SADEM freno en la justicia al Grupo Clarín

   La Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso presentado por ARTEAR SA (canal 13 del grupo Clarín) contra el fallo de cámara a favor del SADEM en reclamo por incumplimientos de convenio colectivo de trabajo de televisión.

Este fallo dejó firme la sentencia de la SALA V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que resolvió revocar la sentencia favorable que ARTEAR SA (canal 13) tenía en primera instancia y condena a la empresa a cumplir con todas las obligaciones emanadas de la Ley 14.597 y el Convenio Colectivo de Trabajo 33/75, como así también reconoce al SADEM como el representante del músico en sede judicial y obliga al canal a hacerse responsable primario de las contrataciones que hacen las productoras a las que se asocian. La sentencia que este fallo revoca, desconocía todo derecho del músico como trabajador, y el convenio en especial, una sentencia que debilitó los controles de todo el sector de televisión, atento a que las demás empresas estaban expectantes de la resolución de este conflicto, mientras desconocían el convenio colectivo, desde productoras como INDALO al canal de TV del estado, que tomó esta resolución para discutir el derecho a pagarle a los músicos.

Recuperamos la plena vigencia del Convenio Colectivo, recuperamos los derechos de los músicos. Este sentencia nos permite también tener un buen antecedente para revitalizar el convenio colectivo de trabajo para los canales de cable, estancado desde hace mas de veinte años en el Ministerio de Trabajo por el planteo similar al que la sentencia desata. Ya es cosa juzgada, un importante paso para la recuperación de nuestros derechos.

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