Procesaron a policía federal que ocultó datos relevantes de escuchas a la justicia en una investigación penal

La Cámara Nacional en lo Criminal procesó por falso testimonio e incumplimiento de sus deberes a un Policía Federal por haber asegurado, sin haberlas desgrabado, que las «escuchas» telefónicas ordenadas en una causa penal eran irrelevantes, ocultando así datos y evidencia.

Fuentes judiciales que mantuvieron en reserva la identidad de este sargento de la División Defraudaciones y Estafas, dijeron que la medida, que revocó un sobreseimiento ordenado en primera instancia, fue dictada sin prisión preventiva, pero con un embargo de 20.000 pesos sobre los bienes del procesado.

Las desgrabaciones habían sido dispuestas por la jueza de instrucción María Rita Acosta, como parte del trámite de sumario penal por ilícitos en el barrio porteño de La Boca.

El efectivo, a quien su jefe le había encomendado la tarea, «volcó en sucesivas declaraciones testimoniales que no se habían registrado conversaciones de interés que permitieran descubrir a los autores de la maniobra investigada», precisó la fuente.

Pero una vez recibido el material en la Fiscalía de Distrito del Barrio de La Boca, «el personal de la dependencia escuchó el contenido y advirtió la existencia de datos de relevancia para la investigación » que «fueran ocultados, omitidos o callados» en los informes presentados por el policía.

 
En las «escuchas» se registraban llamados de carácter extorsivo y surgía que quienes se comunicaban por teléfono mencionaban a individuos detenidos en unidades carcelarias. Del contenido de las «pinchaduras» surgían también domicilios, nombres y apodos de presuntos involucrados en los hechos ilícitos objeto de investigación.

La Sala VII de la Cámara recordó que la orden dada por la jueza «resultaba ser clara, en tanto se debía escuchar el contenido de la intervención telefónica dispuesta, desgrabar el material obtenido y remitir las actuaciones a la fiscalía de distrito».

Los camaristas Juan Cicciaro y Mauro Divito agregaron que el suboficial «al declarar bajo juramento de decir verdad en el marco de las actuaciones complementarias labradas en la División Defraudaciones y Estafas de la Policía Federal, afirmó falsamente circunstancias que discrepaban con los hechos por él sabidos».

El tribunal señaló que «no obstante haberse acreditado que las declaraciones falsas fueron producidas en seis oportunidades, se estima que deben ser consideradas, desde la perspectiva jurídico penal, como un único hecho», porque el caso reúne los requisitos del denominado «delito continuado».

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