Avellaneda: «Plin, caja»…

Se sabe que la política es muy cara, motivo por el cual, gran parte de la recaudación de los gobiernos termina financiando campañas en lugar de generar obras y mejoras para los ciudadanos, para ello, a los tributos legales, que incluso se «dibujan» se les suman los importantes montos en «negro», que suelen acompañar decisiones de dudosa legalidad.

En Avellaneda, el municipio ha roto veredas y dañado la estética de varios frentes, al colocar estructuras metálicas para alquilar el uso de esas cartelerías, pero de esto no hablan ni siquiera opinan los de la oposición.

Dicen que una imagen vale más que mil palabras y la foto de la nota es un claro ejemplo de ello, un nuevo cartel publicitario invitando al Bingo de Wilde, sí ese que tanta polémica generó entre varios vecinos y que no se sabe cómo pasó el HCD, siendo que por el Decreto 3656/1999 no debería estar habilitado.

La recuperación del «viejo cine de Wilde» propiedad de la familia Valian, incluso tiene entre los impulsores de la iniciativa a empleados municipales que han tenido cargo jerárquico, a continuación un extracto:

Si bien la Comisión de Recuperación del Cine de Wilde efectuó miles de acciones para reabrir el edificio cerrado en noviembre de 1991, nunca obtuvo una solución ni consiguió que se diera algún paso certero desde la Secretaría de Cultura distrital, encabezada por Hugo Antonio Caruso. “La postura de los funcionarios siempre fue dilatoria, a pesar de que existen dos ideas bien detalladas: abrir las puertas del lugar y reacondicionarlo o utilizar un lugar que está abandonado en Mitre y Onsari; del otro lado constantemente escuchamos: ‘Lo estamos trabajando’, ‘Lo estamos estudiando’”, comentó Federico Taboada, uno de los impulsores de la iniciativa.

“La idea es generar conciencia sobre la importancia de este espacio y sumar mayor cantidad de gente que no está al tanto”, apuntó Taboada. Por eso, al mismo tiempo, ubicaron una mesa informativa en plena avenida Mitre y juntaron firmas, además de alentar a todos los que quisieran sumarse a la Comisión con la idea de “reflotar un lugar que le da identidad al barrio, que puede brindar talleres de filmación, de montaje, con la cooperación de profesionales, para acercar a la gente a este tipo de producción artística”. Eso es a lo que apuntan en particular, para darle vida a una antigua sala y convertirla en un lugar de encuentro.

Con esa meta, desde hace tiempo organizan proyecciones en diferentes instituciones del barrio, exhiben trabajos de directores cinematográficos que están dando sus primeros pasos y se postulan como una productora de contenidos audiovisuales. “Intentamos fomentar a los productores independientes. En escuelas o clubes se pasan cortos de estudiantes del IDAC (Instituto de Arte Cinematográfico) y mientras difundimos la problemática para los que no están al tanto”, asegura Taboada. En ese sentido, el próximo viernes desde las 22 realizarán una jornada de seis cortometrajes en el Bar Arena, enfrente a la estación de Wilde. Como todas las que hacen, la actividad será gratuita y tratará de fomentar el trabajo de la productora de Cine CW, que trabaja con jóvenes de la zona que pretenden tener un espacio de práctica y de realización en su barrio.

La productora comunitaria surgió de la mano de la expansión misma de la lucha. “Desde el día uno de resistencia, estamos filmando, editando y conectando artistas y trabajadores. La cotidianidad nos impulsa a unir fuerzas para que distintos sectores puedan expresarse y filmar para que el mensaje pueda llegar a todos”, sostiene el referente de la Comisión. Además, la constitución de una productora les permite, de a poco, juntar peso a peso para comprar cámaras e impulsar distintos trabajos en centros de jubilados, escuelas, clubes y organizaciones sociales que quieran abocarse a la cinematografía o pretendan reflejar alguna problemática en particular. El espacio funciona también como una posibilidad para conseguir lugares públicos o privados con la idea de impulsar nuevas expresiones artísticas, con una idea y un mensaje definidos que logren romper con los moldes de la cinematografía comercial.

