La Defensoría del Pueblo de la Nación exhortó a ACUMAR a ocuparse del riesgo ambiental en Villa Inflamable

Defensor-del-Pueblo-Nacional En virtud del riesgo ambiental en el barrio “Villa Inflamable”, ubicado en el Polo Petroquímico Dock Sud del Partido de Avellaneda, la Defensoría del Pueblo de la Nación resolvió exhortar a la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) a informar la situación crítica a las que están expuestos los habitantes de la zona y que se fijen plazos para la solución de cada caso.

La Institución –a través de su Secretario General CPN Carlos Haquim exhortó a ACUMAR a elaborar un plan de minimización del riesgo ambiental que contemple la habilitación de un sistema de drenaje de agua para evitar inundaciones, la limpieza de los puntos de arrojo de residuos urbanos, la colocación de contrapisos en las viviendas, el mejoramiento del aislamiento térmico de paredes y techos, el control del riesgo eléctrico mediante la renovación del tendido barrial y el estudio de otros factores asociados a la proliferación de enfermedades en la población para su inmediato tratamiento. 

            A esto se le suma, otro exhorto más para que ACUMAR realice un informe que releve el estado de salud actual de los pacientes derivados para su tratamiento a partir del diagnóstico realizado en el marco de la EISAR, y así identificar si los mismos fueron atendidos por el sistema público de salud, o si se cumplieron los tratamientos recomendados por los especialistas intervinientes.

El exhorto presentado por la Defensoría Nacional se concibe en el marco del control del cumplimiento de la sentencia del 8 de julio de 2008 dictada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la que se definió un programa de acción para la recomposición y prevención de daños al ambiente (agua, aire y suelos) con el objetivo de mejorar la calidad de vida de los pobladores. 

Los numerosos estudios realizados en la zona de influencia del Polo Petroquímico de Dock Sud confirman que las personas que residen en “Villa Inflamable” se encuentran expuestas a un alto riesgo, debido a la presencia de gases tóxicos (benceno, tolueno, xileno y tetracloruro de carbono, entre otros) y metales pesados (plomo y cromo, entre otros). Esta situación es consecuencia de los vertidos líquidos, las emanaciones gaseosas y la disposición de residuos industriales y domiciliarios que se realizan en el lugar, así como de la ausencia de saneamiento cloacal. Los estudios también confirman que la exposición crónica a estos contaminantes detectados en la zona puede ser causal de trastornos graves, pudiendo implicar discapacidades permanentes e incluso la muerte.

Habida cuenta de ellos, la Defensoría del Pueblo de la Nación solicitó en reiteradas oportunidades que los estudios que realiza ACUMAR en materia de salud identifiquen relaciones de causalidad y correspondencia entre condiciones de vida, exposición a contaminantes ambientales y afectaciones a la salud, para que los diagnósticos los habiliten a adoptar medidas preventivas que eviten la exposición de la población a los contaminantes del suelo, agua y aire. 

Sin embargo, seis años después del fallo de la CSJN, aún no se cuenta con un estudio de riesgo ambiental, ni con un diagnóstico de salud ambiental que identifique a las poblaciones más expuestas, y tampoco se brindaron soluciones habitacionales a las personas que residen en “Villa Inflamable”. La situación actual implica vulneraciones a derechos fundamentales como el derecho a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano, el derecho a un nivel de vida adecuado, el derecho a que la salud sea preservada por medidas sanitarias y sociales relativas a la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica correspondiente, el derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud física y mental, el derecho a la integridad personal, y los derechos de los niños a la vida, supervivencia y desarrollo.

            Cabe agregar que la Defensoría del Pueblo de la Nación comunicó dicha la resolución a la Corte Suprema de Justicia, al Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional nº2 de Morón, al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de Avellaneda.

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