Impulsan arrestos y multas por vandalismo en escuelas

El gobierno bonaerense envió a la Legislatura un proyecto de ley que busca modificar el Código Contravencional para incorporar nuevas formas de vandalismo.

El gobierno de la provincia de Buenos Aires presentó en la Legislatura un proyecto de ley que busca modificar el Código Contravencional para incorporar nuevas formas de vandalismo e incluir distintos tipos de sanciones para quienes cometan esa falta en escuelas públicas y privadas.

El objetivo es “proteger al alumno, al docente y a la comunidad educativa en general y asegurar la prestación del servicio educativo”. A su vez, aplica a establecimientos educativos de educación pública y privada.

El proyecto modifica el artículo N°74 del Código Contravencional de la PBA (decreto-ley n°8031), del capítulo 4 “Contra la tranquilidad y el orden público”. Al mismo tiempo, incorpora nuevas formas de vandalismo al código de faltas y prevé sanciones.

Propone sanciones con arrestos de 5 a 30 días y multas a quien “coloque, introduzca o arroje sustancias insalubres o cosas capaces de producir lesiones, dentro de un establecimiento educativo de gestión pública o privada, o en las inmediaciones del mismo”. “Las mismas sanciones se aplicarán a quien manche o ensucie bienes muebles o Inmuebles destinados y/o afectados al servicio de educación, o cualquiera de las instalaciones de un establecimiento educativo de gestión pública o privada”, apunta.

Advierte que el juez podrá reemplazar las sanciones de arresto o multa por “trabajos de utilidad pública” (de dos a 10 días) si el responsable “no registre condenas previas, y la gravedad y demás características del hecho así lo justifiquen”. Cada día será considerado como tres horas.

Señala que “cuando se verifique la participación de un menor de edad en alguna de las contravenciones previstas en los artículos 74 bis o 74 ter, el Juez, mediante auto fundado, determinará si la conducta del menor fue consecuencia de una falta o negligencia en sus deberes por parte de los padres o tutores, que en tal caso serán sancionados con arresto de uno (1) a cinco (5) días o multa de entre el treinta (30%) y el sesenta (60%) por ciento del haber mensual del Oficial Subayudante del Agrupamiento Comando de la Policía de la Provincia de Buenos Aires”.

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