ANMAT prohibió la elaboración, comercialización y distribución de perfumes y aromatizantes

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, comercialización y distribución de varios perfumes y aromatizantes de la marca “Zafiro” en todo el territorio nacional y en plataformas de venta online.

La medida se oficializó a través de la disposición 11369/2024, que fue publicada en el Boletín Oficial y firmada por la titular del organismo, donde la ANMAT declaró estos productos como “ilegales” debido a la falta de registro sanitario y a irregularidades en su comercialización y etiquetado.

Los productos incluyen aromatizantes de ambiente, difusores y perfumantes para prendas y ambientes en diversas fragancias como lavanda, coco y vainilla, nina, blue, limón, uva y caramelo.

Fueron prohibidos a la venta al público ya que estos artículos carecían de los registros sanitarios necesarios y se comercializaban con etiquetas que no cumplían con la normativa vigente, incluyendo información falsa o incompleta, según el organismo.

La investigación comenzó luego de una denuncia recibida por el Servicio de Domisanitarios del Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal que detectó que ni los productos ni el establecimiento responsable, ubicado en Sarandí, Buenos Aires, se encontraban inscriptos en los registros sanitarios correspondientes.

Estas irregularidades llevaron a la ANMAT a clasificar todos los productos sanitarios de la marca “Zafiro” como ilegales y a prohibir su publicidad, distribución y comercialización. La medida incluye la instrucción de un sumario contra el responsable de la firma para evaluar las sanciones correspondientes.

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