Establecen cupo laboral para condenados

La Cámara de Diputados bonaerense aprobó sancionó hoy las leyes que obligan a la administración pública a reservar un cupo laboral para la reinserción de las personas que hayan estado detenidas y recuperen la libertad y amplió las Salas del Tribunal de Casación.

Una de las normas establece que el Estado, sus empresas y organismos descentralizados están obligados a ocupar a liberados que hayan cumplido sus penas y que tengan domicilio o residencia en la provincia.

Para ello, el Estado deberá reservar no menos del 2% de los cargos de la totalidad de su personal y otorgar prioridad a los detenidos que hayan sido sobreseidos o absueltos.

Además, la norma invita a los municipios de la provincia de Buenos Aires a adoptar la misma posibilidad para los liberados y otorga beneficios impositivos a las empresas privadas que los empleen.

Las empresas que contraten a tutelados o liberados tendrán también beneficios impositivos en los casos que contraten a liberados.

Diputados sancionó, también, la ley que amplía y descentraliza las Salas del Tribunal de Casación bonaerense de forma tal que no funcione sólo en La Plata.

La norma establece que la presidencia seguirá funcionando en La Plata y que las cinco Salas de la capital provincial tendrán competencia en los departamentos judiciales de La Matanza, La Plata, Lomas de Zamora y Quilmes.

En tanto, prevé la instalación de dos salas en San Martín con competencia en los Departamentos de San Isidro, San Martín, San Nicolás, Morón y Zarate Campana; dos en Mercedes, con competencia en Junín, Mercedes, Pergamino y Trenque Lauquen y dos en Mar del Plata, con competencia en los Departamentos Judiciales de Azul, Bahía Blanca, Dolores, Mar del Plata y Necochea.

En la sesión, Diputados introdujo, además, reformas al Código de Ejecución Penal para adaptarlo al denominado fallo «Verbitsky» emitido por la Corte Suprema de la Nación en el 2005.

Dicho fallo advirtió sobre la necesidad de adecuar su legislación de ejecución penal y penitenciaria a los estándares fijados por las Reglas Mínimas para el Tratamiento de Reclusos de las Naciones Unidas receptadas por la ley nacional 24.660.

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