Penitenciaros drogaron, violaron y filmaron a compañera: fiscal pidió 9 años

  La mujer denunció que le pusieron «burundanga» en el mate y empezó a sentirse mareada. Fue ahí cuando tres hombres la tiraron en un colchón y abusaron de ella sin preservativo.

Un fiscal pidió nueve años de prisión para tres agentes del Servicio Penitenciario Federal (SPF) por abuso sexual agravado y violencia de género contra una compañera de trabajo dentro de la cárcel de Ezeiza.

El pedido fue hecho por el titular de la Fiscalía General ante el Tribunal Oral Federal 2, Rodolfo Molina, quien consideró probado que los penitenciarios drogaron a una compañera que trabajaba en el sector Educación, la vejaron y la filmaron.

Molina acusó a los agentes Pedro Simón, César Eduardo García Barcos y Edgardo Santos Lazo de haber abusado sexualmente con acceso carnal, agravado por haberle causado un grave daño en su salud mental, a su compañera de trabajo en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza.

El fiscal consideró además el agravante por «haber sido cometido por dos o más personas y por personal de una fuerza de seguridad en ejercicio de sus funciones», mientras que solicitó la absolución para otros dos imputados porque no se encontraron pruebas en su contra.

Conforme fue relatado por la víctima, el hecho ocurrió el 24 de noviembre de 2008, en el Puesto de Control de Módulo II de la unidad carcelaria, cuando la mujer, que trabajaba en el sector de Educación, se dirigió al Puesto de control donde el encargado, Simón, le ofreció unos mates que contenían «alguna sustancia narcótica».

«Al poco tiempo la víctima empezó a sentirse mareada y mientras esto ocurría, Simón la hizo parar en la punta del mostrador del recinto, comenzó a interrogarla sobre su intimidad y sacó de entre sus ropas una cámara filmadora que luego guardó», según relató la página oficial de «fiscales.gov.ar».

En ese momento también ingresó al lugar el ayudante principal García Barcos y al poco tiempo lo hizo Santos Lazo, jefe del Módulo.

«Con la víctima fuera de si, los tres imputados le quitaron el pantalón, apostaron un colchón sobre el piso, la penetraron por vía vaginal, desprovistos de todo tipo de profilaxis y la golpearon en la zona del abdomen. Luego de ello, los imputados le exigieron que se dirigiese al baño del lugar, donde la obligaron a desvestirse. Allí, la forzaron a sentarse sobre las piernas de Simón mientras le introducían por la fuerza un vibrador dentro de su cavidad vaginal. Luego, García Barcos le abrió la camisa y, mientras le tiraba del pelo, filmó su cuerpo desnudo», señaló la página.

Los hechos terminaron cuando el personal penitenciario golpeó una puerta de metal, lo que llevó a los abusadores a asustarse y exigir a su víctima que se vistiese y se trasladase nuevamente a la tarima del Puesto de Control del Módulo.

La víctima, que trabajaba en el área de Educación de la unidad carcelaria desde 2003, volvió como pudo a su puesto de trabajo, asistida por un suboficial; se reunió con los internos, trabajaron en el aula y logró juntar sus cosas una vez terminado el horario de la clase.

A pesar de que el hecho ocurrió un lunes, la mujer acudió a trabajar toda la semana, y al llegar el sábado entró en crisis, sin querer entablar ningún tipo de contacto con nadie y sintiéndose al borde de la muerte, lo que la llevó a creer que sus agresores siguieron drogándola los demás días de la semana.

Tras acudir a la consulta de un médico particular, la víctima solicitó una licencia por enfermedad y elevó un sumario para formalizar su denuncia, pero se cree que el expediente interno fue «cajoneado».

El fiscal Molina solicitó que se condene a Simón, García Barcos y Santos Lazo a nueve años de prisión por ser coautores del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por haber causado un grave daño a la salud mental de la víctima, por la intervención de dos o más personas y por su condición de miembros de una fuerza de seguridad habiendo cometido el hecho en ocasión de sus funciones.

Por otra parte, solicitó la absolución de otros dos imputados, por entender que no se habían reunido los elementos necesarios para sostener la certeza apodíctica que debe existir en esta etapa del proceso.

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