Carta abierta al presidente de la Cámara Nacional Civil y a su par de la Cámara Nacional Comercial

SR. PRESIDENTE DE LA CAMARA NACIONAL CIVIL y SU PAR DE LA CAMARA NACIONAL COMERCIAL.
Antes de la pandemia, las cédulas que iban a Capital, salían electrónicamente del Juzgado hacia la Oficina de Notificaciones, se diligenciaban y volvían.

Las cédulas ley, eran enviadas por email a los juzgados civiles y comerciales, las confrontaban y las subían al expte. digital, con código de barras y firma digital del juez, para que nosotros las descargáramos, y diligenciáramos en extraña jurisdicción.

Llegó la pandemia y se sintieron con el derecho de humillarnos, obligándonos a pedir turno en los juzgados, por ambas cédulas (las comunes y las Ley 22.172), para que las confronten en papel, les pongan un sello de goma, pidamos otro turno, y las vayamos a retirar, (eso sí: con la suerte de que no observen algún punto o coma), y luego las llevemos al Abasto, o a extraña jurisdicción.

Todo eso, con la consiguiente circulación de personas y papeles, que debían ser evitados para evitar contagios.
¿A quién se le ocurrió tan brillante idea?
Algunos señorías, responden que la Ley 22.172, exige el sello de goma.
¿Antes del virus, no hacía falta y después del virus, sí?

Y algunos señorías, responden que son los Presidentes de las Cámaras civil y comercial, quienes ordenaron este procedimiento burocrático, arcaico, improductivo, peligroso y dilatorio de los juicios.

Por otro lado, cada señoría hace lo que quiere en su juzgado, porque «vió Doctora, como es ésto…»
Entonces, les pregunto, Sres. Presidentes de ambas Cámaras, y sé que algunos me leen: ¿por qué no terminamos con esta verguenza y adaptan el procedimiento a las exigencias del Siglo XXI y de la situación sanitaria?
¿O pretenden seguir con las notificaciones, de esta manera, ad infinitum?
No queremos pedir más turnos.
No queremos llevar más papeles a ningún lado.

Las cédulas pueden enviarse por email al juzgado para su confronte, y luego ser enviadas al Abasto en forma directa, como antes, sin que vayamos nosotros o tengamos que pagar gestores para que lo hagan (cada diligenciamiento sale 1.000$ o más).

Y las cédulas ley, después de ser confrontadas, pueden ser cargadas en el expte. digital con código de barras y firma digital del juez, para ser descargadas y diligenciadas en extraña jurisdicción.

¿Es tan difícil?
¡Es lo que hacían antes, de tener la excusa de la pandemia!
Estas prácticas constituyen un abuso de parte de los operadores judiciales, para con los Abogados, que merecemos el mismo trato que los Magistrados, en el ejercicio de nuestra profesión.

Ya no tenemos más tiempo, ni salud, para seguir pidiendo turnos y llevando papeles, cuando todo eso se podría hacer en forma virtual, y si se quiere, las cédulas Ley 22.172, también podrían ser enviadas por email desde los juzgados, en forma directa a las Oficinas de Notificaciones de extraña jurisdicción. Esto, porque lso empleados de estas oficinas, también se sienten un poco Dioses, y decidieron que «no reciben emails de los Abogados, sino solo de casillas judiciales». Ergo, desde los juzgados, estas cédulas Ley, podrían ser enviadas en forma directa a estas oficinas.
¿Es tan difícil lo que pido? ¿Nadie se da cuenta de que es una barbaridad inadmisible lo que nos están haciendo con las notificaciones de los juicios en estos dos fueros?

«Celeridad, productividad, agilidad, desburocratización, disminución de los tiempos de litigios…» (conceptos desconocidos en la práctica judicial. ¡Total! ¡La vida y salud psicofísica de los Abogados, da para todo!
¡Pónganse a la altura de las circunstancias y pongan fin a esta vergüenza nacional!

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