A continuación el texto del Decreto:

   DECRETO 3.656

La Plata, 6 de diciembre de 1999.

VISTO: La necesidad de establecer pautas concretas que regulen los establecimientos en el ámbito del territorio de la Provincia de salas de Casinos y del juego denominado Bingo y,

CONSIDERANDO:

Que la apertura de tales salas y/o anexos a las mismas debe consultar las opiniones y expectativas de la población de los Municipios en que se ubiquen y de los legisladores provinciales, en orden a evitar un crecimiento desmedido del juego y paralelamente obtener la aplicación de políticas coherentes en la materia,

Que también deviene conveniente garantizar la existencia de distancias mínimas entre las salas de juego y las instituciones educativas, culturales y religiosas del lugar, de manera que la presencia de aquéllas no desnaturalice o perjudique el buen funcionamiento de éstas,

Que asimismo, corresponde someter a la actividad del juego a controles que permitan resguardar el interés fiscal de la Provincia y a la vez optimizar el cumplimiento del destino social que tienen los fondos recaudados en ese concepto,

Que la necesidad de adoptar las medidas de que se trata ha sido también puesta de manifiesto por el Honorable Cámara de Diputados de la Provincia mediante declaración fechada el 2 de diciembre del año en curso (Expediente D- 2.571/99.00),

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE

BUENOS AIRES

DECRETA:

Art.1º- Establécese que en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires sólo podrán funcionar los Casinos indicados en la Cláusula Primera del Convenio celebrado el 10 de septiembre de 1992 entre el Instituto Provincial de Lotería y Casinos y Lotería Nacional Sociedad del Estados, aprobado por Decreto 327/93, ratificado por Ley 11.536 y en el Art. 3º del texto legal citado.

A partir de la fecha de publicación del presente la apertura de los Casinos habilitados que no estén en funcionamiento o de Anexos a los existentes sólo podrá autorizarse previa consulta a las autoridades de los Municipios en que se pretenda ubicarlos e intervención de la Comisión Bicameral prevista por el Art. 6º de la mencionada Ley 11.536.

Art.2º- Dispónese, a partir de la fecha de publicación del presente, que la apertura de las salas de juego y/o anexos a que alude el artículo anterior y de salas del juego de azar denominado “Lotería Familiar”, “Lotería Familiar Gigante” o “Bingo” sólo será autorizada cuando mediante una distancia no inferior a los trescientos metros, medidos de puerta a puerta por camino peatonal, de los inmuebles en que funcionen instituciones culturales, educativas o religiosas.

Toda excepción a lo establecido en el párrafo anterior requerirá de la previa consulta a las autoridades del Municipios respectivo y sólo podrá adoptarse mediante resolución fundada.

Art.3º- En los establecimientos y locales donde se desarrolle la actividad descripta en los artículos precedentes rige la prohibición de ingreso y permanencia de menores de dieciocho años prescripta en el Título 3, Capítulo 1, artículo 66 inc. e) de la Ley 10.067 y modificatorias y las sanciones a los responsables en ellas establecidas.

Art.4º- La actividad del juego, aprobada por el Instituto Provincial de Lotería y Casinos, en el ámbito del territorio de la Provincia, deberá ser sometida a control en tiempo real, mediante sistemas que admitan su fiscalización por la Autoridad de Aplicación, apostadores y terceros.

El Instituto Provincial de Lotería y Casinos, dentro del término de (60) sesenta días contados a partir de la publicación del presente, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto precedentemente.

Art.5º- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno y Economía.

Art. 6º – Dése cuenta a la H. Legislatura.

Art.7º- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese al “Boletín Oficial” y archívese.

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