Entró en vigencia el nuevo procedimiento para la tenencia de armas

arsenal-de-armasDesde hoy, cualquier ciudadano tiene la posibilidad de objetar que se le conceda la portación de un arma a cualquier individuo, incluso a «funcionarios públicos civiles, de las Fuerzas de Seguridad y de las Fuerzas Armadas», de acuerdo con la resolución 373/2013 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, publicada en el Boletín Oficial.

El Procedimiento de Participación Ciudadana por Oposición para la Autorización de Tenencia o Portación de Armas de Fuego quedó en vigencia hoy con la publicación de su mecanismo de funcionamiento en el Boletín Oficial.

De esta forma, a partir de ahora, cualquier ciudadano tendrá la posibilidad de objetar que se le conceda la posibilidad de portar o poseer un arma a cualquier individuo, incluso a «funcionarios públicos civiles, de las Fuerzas de Seguridad y de las Fuerzas Armadas». Así lo determina la Resolución 373/2013 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, publicada en la edición de hoy del Boletín Oficial.

Según este mecanismo, el Registro Nacional de Armas (RENAR) deberá publicar durante quince días en su sitio web «el nombre completo, el documento del solicitante y los datos de las armas correspondientes», tanto de las nuevas solicitudes de portación y tenencia de armas, como de las renovaciones.

A su vez, una vez por semana será publicado en el Boletín Oficial «el total de las solicitudes que se encuentren en condiciones de iniciar el procedimiento» de participación ciudadana en el trámite de tenencia y portación.

Las denuncias de hechos de violencia, amenazas o intimidación que tengan como denunciado al solicitante de la tenencia o portación de armas, hayan o no sido denunciados ante las autoridades policiales o judiciales, serán causales de oposición, según determina la norma.

También lo serán los hechos de violencia intrafamiliar o de género que tengan como autor al solicitante, o «cualquier otro hecho o circunstancia que, por su gravedad, torne razonable que la autoridad competente tome debida intervención».

«El presente procedimiento será aplicable a todas las solicitudes de tenencia o portación armas de fuego sin excepción, incluidas las solicitudes de los funcionarios públicos civiles, de las Fuerzas de Seguridad y de las Fuerzas Armadas», finaliza el texto de la norma.

El procedimiento había sido anticipado ayer en una conferencia de prensa por el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak; el secretario de Justicia, Julián Alvarez, y el titular del organismo registral, Matías Molle.

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