Aumentos por edad en las prepagas

LOS 4 LÍMITES LEGALES QUE LA JUSTICIA NO PERDONA En el management comercial de salud, el ajuste por franja etaria siempre fue la herramienta para equilibrar el riesgo actuarial. Sin embargo, aplicar aumentos automáticos sin rigor normativo se convirtió en una trampa judicial millonaria para el sector.
La jurisprudencia reciente viene frenando estos incrementos apoyándose en 4 pilares clave que toda auditoría debe revisar:
1. LA REGLA DE LOS 10 AÑOS (ART. 12 – LEY 26.682)
La norma: Con 65 años o más y 10 años de antigüedad continua, la ley prohíbe aumentarle la cuota por franja etaria.
El impacto: Los sistemas de facturación que saltan de categoría a ciegas por fecha de nacimiento generan un pasivo contingente casi indefendible.
2. EL TOPE DE PROPORCIONALIDAD (ART. 17 – LEY 26.682)
La norma: La cuota de la última franja etaria no puede superar en más de tres veces (3x) el valor de la primera franja de ingreso.
El impacto: Muchos esquemas ajustan por tramos superando este techo legal, lo que vuelve la cláusula de ajuste nula de pleno derecho.
3. TRATO DIGNO Y ADULTO MAYOR (ART. 8 LDC)
La norma: La protección al consumidor prohíbe conductas que amedrenten al afiliado en etapas de vulnerabilidad biológica.
El impacto: Disparar la cuota justo cuando el usuario se jubila y reduce ingresos es visto por los jueces como una «desvinculación encubierta», derivando en duras condenas por daño punitivo.
4. DEBER DE INFORMACIÓN TRANSPARENTE (ART. 1100 CCCN)
La norma: Si no aplica el Art. 12, el aumento solo es válido si la grilla futura con porcentajes exactos estuvo detallada en el contrato original desde el día uno.
El impacto: Se terminó la era de la «cláusula genérica». Sin previsibilidad contractual, el ajuste es considerado unilateral y arbitrario.
Ajustar por edad no está prohibido, pero la falta de rigor legal y las fallas en los sistemas de facturación le están costando millones al sector.
Revisar las carteras históricas y adaptar los procesos de alta comercial dejó de ser un tema operativo: es un imperativo de compliance.
¿Cómo están cuadrando en sus áreas Comerciales y Legales estos 4 filtros antes de liquidar los aumentos por edad?
Los leo en los comentarios.

Fuente: El Gurú de las prepagas

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