucedido en el municipio de San Isidro con la incompatibilidad de esta Ley que se pretende modificar”.

Como segunda acción, se convocará a la brevedad a un Plenario con representantes de toda la Provincia, “en el que se resolverán medidas tendientes a lograr los objetivos fijados”, afirmaron los secretarios General y Ajunto.

Como tercera moción, Bertinat apuntó que se facultó al Secretario General para que “gestione ante los senadores de los distintos bloques reuniones para explicar lo malicioso del proyecto en estudio, el que no nos favorece para nada y en realidad nos dejará peor que antes”.

Presentaciones judiciales

En cuanto a la decisión de iniciar acciones legales contra el proyecto reformista, el Secretario de Legal y Técnica de la FSTMPBA José Fernández, describió los argumentos que avalan la medida. “Hay un fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia que declara como institucional a casi el 70 por ciento de la Ley 11.757 en el ámbito del Municipio de San Isidro; teniendo en cuenta que eso se sienta jurisprudencia, por lo que se aprobó la moción para presentar el mismo pedido de inconstitucionalidad para el resto de los municipios y que se puedan sacar ordenanzas a través de los deliberativos, junto a los intendentes y los sindicatos para que haya legislación en cada municipio”.

En este sentido el Secretario Federativo agregó que hay 43 artículos de la reforma que siguen siendo iguales a la original 11.757 y a los cuales el fallo de San Isidro ya los declaró inconstitucionales. “Hay que trabajar desde el punto de vista judicial y de la prensa, como también dejarle en claro a los Diputados que los vamos a denunciar penalmente por trasgredir un fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia y por desconocer la propia Constitución y los tratados internacionales al respecto”.

En referencia a la media sanción que la Cámara de Diputados dio a un proyecto de reformas de la Ley 11.757, se aclaró que no se trata de una derogación como dicen sus impulsores, “no se derogaría nada, sino que se modificarían algunos artículos”, se dejó asentado en la asamblea.

Del mismo modo se destacó que ese proyecto no contempla los planteos que viene llevando adelante nuestra Organización. “en este proyecto que algunos sindicalistas celebran, no se promueve un Piso Salarial Mínimo en todo el ámbito provincial (como lo tiene el resto de los trabajadores argentinos), no contempla la restitución del porcentaje del 3 por ciento de antigüedad, no mejora beneficios de las licencias y mantiene la irreal estabilidad que figura en la 11.757, en cuanto a la estabilidad ya que transcribe las mismas condiciones de la ley cuestionada y que ningún departamento Ejecutivo cumple.

Con esta iniciativa quieren otorgarnos Paritarias no vinculantes, es decir que seguiríamos como hasta ahora, dependiendo de la voluntad de cada Ejecutivo para llevar o no, adelante las negociaciones en cada distrito y obviamente remarcamos que no tendrían carácter obligatorio. Esta es una farsa que no beneficia a los trabajadores.

Recordamos que el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, Horacio González, había asumido el compromiso de crear una comisión integrada por todos los actores, Gobierno Provincial, Intendentes, Diputados, Senadores y las representaciones Sindicales, para arribar así a un acuerdo en conjunto. Otro compromiso fue el de reintegrarnos paulatinamente el porcentaje de antigüedad y la creación de al menos una Paritaria Local Vinculantes, conformada con los representantes comunales (Ejecutivo, Concejo Deliberante, Sindicato y la supervisión del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires), situaciones que no se cumplieron.

Objeciones al proyecto que obtuvo media sanción en Diputados

La Federación de Sindicatos de Trabajadores Municipales de la Provincia de Buenos Aires, efectuó un repaso de la iniciativa tratada por los diputados bonaerenses, encontrando una serie de falencias y en especial medidas que afectan negativamente al trabajador municipal.

Entre ellas figuran que al menos setenta artículos de la norma, a la que le dio media sanción Diputados, son réplica exacta de los artículos de la Ley 11.757. Además diecisiete artículos corresponden a Ley 11.757, con modificaciones y/o agregados, mientras que otros fueron unificados.

De los artículos copiados y replicados  de la Ley  11.757, cuarenta y tres son los mismos que la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires Declaró Inconstitucionales (de un total de 60), en el fallo del Municipio de San Isidro.  “Es más, Diputados criticó al Gobierno Provincial por la supuesta elevación de un Recurso Extraordinario Federal contra ese fallo y a pesar de ello, esos mismos legisladores incorporaron esos artículos en una nueva norma”, se hizo notar desde nuestra entidad.

Desde la FSTMPBA, se destacó que el proyecto tratado por la legislatura no resguarda los derechos de los empleados municipales, porque en el caso de las impulsadas Paritarias Locales (por cada distrito), se encuentran limitadas a los Sindicatos que posean Personería Gremial, necesaria para conformarlas.

Por otra parte se hace saber que a nivel provincial se crea un Órgano Consultivo y Asesor “No Vinculante”, es decir que no existen las Paritarias Provinciales ni Regionales como se proclamaba incluso en el Proyecto original.

Otros hechos graves y que llaman la atención son que no se restituye el porcentaje de antigüedad, (existiendo el precedente de la Ley Provincial Nº 13.354 que en el año 2005 se les restituye a los empleados provinciales). No se implementa el piso salarial proporcional del Mínimo Vital y Móvil. En cuanto al tema de Paritarias nuestro proyecto establecía claramente para el Nivel Provincial los pisos mínimos para regular más que nada el tema salarial, acorde al Salario Mínimo Vital y Móvil que rige para el resto de los Trabajadores Argentinos, siendo hoy por hoy los únicos excluidos.

También se desconoce como eje del gobierno municipal, a los Concejos Deliberantes, dándole potestad solamente al Intendente Municipal y se establece que las comunas no podrán tener más de 20 por ciento del personal contratado, situación que en la actualidad pondría en riesgo la situación laboral a más del 40 por ciento de los trabajadores del sector.

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