El Banco Central habilita a comercios a comprar y vender divisas

  La nueva normativa entrará en vigencia a partir del 1° de marzo. Supermercados, hoteles y casas de electrodomésticos podrán realizar este tipo de operaciones.

Un individuo, un supermercado, una cadena de electrodomésticos, un hotel o cualquier otro comercio podrá adicionar la operación con monedas extranjeras a su actividad principal, a partir del 1ro de marzo próximo, informó el Banco Central.

La iniciativa tiene un doble objetivo declarado: facilitar el acceso al cambio, en particular al turismo, y combatir las cuevas que operan en el mercado minorista. Pero también podría ayudar a reducir el spread que existe hoy en el mercado entre las puntas compradora y vendedora.

Para el caso del dólar, esa brecha está hoy en torno de los 50 centavos. Las personas que deseen ser «cambistas» deberán constituir una Sociedad Anónima Unipersonal (SAU) o una Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS).

Al igual que para las agencias de cambio, comercios e individuos no requerirán de un capital mínimo para operar. Queda por saber de qué manera quedará registrada cada operación que hagan estos nuevos actores. Si será mediante una terminal, una app móvil u otro mecanismo.

La decisión de desregular de esta forma el mercado cambiario fue tomada ayer por el directorio del Banco Central, mediante la sanción de un nuevo marco normativo para la actividad cambiaria, con el objeto de «brindar mayor competencia y transparencia a ese mercado mediante la incorporación de nuevos y diversos oferentes, a la vez que simplificar toda la tramitación respectiva».

En el marco de la reglamentación del reciente Decreto 27/18, el Banco Central dispuso que las empresas de cualquier sector que operen de manera habitual en el Mercado Libre de Cambios podrán funcionar como agencia de cambios con el único requisito de inscribirse en el «Registro de operadores de cambio».

El Banco Central explicó que, a través de un proceso de desregulación del mercado cambiario, iniciado en diciembre de 2015 mediante la unificación cambiaria y la eliminación de las restricciones, continúa trabajando para incrementar la oferta cambiaria de manera simple, legal y transparente, quitando incentivos para el funcionamiento de actividades marginales.

El «Registro de operadores de cambio» funcionará online, será de libre acceso y estará disponible en la web del BCRA. Una vez cumplido el trámite de inscripción, las nuevas agencias de cambio quedarán habilitadas para comenzar a operar de inmediato.

Las entidades cambiarias que operan en la actualidad serán incorporadas al Registro de manera automática. Mediante este mecanismo también podrán inscribirse casas de cambio, que se distinguen de las anteriores por tener a la operación cambiaria como objeto exclusivo de actividad y por requerir un capital mínimo de $5 millones.

Las casas de cambio incorporan la posibilidad de realizar operaciones de comercio exterior y transferencias internacionales, lo que les permitirá competir con entidades bancarias que ofrecen esos servicios a las empresas.

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