Solo el 16% de los accidentes laborales termina en juicio

accidente-laboral  El estudio de la consultora Atenea contrasta con el nivel de litigiosidad que divulgan las ART, del 70%. Además, el informe indicó que las aseguradoras recibieron una demanda por cada 92 trabajadores.

Ya en el Mini Davos de septiembre pasado, el Presidente se había comprometido con los empresarios a actuar para reducir la mentada “industria del juicio”. En julio, Mauricio Macri se pronunció en favor de que la justicia laboral fuera “más equitativa” en alusión a una supuesta tendencia en favor de los trabajadores y contra las Aseguradoras de Riesgos (ART) y las empresas en lo que se refiere a la siniestralidad laboral.

Oscar Gentili, presidente de la CGE, aseguró el viernes pasado que el crecimiento de los litigios laborales “es récord y preocupante”, y pidió que los senadores y diputados “avancen en leyes que frenen los juicios para darle competitividad a las pymes”.

Sin embargo, un informe del Centro de Estudios para el Desarrollo Nacional Atenea, desmiente ese “récord” de juicios a la que continúan aludiendo las ART en nombre del fracaso de la reforma de la ley aprobada en 2012.

El estudio dirigido por el politólogo Damián Ledesma, asegura que “en 2015, hubo 659.041 siniestros registrados por la SRT y se iniciaron 106.021 juicios, esto es el 16,08% de casos judicializados”.

Tanto la Superintendencia de Riesgos (SRT), como la UART, la cámara que agrupa a las aseguradoras, han venido difundiendo un supuesto índice de judicialización del 70%, muy lejos de las cifras que recoge el informe y que surgen de la base de datos que publica el propio organismo oficial.

El informe, además, explica que a partir del Decreto N°472/2014, los trabajadores tienen hasta dos años para iniciar las acciones legales desde el fin del trámite administrativo. Los juicios vigentes cruzados con los siniestros ocurridos desde 2013 arrojan una proporción muy inferior: “Si se contemplan los casos registrados en 2013 (674.963) y 2014 (660.954) y tomando el total de trabajadores registrados en el sistema en 2015 (9.776.994) y por los cuales las ART cobraban su cuota, la realidad es que recibieron una demanda cada 92 trabajadores asegurados.” Pero además la misma consultora informa sobre la alta rentabilidad de las ART: la recaudación efectiva alcanzó en 2015 los $ 4512,9 millones sin contemplar la morosidad de un 9 por ciento.

Para Ledesma, “el proyecto se solventa en un diagnóstico errado que alude una ‘industria del juicio’ que no es tal. Las aseguradoras realizaron una campaña muy fuerte para decir que el sistema era inviable pero la realidad indica que estas empresas de matriz financiera tuvieron rentabilidades exorbitantes. El proyecto de ley moldea un sistema que solo beneficia a las Aseguradoras.”

Es que la ley busca perfeccionar los mecanismos restrictivos de la reforma operada en 2012, entorpeciendo aun más el acceso a la justicia a través de darles más peso a las comisiones médicas que financian las mismas ART. En la reforma de 2012 se buscó desalentar la vía de la justicia civil y orientar las acciones legales hacia las ART en torno del monto de las indemnizaciones. Ahora, lo sustancial de la reforma es impedir toda acción judicial hasta tanto no se agote la vía administrativa.

León Piasek, abogado laboralista y asesor sindical, opinó que “intentan nuevamente cercenar el acceso a la justicia en forma directa a los trabajadores para que no puedan reclamar al igual que el resto de los ciudadanos la reparación de un daño en forma integral, sin procedimientos previos, ni trabas, ni dilaciones. En lugar de reformar la ley que ha sido declarada inconstitucional por la Corte por obstaculizar el acceso a la justicia y que no ha sido útil para prevenir las siniestralidad sino para incrementar el lucro de las ART, el oficialismo, a pedido de las aseguradores, repite una norma que será declarada inconstitucional.”

Néstor Pitrola, diputado nacional del FIT-PO, señaló que “se trata de la elevación a ley de un chantaje. Actualmente la vía judicial está limitada de hecho por la situación, muchas veces desesperante, del trabajador accidentado, que no puede esperar el tiempo demandado por una acción legal. Sus necesidades lo obligan a aceptar lo que ofrece la ART. Es decir, se ve obligado a dejarse estafar. Ahora quiere suprimirse de hecho esa posibilidad ulterior de demandar.”

Ledesma concluyó que “la normativa no plantea cambios de fuste en materia de prevención. El interés está puesto en bajar la tasa de juicios y no de siniestros”.

Frente de tormenta con las obras sociales

Una novedad inesperada del proyecto de ley es que explicita el derecho de las ART a exigir a las Obras Sociales la devolución de los gastos incurridos por atenciones médicas vinculadas a siniestros que, luego del diagnóstico de las comisiones médicas fueran desestimados.

Estas comisiones, vale remarcarlo, se financian con alícuotas provenientes de los ingresos de las propias ART, configurando un escenario donde las aseguradoras ofician de juez y parte. Si bien existen antecedentes en los que las ART han accionado por la vía judicial para lograr estos reintegros de parte de las Obras Sociales, su elevación al texto de la ley no sólo concede a la operatoria una suerte de cosa juzgada a priori sino que promueve abiertamente su reclamo.

El titular de Atenea destaca que “los perjudicados por la ley serán en primer lugar los trabajadores, ya que se les dilata el acceso a la justicia, pero también tienen que prestar atención las Obras Sociales sindicales, ya que se plantea que asuman costos que deberían corresponder a las aseguradoras, y los empleadores a los que no les bajan las alícuotas”.

Este artículo, sin dudas, traerá cola y se dirimirá en la mesa del Diálogo por la Producción y el Trabajo.

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