Radetic y Biscardi tienen que subir videos de seguridad vial al instagram

  Se trata de una decisión inédita de la Justicia, producto de un juicio abreviado. Deberán cumplir la pena de un año de prisión en suspenso y dos años de inhabilitación especial para conducir. Además, les decomisaron las dos autos de lujo que participaron en la picada: un Porsche modelo Cayenne Turbo y una Pick Up marca Dodge RAM 1500.

Alejandro Radetic y Alejandro Biscardi, los dos hombres que corrieron picadas en la avenida 9 de julio a más de 200 kilómetros por hora, deberán subir a sus cuentas de la red social Instagram videos sobre seguridad vial, además de hacer trabajos comunitarios, en una inédita decisión de la Justicia que los condenó en un juicio abreviado.

Ambos hombres fueron condenados en un juicio abreviado al reconocer su culpabilidad por haber corrido picadas a 240 kilómetros por hora en plena avenida 9 de julio y otras zonas transitadas de la Ciudad de Buenos Aires en la madrugada del 23 de abril pasado.

La Justicia ratificó que deberán cumplir la pena de un año de prisión en suspenso y dos años de inhabilitación especial para conducir, mientras la Justicia les decomiso los vehículos que formaron parte de la picada, un Porsche modelo Cayenne Turbo, de color rojo, y una Pick Up marca Dodge RAM 1500, color negra

El fallo del juez Pablo Casas, en una decisión inédita para este tipo de casos, condenó a los infractores a «difundir una vez al mes, en su cuenta de la red social Instagram por la influencia que tiene en la misma, y la cantidad de seguidores, una campaña de seguridad vial, en imagen o video audio visual, que le será enviada mensualmente para tal fin».

Además no podrán volver a conducir por dos años, excepto por cuestiones laborales.

Ambos condenados  deberán realizar cincuenta horas de trabajos no remunerados en favor del Estado  y realizar un curso de «Reeducación Vial» que dicta el gobierno de la Ciudad.

El curso al tiene cuatro módulos de tres horas cada uno y cuenta en su currícula «una jornada junto con ONGs de familiares de víctimas de tránsito con el fin de trabajar la concientización» y “charlas y/o actividades puntuales de estas organizaciones».

«Entiendo que el programa de ese curso es el que más se ajusta a los fines de prevención de comisión de nuevos delitos, y al hecho imputado en este caso concreto», expresó el magistrado en los fundamentos de su sentencia.

La causa se originó a raíz de la viralización de un video en el que se ve a los dos condenados conduciendo a velocidades muy superiores a la máxima permitida  por la autopista Arturo Illia y las avenidas 9 de Julio, General Paz, Donado, Sarmiento, Santa Fe y Juan B. Justo.

Para resolver el juez tuvo en cuenta «las diversas maniobras riesgosas llevadas a cabo» por los imputados «a lo largo de todo el recorrido mientras duró la competencia (picada), que puso en una situación de peligro concreto a una gran cantidad de terceras personas que circulaban por la vía pública».

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