APIABA se Expresa Categóricamente sobre el nuevo régimen penal juvenil. Se pide la suspensión inmediata.

Comunicado Institucional:

La Asamblea por las Infancias y Adolescencias de Buenos Aires, de cara a la inminente aplicación de del Régimen Penal Juvenil (Ley 27.801), se expresa una vez en contra de su implementación y urge a qué la misma se suspenda por 180 días a partir de las cero horas del día 06/09/2026. Ello con motivo de los siguientes fundamentos, que son carencias no resueltas por los gobiernos nacional ni provinciales, a saber.

1. La adecuación de los Códigos Procesales del Fuero Penal de las provincias, lo que sin dudas resulta un avance indebido, sobre las facultades privativas de cada una de ellas.

2. La figura del “Supervisor” contenida en la norma, no cuenta hasta aquí con una posible puesta en valor inmediata.

3. Al no establecer una debida mensuración de las penas, deja librado a la mirada judicial el margen de las mismas, sin tener en cuenta ni el tratamiento de las penas en grado de tentativa, ni de culpabilidad atenuada o disminuida.

4. Se violenta directa o indirectamente el principio de especialidad y severamente el principio de no regresividad, plasmado en nuestro corpus iuris.

5. En igual sentido, si bien contempla medidas alternativas a la privación de libertad, se observa un sesgo claramente punitivista, cuando claramente debería primar como última ratio.

6. Se vuelve a un modelo tutelarista, alejado del sistema acusatorio.

7. Queda indefinido el vacío u omisión de la prohibición de alojamiento en comisarías, y por ende dicho vacío, abre las puertas de procedimientos irregulares.

8. En igual sentido, no se tiene en cuenta la debida garantía de revisión periódica de las penas privativas de la libertad, a tiempo que al fijar el tope (como ya hemos comentado), se fundan las revisiones de penas superiores al tope fijado por la ley en términos sancionatorios.

9. Es sabido que en general, el sistema carcelario no se adecua a los estándares de exigibilidad de condiciones dignas de encierro, con el agravante de que muchas jurisdicciones carecen de espacios o dispositivos adecuados a la vida carcelaria o de centros cerrados especializados, para personas menores de edad.

10. Se ha omitido además, el imperio de las prácticas y de la propia justicia restaurativa, que habilita para delitos de menor cuantía, la asunción de responsabilidad por parte del ofensor del daño producido a la víctima, impidiendo el avance de los procesos orientados a la mediación, quedando supeditada a delitos con pena máxima de 6 años.

En síntesis, y para no abundar cerramos este comunicado diciendo, la presente ley es un claro retroceso que afecta los estándares internacionales recogidos por nuestra Constitución Nacional y qué, por ende, será sin dudas cuestionada por diversos recursos de inconstitucionalidad.

Cuando los problemas de violencias, abusos y suicidios en adolescentes y jóvenes constituyen temas de especial prioridad para abordar su prevención la agenda política punitivista y represiva solo habla del código penal y de como castigar en vez de cuidar.

Por todo ello

Exigimos la suspensión inmediata de la ley 27.801

APIABA Asamblea por las Infancias y Adolescencias de Buenos Aires.

Compuesta por numerosas organizaciones especializadas en infancia, entre las que se encuentran la

Asamblea Permanente por los derechos Humanos (APDH). Abogados por los pibes, el Foro de organizaciones de Salud Mental. CASACIDN (Comité Argentino de seguimiento de la Convención de los Derechos del Niño), ACUERPAR Infancias, El Hormiguero, integrantes del Forum Infancias, La Casona de los Barriletes, Hogares en Red, ATE NIÑEZ, RONAT, Red de Organizaciones de la niñez en territorios entre otras.

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