{"id":95216,"date":"2020-04-27T10:39:12","date_gmt":"2020-04-27T13:39:12","guid":{"rendered":"http:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/?p=95216"},"modified":"2020-04-27T10:40:14","modified_gmt":"2020-04-27T13:40:14","slug":"teletrabajo-la-ajb-firma-el-convenio-para-empleadxs-y-funcionarixs","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/teletrabajo-la-ajb-firma-el-convenio-para-empleadxs-y-funcionarixs\/","title":{"rendered":"TELETRABAJO &#8211; La AJB firma el convenio para empleadxs y funcionarixs"},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"600\" height=\"271\" src=\"http:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2020\/04\/firmaB.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-95217\" srcset=\"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2020\/04\/firmaB.jpg 600w, https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2020\/04\/firmaB-300x136.jpg 300w, https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2020\/04\/firmaB-500x226.jpg 500w\" sizes=\"auto, (max-width: 600px) 100vw, 600px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El sindicato suscribi\u00f3 ayer un acuerdo paritario con la Suprema Corte para regular el trabajo en domicilio en el contexto de emergencia sanitaria. Se trata del primer acuerdo regulatorio de esta modalidad laboral en el sistema judicial.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La firma de este acuerdo reviste un logro trascendente para las y los trabajadores judiciales&nbsp; en tanto impone l\u00edmites claros ante los m\u00faltiples abusos que suelen verificarse en esta modalidad de trabajo, y establece mecanismos para resolver las situaciones de conflicto en un \u00e1mbito paritario. La AJB es el primer sindicato judicial que logra regular en el marco de una negociaci\u00f3n colectiva las condiciones en que este trabajo debe ser desarrollado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Este acuerdo se firma en el marco de la situaci\u00f3n particular de emergencia sanitaria desatada por la pandemia del COVID-19, con la finalidad de resguardar la salud de las y los trabajadores judiciales y la sociedad en su conjunto al limitar la concurrencia a los lugares de trabajo. Por esto la regulaci\u00f3n establece el car\u00e1cter excepcional de la incorporaci\u00f3n del teletrabajo en el Poder Judicial, por un plazo limitado al contexto de la emergencia, a la vez que se sostiene la exigencia a la Suprema Corte de mantener el asueto con suspensi\u00f3n de t\u00e9rminos en el Poder Judicial. El acuerdo alcanzado no modifica las resoluciones vigentes sobre las limitaciones al trabajo presencial.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El acuerdo alcanza a la totalidad del \u00e1mbito de representaci\u00f3n de la AJB, compuesta por las y los empleados y funcionarios hasta el cargo de Secretario de cualquier nivel, que no requiera acuerdo del Senado (art. 1 Estatuto AJB, conforme Personer\u00eda Gremial 1446\/85 Resol. 996\/08 MTEySS). Ante la publicaci\u00f3n de la firma de otro convenio entre la Suprema Corte con el sector de magistrados, la AJB recuerda que es la \u00fanica organizaci\u00f3n sindical con capacidad legal para acordar condiciones laborales en el Poder Judicial provincial, por lo que el acuerdo paritario firmado por el sindicato es el \u00fanico v\u00e1lido para regular las condiciones en que desarrollen el teletrabajo las y los empleados y funcionarios judiciales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Cualquier violaci\u00f3n a los derechos consagrados en el convenio suscripto por la AJB debe ser comunicada al sindicato para poder realizar las denuncias correspondientes. Tambi\u00e9n la AJB ha abierto una v\u00eda de comunicaci\u00f3n para informar problemas en la implementaci\u00f3n del teletrabajo, a trav\u00e9s de la casilla de correo teletrabajo1.ajb@gmail.com<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La regulaci\u00f3n consagra el car\u00e1cter voluntario y revocable de esta modalidad laboral, por lo que s\u00f3lo quienes cuenten con las condiciones adecuadas&nbsp; en su domicilio y grupo familiar podr\u00e1n manifestar expresamente su voluntad&nbsp; de incorporarse al sistema mediante la solicitud de la credencial de acceso al teletrabajo (CAT).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Al respecto, Pablo Abramovich, se\u00f1al\u00f3 que \u201cEl teletrabajo es una opci\u00f3n y no una obligaci\u00f3n y tenemos que hacer valer este derecho. Esto es muy importante porque no todos y todas est\u00e1n en condiciones de realizarlo: quienes est\u00e1n al cuidado de otras personas, no poseen equipamiento adecuado o viven zonas con problemas de conexi\u00f3n a internet,&nbsp; o quienes comparten el uso de una \u00fanica computadora con el resto del grupo familiar no cuentan con posibilidades reales de desarrollar trabajo a distancia\u201d. Agregando que \u201cDesde el sindicato le recomendamos a nuestros compa\u00f1eros y compa\u00f1eras que si no tienen las condiciones para poder desarrollar la tarea, no realicen la solicitud de la credencial.\u201d<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Otro aspecto a resaltar es que el acuerdo establece taxativamente que la jornada del teletrabajo debe corresponderse con la jornada laboral habitual de los y las empleados y funcionarios judiciales, de lunes a viernes entre las 8 y 14 horas. Esto tiene una importancia trascendental, ya que una de las cr\u00edticas m\u00e1s frecuentes al teletrabajo es que diluye los l\u00edmites entre la jornada laboral y la vida social y familiar e implica, en la mayor\u00eda de los casos, m\u00e1s horas a disposici\u00f3n a partir de los requerimientos laborales que se multiplican en cualquier d\u00eda y horario.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para garantizar el respeto de la jornada limitada, el convenio prev\u00e9 que los problemas de conexi\u00f3n o errores del sistema no pueden imputarse al personal, por lo que el tiempo perdido se considerar\u00e1 tiempo de trabajo, sin posibilidad de compensaci\u00f3n. Asimismo, para mejorar el control la regulaci\u00f3n habilita a la AJB a acceder a la n\u00f3mina de personal involucrado, as\u00ed como los d\u00edas y horarios en que se produce la conexi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Entre otras cuestiones, el acuerdo proh\u00edbe la remisi\u00f3n de expedientes al domicilio de las y los empleados y funcionarios, porque implica una responsabilidad que no deber\u00eda recaer sobre empleados y funcionarios, y para evitar posibles contagios a trav\u00e9s del papel.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Atento que el acuerdo alcanzado abarca exclusivamente el \u00e1mbito de Administraci\u00f3n de Justicia, la AJB se encuentra reclamando la constituci\u00f3n de un \u00e1mbito paritario para regular el teletrabajo en el Ministerio P\u00fablico.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong><a href=\"http:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2020\/04\/Convenio-SCBA-AJB-Teletrabajo.pdf\">Se adjunta el acuerdo en PDF<\/a><\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El sindicato suscribi\u00f3 ayer un acuerdo paritario con la Suprema Corte para regular el trabajo en domicilio en el contexto de emergencia sanitaria. 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