Lomas de Zamora: Condenaron a 25 años de prisión los 7 ex policías que cometieron la Masacre de Wilde

Siete expolicías bonaerenses fueron condenados este lunes 25 años de prisión al ser hallados culpables de la denominada «Masacre de Wilde», el emblemático caso de «gatillo fácil» cometido en 1994 en esa localidad en el cual fueron asesinados cuatro hombres.

A más  28 años del hecho, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 3 de Lomas de Zamora condenó a los  ex comisarios Roberto Mantel y Eduardo Gómez, el  ex oficial Osvaldo Lorenzón, el ex subteniente Pablo Dudek, los ex oficiales Julio Gatto y Marcelo Valenga, y el ex cabo Marcos Rodríguez como coautores del delito de «homicidio simple reiterado y homicidio simple en grado de tentativa «.

Los magistrados dispusieron además que cuando el fallo quede firme los siete condenados sean detenidos. Mientras tanto, les fijó una serie de condiciones (no salir del país ni ausentarse de sus casas sin orden judicial, no acercarse a los familiares de las víctimas, y acudir cada 10 días a una sede judicial) que de no cumplirlas podría hacerse efectiva la detención.

Los jueces rechazaron todos los planteos de nulidades realizados por las defensas de los ex policías. Además, dispusieron que “por la importancia social e histórica de la causa” cuando quede firme el fallo se envíe el expediente al Archivo Nacional de la Memoria.

El fallo fue dado a conocer cerca de las 12.30 por el TOC 3 de Lomas de Zamora, integrado por los jueces Marcelo Hugo Dellature, Luis Miguel Gabián y Claudio Fernández, en la Sala de Audiencias más grande de los Tribunales de Lomas.

La denominada «Masacre de Wilde» ocurrió el 10 de enero de 1994, en dicha localidad del sur del conurbano bonaerense, donde fueron asesinados de varios disparos al ser confundidos con delincuentes Cicutin, Norberto Corbo, Enrique Bielsa y Claudio Mendoza, cuyos familiares se presentaron este mediodía en la puerta de los tribunales con carteles que decían: «Justa justicia es perpetua para todos».

Los acusados llegaron al juicio en libertad y escucharon desde el banquillo de los acusados las condenas en su contra.

Para todos ellos, la fiscal Viviana Simón y los abogados Ciro Annichiaricco y Gustavo Romano Duffau, en representación de las víctimas, habían requerido en sus alegatos prisión perpetua al considerar que entre los imputados existió un «acuerdo previo para matar entre todos», ya que la prueba demuestra que «se organizaron con medios, vehículos, armas de fuego y cantidad de participantes para consumar la muerte y ejecutar a las víctimas», a las que emboscaron en la zona de Wilde.

El  “concurso premeditado de dos o más personas” era el único agravante al homicidio que existía cuando ocurrieron los hechos. Los jueces consideraron que en el juicio no quedó demostrado la existencia de ese agravante por eso calificaron lo ocurrido como “homicidio simple”

Las defensas de todos los acusados, en tanto. pidieron la absolución de los siete expolicías.

La «Masacre de Wilde» ocurrió el 10 de enero de 1994 y tuvo como víctimas al remisero Corbo y a sus pasajeros, Mendoza y Bielsa, quienes viajaban a bordo de un Peugeot 505, y al vendedor de libros Cicutin, que se trasladaba en un Dodge 1500, conducido por Claudio Díaz, el único que sobrevivió al ataque.

Los cinco fueron atacados a tiros por efectivos de la Brigada de Investigaciones de Lanús que al parecer los confundieron con delincuentes y les dispararon cerca de 200 veces.

De acuerdo a los peritajes, los vehículos involucrados y las víctimas recibieron unos 200 impactos de bala calibre 9 milímetros disparados con pistolas y al menos un subfusil Uzi.

En principio, los policías que intervinieron en el hecho fueron detenidos, aunque la Cámara de Apelaciones y Garantías los sobreseyó y liberó.

Además de quienes fueron juzgados, estaban imputados el comisario César Córdoba, Carlos Saladino y Hugo Reyes, (ya fallecidos), todos integrantes de la brigada cuyo subjefe era el entonces comisario y actual abogado Juan José Ribelli, procesado y luego absuelto por el atentado a la AMIA y quien no estaba en el país cuando ocurrió el hecho y el ex subteniente Marciano González, que quedó fuera del proceso por incapacidad mental, luego de sufrir un accidente cerebrovascular (ACV).

Tras apelaciones de familiares de las víctimas, en 2003 y en 2007 volvieron a ser sobreseídos por la misma medida.

No obstante, la causa siguió su curso hasta la Suprema Corte de Justicia bonaerense, que en 2013 ordenó reabrir el expediente y anular los sobreseimientos.

Tras el fallo del TOC 3 de Lomas de Zamora será la Casación Penal bonaerense la que debe avalar o modificar la resolución de este lunes. En el primer caso, se debería hacer efectiva la prisión a los ex policías.

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