Arrancan desde este martes los cheques cancelatorios para prevenir las salideras bancarias

Podrán ser emitidos por montos de hasta 400 mil pesos y estarán eximidos del impuesto a los débitos y créditos. Quien quiera solicitarlo -o cobrarlo- deberá ser cliente de un banco y tener la firma registrada.

Para limitar el uso de efectivo y evitar salideras bancarias, las entidades financieras estarán obligadas desde mañana a entregar los denominados cheques cancelatorios, que podrán ser emitidos por montos de hasta 400 mil pesos y estarán eximidos del impuesto a los débitos y créditos.

Este documento, puesto en marcha por el Banco Central, reemplaza al dinero en efectivo y quien quiera solicitarlo -o cobrarlo- deberá ser cliente de un banco y tener la firma registrada.

Cada cheque podrá ser emitido por un máximo de 400 mil pesos o 100 mil dólares, ya que por sumas superiores deberá utilizarse otro documento.

El hecho de que pueda ser emitido en dólares permitirá realizar operaciones inmobiliarias ya que en la mayoría de los casos son pactadas en la moneda norteamericana y evitar así el movimiento de dinero efectivo.

Otra ventaja para quienes lo utilicen es que estará exento del pago del impuesto a los débitos y créditos, conocido como el tributo al cheque que representa una quita del 1,2 por ciento (0,6 por ciento más 0,6 por ciento).

Quienes lo emitan o reciban podrán certificar por internet en la página del Banco Central la legitimidad del documento ya que todos serán entregados directamente por la autoridad monetaria a las entidades financieras.

El cheque cancelatorio, instrumentado por el Banco Central mediante su comunicación A 5130, constituye un medio de pago equivalente a la entrega de dinero en efectivo, otorgando seguridad y eficacia tanto a quienes lo otorgan como a quienes lo reciben.

Se trata de una herramienta gratuita, ya que en ningún caso los bancos podrán cobrar un costo adicional por su utilización.

Quien desee comprar un cheque cancelatorio deberá hacerlo en la entidad financiera en la cual tenga una cuenta y firma registrada.

La entidad librará el cheque cancelatorio por el valor que solicite el cliente, dentro de un rango que va de 5.000 a 400.000 o de 2.500 a 100.000 dólares.

Las personas físicas podrán comprar un cheque cancelatorio en pesos mediante un débito en su cuenta y si el instrumento es en dólares, podrán hacerlo tanto a través de un débito como entregando dólares billetes.

Las personas jurídicas, en cambio, sólo podrán comprar cheques cancelatorios emitidos en dólares y utilizando el débito en cuenta.

El cheque cancelatorio podrá ser endosado hasta dos veces, siempre que el primer beneficiario sea una persona física.

Los endosos deberán realizarse en el dorso del documento frente a un escribano, funcionario de la entidad financiera o autoridad judicial, quienes certificarán la firma.

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