Galeno ART denunciada por incumplimientos

GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. – EL
INCUMPLIMIENTO SISTEMÁTICO Y MASIVO COMO REGLA – SUS BANCOS Y EL
PODER JUDICIAL COMO SUS MEJORES ALIADOS.

Por medio de la presente, queremos dejar constancia que GALENO ASEGURADORA DE
RIESGOS DEL TRABAJO SA -en adelante GALENO ART- utiliza como mecanismo y regla
principal el INCUMPLIMIENTO de sus obligaciones; ya sean por sentencia o acuerdo judicial,
como también en los acuerdos suscriptos extrajudicialmente.

Centrarnos únicamente sobre el comportamiento de esta aseguradora, sería cuanto menos una
postura egoísta y aniñada, ya que su vil y ruin obrar, no podría lograr su cometido sin la
connivencia de sus principales aliados. LOS BANCOS Y EL MISMO PODER JUDICIAL (este
último posee honrosas excepciones).

Como dijéramos, GALENO ART SA, no cumple con sentencias recaídas en su contra, ni con
acuerdos transaccionales sean judiciales o extrajudiciales, solicitando prórrogas a los plazos en
las que se ve obligada o en muchos casos a los por esta convenidos, que en muchos casos son
otorgadas en la justicia (recordemos que los plazos de pago, son perentorios e improrrogables),
que ni así cumple.

Los Bancos con los que opera, incumplen las medidas cautelares o de ejecución ordenadas por
los jueces incurriendo en el delito de desobediencia. Los magistrados, no solo no imponen
sanciones ante el incumplimiento en si mismo, sino que tampoco castigan a quienes no cumplen
con sus órdenes; fijando, en algunos casos, luego de sendas peticiones e intimaciones de pago
incumplidas, astreintes que no superan los $ 1500 o $ 2000 diarios (valores irrisorios), luego de
que los trabajadores y sus letrados, en ocasiones, tengan que reiterar dichas órdenes dadas por los
Jueces hasta 3 o 5 veces; dilatando aún más el cumplimiento de las obligaciones en plazos que
desgraciadamente no suelen ser menores a tres (3) o cinco (5) meses (ya que cada oficio a
confronte por Secretaría y su diligenciamiento duran aproximadamente un mes). Ello, siempre y
cuando, el personal de la entidad bancaria no se niegue a recibir la diligencia o la reciba y no la
cumpla.

No puede dejar de observarse, que los trabajadores siniestrados, sujetos de preferente tutela
constitucional, deben recurrir a instancia judicial o formular acuerdos transaccionales porque el
sistema que establece la propia ley de riesgos del trabajo (más allá que la CORTE SUPREMA
DE LA NACIÓN – que actúa como garante de este sistema perverso -, sostenga su
constitucionalidad), es obsoleto, retrógrado y violatorio de garantías constitucionales que dicha
Corte, había declarado inconstitucional años atrás.

Reiteramos GALENO ART S.A., opera y la dejan operar de esta forma sistemática e ilícita desde
hace más de dos o tres años, evidentemente, con un único objeto. EL INCUMPLIMIENTO
COMO REGLA Y EJE DE SU NEGOCIO FINANCIERO a costa de la salud de los trabajadores
fallecidos, enfermos y accidentados.

Desde la Asociación Abogados del Fuero, manifestamos el total repudio contra el accionar de
esta aseguradora y sus secuaces, poniéndonos a disposición de los trabajadores, nuestros
asociados y letrados en general, a efectos de acompañarlos y analizar, si en definitiva, el
comportamiento de GALENO ART SA y sus cómplices, no estarían frente a la comisión de un
delito y/o del concurso de varios de estos. Incluyendo pero sin limitarse a formular denuncias ante
el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal contra aquellos
letrados que representan a la ART que firman acuerdos a sabiendas que los van a incumplir.

Comisión de Riesgos del Trabajo
Asociación Abogados del Fuero

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