Sigue la discusión por los arrestos domiciliarios en la Provincia

Los defensores oficiales de la provincia de Buenos Aires pidieron se declare inadmisible el recurso presentado por un fiscal contra la orden de otorgar la prisión domiciliaria a los imputados de delitos leves que integren el grupo de riesgo de contagio de coronavirus, informó este domingo una fuente judicial.

El beneficio para este tipo de presos había sido dispuesto por la Sala I del Tribunal de Casación bonaerense, decisión que luego fue recurrida por el fiscal ante dicho cuerpo colegiado, Carlos Altuve, quien pidió que aclare qué es delito leve y qué es delito grave.

Según las fuentes, los defensores oficiales de los 18 Departamentos Judiciales bonaerenses presentaron en las últimas horas un escrito para que se declare inadmisible el recurso de Altuve, al tiempo que hicieron la reserva federal por considerar que están comprometidas las garantías constitucionales.

Para los defensores, el fallo de Casación que hizo lugar a un hábeas corpus masivo presentado por los defensores oficiales en favor de los detenidos de más de 65 años o con patologías que los incluyen en grupo de riesgo «no hace sino resolver una cuestión incidental en cada uno de los procesos relacionados al universo de personas privadas de su libertad alcanzadas por la misma».

En ese sentido, afirman que es incidental porque la resolución de los arrestos domiciliarios «se efectivizarán a través de sus jueces naturales».

Los defensores cuestionan la postura fiscal puesto que «después de pregonar que debían ser los jueces naturales de la instancia quienes decidieran cada caso concreto, deja de lado por completo a dicho argumento y le exige al Tribunal que delimite qué delitos deben ser considerados leves y cuáles graves».

«La postura es desconcertante», apuntan y expresan que la fiscalía no precisa cuál es el agravio que amerita el recurso extraordinario.

El 9 de abril último Casación ordenó «hacer lugar durante el período de vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio al arresto domiciliario de las personas detenidas por la comisión de delitos leves y que se encuentren en situación de riesgo por edad o por patologías preexistentes, sean mujeres embarazadas o madres con hijos menores alojados en las Unidades Penitenciarias, identificadas en los listados aportados por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio de Seguridad y las actualizaciones que se vayan agregando».

Con respecto a los detenidos o presos que se encuentren en situación de riesgo, pero imputadas o condenadas por la comisión de delitos graves «se evaluará la necesidad u oportunidad de disponer una medida de arresto domiciliario (en cuyo caso, y cuando corresponda, deberá deberá resguardarse la integridad psicofísica de la víctima), o bien, asegurando el aislamiento sanitario dentro de la Unidad Penitenciaria donde cada uno se encuentra alojado».

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