{"id":71226,"date":"2017-08-16T13:07:46","date_gmt":"2017-08-16T16:07:46","guid":{"rendered":"http:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/?p=71226"},"modified":"2017-08-16T13:07:46","modified_gmt":"2017-08-16T16:07:46","slug":"monotributo-como-son-los-nuevos-tramites-obligatorios","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/monotributo-como-son-los-nuevos-tramites-obligatorios\/","title":{"rendered":"Monotributo: c\u00f3mo son los nuevos tr\u00e1mites obligatorios"},"content":{"rendered":"<p class=\"bajada\"><em><a href=\"http:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2017\/06\/Monotributistas-AFIP-web.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-medium wp-image-68556\" src=\"http:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2017\/06\/Monotributistas-AFIP-web-300x169.jpg\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"169\" srcset=\"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2017\/06\/Monotributistas-AFIP-web-300x169.jpg 300w, https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2017\/06\/Monotributistas-AFIP-web-500x281.jpg 500w, https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2017\/06\/Monotributistas-AFIP-web.jpg 640w\" sizes=\"auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a>Desde septiembre, la AFIP recategorizar\u00e1 de oficio a contribuyentes.<\/em><\/p>\n<p class=\"primero\">El mes pr\u00f3ximo, la AFIP pondr\u00e1 en marcha el mecanismo de recategorizaci\u00f3n de oficio de monotributistas. De esta manera, cuando el organismo detecte inconsistencias, dispondr\u00e1 el cambio de escal\u00f3n dentro de la tabla del sistema. Esto ocurrir\u00e1 una vez que haya vencido el per\u00edodo durante el cual ser\u00e1 obligatorio para los contribuyentes cambiar o confirmar su categor\u00eda. Hasta ahora, el Estado estaba habilitado s\u00f3lo a expulsar del monotributo (y enviar al r\u00e9gimen de aut\u00f3nomos) a los contribuyentes cuyos datos indicaran que ten\u00eda ingresos por un monto superior a la facturaci\u00f3n tope.<\/p>\n<p>Seg\u00fan lo previsto, la AFIP observar\u00e1 las acreditaciones bancarias, las compras de bienes y los gastos personales. Si los montos anuales superan el tope de facturaci\u00f3n de la categor\u00eda en la cual se ubic\u00f3 la persona (y no hay otros ingresos que lo expliquen), la AFIP actuar\u00e1 seg\u00fan los siguientes criterios: al monto de gastos o de acreditaciones bancarias se le sumar\u00e1 un 20% o un 30% (seg\u00fan se trate de actividades de servicios o de venta de cosas), para ubicar al monotributista en la categor\u00eda que corresponda seg\u00fan el resultado de esa cuenta. El contribuyente tendr\u00e1 15 d\u00edas para presentar un descargo.<\/p>\n<p>Desde este a\u00f1o, en uno de los tres per\u00edodos fijados para la recategorizaci\u00f3n, todos los contribuyentes deben cumplir con un tr\u00e1mite, aun cuando no hayan tenido modificaciones que los lleven a cambiar de categor\u00eda (en tal caso deber\u00e1n hacer una ratificaci\u00f3n).<\/p>\n<p>Los meses en los cuales se hace la recategorizaci\u00f3n son enero, mayo y septiembre de cada a\u00f1o. En el primero y en el quinto mes, solamente deben hacer el tr\u00e1mite quienes tengan que cambiar de categor\u00eda. En cambio, en el noveno mes ser\u00e1 obligatorio ingresar a la opci\u00f3n llamada \u00abMi categor\u00eda\u00bb, en la p\u00e1gina de la AFIP, aunque sea s\u00f3lo para confirmar la ubicaci\u00f3n.<\/p>\n<h2>Los plazos para el tr\u00e1mite<\/h2>\n<p>Para este a\u00f1o, el organismo conducido por Alberto Abad dispuso un desdoblamiento de fechas. As\u00ed, del 1\u00b0 al 20 de septiembre deber\u00e1n hacer el tr\u00e1mite quienes deban recategorizarse. Y, en caso de tener que ratificar su estado, s\u00f3lo deber\u00e1n ingresar en esa fecha quienes est\u00e9n en las letras F a K. La confirmaci\u00f3n de la categor\u00eda para los ubicados en otros tramos de la tabla deber\u00e1 hacerse en los siguientes per\u00edodos: categor\u00edas D y E, del 1\u00b0 al 20 de octubre; B y C, del 1\u00b0 al 20 de noviembre, y A, del 1\u00b0 al 20 de diciembre.<\/p>\n<p>El d\u00eda 15 de este mes, el organismo pondr\u00e1 a disposici\u00f3n de los contribuyentes una opci\u00f3n en la web, llamada \u00abMis Desv\u00edos\u00bb. All\u00ed, seg\u00fan se anunci\u00f3, se le avisar\u00e1 a cada monotributista si tiene cuestiones pendientes de resolver, y si se le han encontrado inconsistencias entre la facturaci\u00f3n declarada y su nivel de gastos (esto \u00faltimo, en el caso de los llamados monotributistas puros, es decir, los que no tienen otros ingresos declarados).<\/p>\n<p>Por ejemplo, se les podr\u00eda marcar la necesidad de actualizar la actividad econ\u00f3mica declarada, o la de habilitar puntos de venta y pedir la autorizaci\u00f3n para la emisi\u00f3n de facturas. Tambi\u00e9n se le indicar\u00e1 que debe adherir, si a\u00fan no lo hizo, al domicilio fiscal electr\u00f3nico, ya que todos los monotributistas deber\u00e1n haber habilitado su ventanilla electr\u00f3nica (en la que la AFIP podr\u00e1 dejarle notificaciones) antes del 1\u00b0 de octubre. Una vez hecha esta adhesi\u00f3n, se debe estar atento a los mensajes que puedan aparecer en la opci\u00f3n \u00abe.ventanilla\u00bb, ya que el organismo los considera le\u00eddos cada martes y viernes posteriores al env\u00edo (aunque no hayan sido abiertos).<\/p>\n<p>A la recategorizaci\u00f3n de oficio la har\u00e1 la AFIP en forma mensual y cada vez que encuentre inconsistencias. La primera ser\u00e1 a partir del 21 de septiembre pr\u00f3ximo.<\/p>\n<p>Otra de las obligaciones por llegar es la de hacer los pagos del aporte mensual utilizando alg\u00fan medio electr\u00f3nico. Las categor\u00edas m\u00e1s altas de la escala ya est\u00e1n alcanzadas por esa exigencia, y desde el mes de noviembre se sumar\u00e1n quienes est\u00e1n en las letras A, B y C de la tabla.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Desde septiembre, la AFIP recategorizar\u00e1 de oficio a contribuyentes. El mes pr\u00f3ximo, la AFIP pondr\u00e1 en marcha el mecanismo de recategorizaci\u00f3n de oficio de monotributistas. De esta manera, cuando el organismo detecte inconsistencias, dispondr\u00e1 el cambio de escal\u00f3n dentro de la tabla del sistema. 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