Dos juzgados nacionales del trabajo fallaron a favor de los trabajadores y dispusieron la reincorporación de Alejandro Martínez y Maximiliano Montero, al considerar ilegales los despidos por violar la libertad sindical.
La justicia laboral dictaminó la reincorporación de dos de los cinco trabajadores despedidos por la empresa Georgalos. Los juzgados nacionales del trabajo N°77 y N°46 resolvieron que las cesantías fueron ilegales y ordenaron la vuelta de Alejandro Martínez y Maximiliano Montero a sus puestos.
En ambos fallos se sostiene que los despidos atentaron contra la libertad sindical y los derechos establecidos en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional. El juez Mariano Candal señaló que la decisión empresarial estuvo vinculada a la participación de los trabajadores en medidas de fuerza, lo que constituye un derecho fundamental protegido por la ley.
Por su parte, la jueza Elvira Rosón remarcó que las desvinculaciones se produjeron en medio de un conflicto gremial con intervención del Ministerio de Trabajo y conciliación obligatoria. En su resolución, citó jurisprudencia de la Corte Suprema que obliga a adoptar una interpretación amplia de los derechos sindicales y contra la discriminación.
Además, la justicia dispuso notificar a la Junta Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Industria de la Alimentación (STIA), que celebrará elecciones el 26 de septiembre, para garantizar que los empleados reincorporados puedan ejercer plenamente sus derechos sindicales.



