La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), dio de baja a 53 entidades de medicina prepaga por incumplimientos normativos. La resolución 4309/2024 se basa en la Ley N° 26.682, que regula el funcionamiento de estas entidades. Las empresas afectadas no presentaron la documentación requerida, a pesar de las múltiples notificaciones.
Entre las entidades que perderán su registro se encuentran Magna Salud S.R.L., OMSA Prosal S.A., y Círculo Médico de 25 de Mayo. La medida impacta a los usuarios que se encontraban afiliados a estas empresas de salud, instándolos a buscar alternativas. La SSS continuará con procedimientos administrativos para dar cumplimiento a la resolución. No se han registrado pronunciamientos oficiales de las empresas afectadas hasta ahora. La resolución subraya la importancia de la transparencia y la responsabilidad empresarial en el sector salud.
En una decisión que refuerza el control y la transparencia en el sector de la medicina prepaga, la SSS, a través de la Resolución 4309/2024, dispuso dar de baja la inscripción provisoria de 53 entidades del Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP). La medida fue adoptada tras detectarse reiterados incumplimientos en la presentación de documentación requerida por las normativas vigentes.
La resolución se enmarca en la Ley N° 26.682, que regula el funcionamiento de las entidades de medicina prepaga, estableciendo requisitos como la presentación de balances, declaraciones juradas, tipificación de planes de cobertura y actualización de información prestacional y contable. Estas normativas tienen como objetivo garantizar la solvencia, calidad y transparencia de los servicios ofrecidos por las empresas del sector.
Desde la sanción de la Resolución N° 1950/2021, se había establecido un protocolo estricto para la tipificación de los servicios de salud que deben cumplir las entidades registradas. No obstante, una «importante cantidad de entidades» incumplieron estos requisitos, a pesar de haber sido notificadas en reiteradas ocasiones mediante edictos publicados en el Boletín Oficial de la República Argentina y a través de la plataforma digital de trámites a distancia (TAD).
Entre las empresas que perderán su registro se encuentran reconocidas firmas del sector como Magna Salud S.R.L., OMSA Prosal S.A., Emergencias Médicas Santa María S.A. y Círculo Médico de 25 de Mayo (SAMI 25 de Mayo). La lista completa incluye 53 entidades que, según la SSS, no subsanaron los incumplimientos en el plazo otorgado, lo que motivó su exclusión definitiva del registro.
Estas bajas no solo implican el cese de actividades bajo el régimen de medicina prepaga, además impactan en los usuarios que dependían de estos servicios. Las autoridades instan a los afiliados a estas entidades a buscar alternativas dentro del marco legal.
La decisión de la Superintendencia da cuenta de una postura firme frente a los incumplimientos en un sector crítico para la población. Al cancelar la inscripción de estas empresas, se busca proteger a los usuarios y garantizar que las entidades que operen en el sistema cumplan con los estándares de solvencia y calidad exigidos por la normativa.
Esta medida pone de manifiesto la necesidad de un monitoreo continuo y riguroso de las empresas de salud para evitar irregularidades que puedan perjudicar tanto a los usuarios como al sistema en su conjunto.
Hasta ahora, no se han registrado pronunciamientos oficiales por parte de las empresas afectadas. Sin embargo, la SSS continuará con los procedimientos administrativos necesarios para dar cumplimiento efectivo a la resolución, incluyendo la eliminación de los números de inscripción en los registros oficiales.
Los usuarios que se vean afectados por estas bajas pueden buscar asistencia a través de los canales oficiales del organismo para evaluar las opciones disponibles en cuanto a cobertura de salud.
Esta resolución marca un precedente en el control estatal sobre el sector de la medicina prepaga, destacando la importancia de la transparencia y la responsabilidad empresarial en el ámbito de la salud.
La lista de empresas mencionadas en el Anexo del documento de la Resolución 4309/2024 de la Superintendencia de Servicios de Salud:
Magna Salud S.R.L.
OMSA Prosal S.A.
Sanatorio San Jerónimo Norte S.R.L.
Emergencias Médicas Santa María S.A.
Medicina Asistencial Privada S.R.L.
Medycin S.R.L.
IE Emergencias Chivilcoy S.A.
EMESEC Emergencias Médicas Esteban Echeverría S.A.
Compañía Global de Salud S.A.
Vivir Medicina Privada S.A.
Medical S.R.L.
Servicio de Urgencias Médicas Ushuaia S.R.L.
Siempre S.R.L.
Merli Elva Ana y Lanter Patricio Eduardo S.H.
Roma Salud S.A.
Opsal S.A.
Master Med System S.R.L.
Coseguro Total S.R.L.
Centro Médico del Parque SDH.
Mitre Medical Network S.A.
Salud Total S.A.
Confederada Salud S.R.L.
Noba Pampa Salud S.R.L.
MPN Medical International S.A.
Compañía Mediterránea de Salud S.A.
Gerenciar Salud S.R.L.
Medicin Care Servicios Médicos Domiciliarios S.A.
Prepaga S.R.L.
AIO Care S.R.L.
Medicina Privada San Juan Bautista S.A.
Centro Salud S.A.
Medicina Argentina S.A.
SID Medical S.A.
Acarti S.A.
COMI Cooperativa Limitada de Provisión de Servicios en el Área de la Salud.
ComeSE Coop. Ltda.
Cooperativa Argentina de Medicina Integral (CAMI) de Trabajo Ltda.
Cooperativa de Trabajo de Medicina Asistencial Integrada de Diamante Limitada.
Mutual del Círculo Médico del Departamento Federación.
Mutual de Activos y Pasivos.
Asociación Mutual Ciudadanos Bonaerenses.
Asociación Mutual de Profesionales de la Salud de la República Argentina.
Asociación Mutual de Asistencia a la Tercera Edad.
Mutual Doce de Enero.
Asociación Mutual de Óptica Integral.
Asociación Mutual Versailles.
Mutual de Servicios Médicos y Tratamiento de la Hipoacusia.
Asociación Mutual Los Andes.
AMTAPRA.
Asociación Mutual Arquitas.
Asociación Mutual Veteranos Argentinos.
Mutual Ibatín.
Círculo Médico de 25 de Mayo (SAMI 25 de Mayo)