Córdoba:Declararon inconstitucional la guía para el aborto no punible

bebé-no-al-abortoLa medida llevaba más de un año suspendida. Ahora una Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial se apartó de los lineamientos de la Corte Suprema y consideró que deben prevalecer los derechos del niño por nacer.

El 13 de abril de 2012, el Juez Federico Ossola hizo lugar a una medida cautelar y suspendió la aplicación de la guía de abortos no punibles elaborada por el Ministerio de Salud de Córdoba, que permitía asistir a las mujeres que había quedado embarazadas por una violación.

Ahora la noticia es que, por unanimidad, la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial declaró inconstitucional la aplicación del aborto no punible en la provincia.

Los camaristas Guillermo Barrera Buteler, Julio Fontaine y Beatriz Mansilla de Mosquera se apartaron del criterio de la Corte Suprema y consideraron que, pese al modo en que se produjo el embarazo, deben prevalecer los derechos del niño en gestación.

La Cámara consideró que la guía contradice la ley provincial N° 6.222 sobre Salud Pública y no respeta los artículos 4, 19 inc. 1° y 59 de la Constitución de Córdoba, de «respetar y proteger la vida de los niños por nacer«.

Desde la suspensión dictada por Ossola, el procedimiento se concreta en hospitales dependiente de la Universidad Nacional de Córdoba: el Clínicas y la Maternidad, porque se rigen por procedimiento nacional.

La aplicación de ese protocolo había permitido hace un año a dos niñas que sufrieron violación, una de las cuales padecía además una discapacidad mental, interrumpir sus embarazos al inicio de la gestión.

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