{"id":66698,"date":"2017-03-31T21:22:43","date_gmt":"2017-04-01T00:22:43","guid":{"rendered":"http:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/?p=66698"},"modified":"2017-03-31T21:22:43","modified_gmt":"2017-04-01T00:22:43","slug":"cidh-condena-decisiones-del-tribunal-supremo-de-justicia-y-la-alteracion-del-orden-constitucional-y-democratico-en-venezuela","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/cidh-condena-decisiones-del-tribunal-supremo-de-justicia-y-la-alteracion-del-orden-constitucional-y-democratico-en-venezuela\/","title":{"rendered":"CIDH condena decisiones del Tribunal Supremo de Justicia y la alteraci\u00f3n del orden constitucional y democr\u00e1tico en Venezuela"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"http:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2017\/03\/CIDH.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-medium wp-image-66483\" src=\"http:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2017\/03\/CIDH-300x180.jpg\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"180\" srcset=\"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2017\/03\/CIDH-300x180.jpg 300w, https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2017\/03\/CIDH-768x461.jpg 768w, https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2017\/03\/CIDH-500x300.jpg 500w, https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2017\/03\/CIDH.jpg 1000w\" sizes=\"auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a>Washington, DC \u2013 La Comisi\u00f3n Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena las decisiones adoptadas por el Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela. Estas nuevas decisiones constituyen una usurpaci\u00f3n de las funciones del Poder Legislativo por parte de los Poderes Judicial y Ejecutivo, as\u00ed como una anulaci\u00f3n de facto del voto popular mediante el cual fueron elegidos los diputados de la Asamblea Nacional.<\/p>\n<p>El 28 y 29 de marzo de 2017 la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) emiti\u00f3 dos decisiones a trav\u00e9s de las cuales levanta las inmunidades parlamentarias a los diputados de la Asamblea Nacional, establece que sus actos constituyen traici\u00f3n a la patria, otorga al Poder Ejecutivo ampl\u00edsimos poderes discrecionales, y, por otra parte, arrog\u00e1ndose las competencias del Poder Legislativo, decidi\u00f3 que dichas competencias ser\u00e1n ejercidas directamente por la Sala Constitucional o por el \u00f3rgano que dicha sala disponga. Adem\u00e1s establecen otras afectaciones al funcionamiento de un Poder Legislativo independiente en Venezuela.<\/p>\n<p>La Comisi\u00f3n condena categ\u00f3ricamente esta grave injerencia del Poder Judicial en la Asamblea Nacional y urge al Estado venezolano a restablecer la independencia y separaci\u00f3n de poderes del Estado. La CIDH expresa su absoluta preocupaci\u00f3n ante decisiones mediante las cuales el Tribunal Supremo de Justicia ha asumido funciones y decisiones sobre asuntos pol\u00edticos y legislativos que son ajenos a la funci\u00f3n judicial, afectando el rol de la Asamblea Nacional y su representaci\u00f3n popular. Estas dos decisiones presentan un riesgo para la vigencia de los derechos humanos y de principios democr\u00e1ticos b\u00e1sicos, por la concentraci\u00f3n de poder en el Ejecutivo y el Judicial y la vulneraci\u00f3n del principio de separaci\u00f3n de poderes en un sistema democr\u00e1tico. Anteriormente, en septiembre de 2016, la CIDH hab\u00eda condenado la decisi\u00f3n del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela mediante la cual dicho tribunal declar\u00f3 nulas y carentes de vigencia y eficacia jur\u00eddica todas las decisiones de la Asamblea Nacional, a la cual declar\u00f3 en desacato.<\/p>\n<p>La Comisi\u00f3n Interamericana condena el uso del derecho penal -del delito tipificado como traici\u00f3n a la patria-, como un medio para silenciar, intimidar y criminalizar la cr\u00edtica al Gobierno realizada por los diputados de la Asamblea Nacional.<\/p>\n<p>Adicionalmente, la Comisi\u00f3n observa que la primera decisi\u00f3n del Tribunal Supremo de Justicia dota al Presidente de la Rep\u00fablica de poderes discrecionales, que trav\u00e9s de un lenguaje amplio y ambiguo permite la adopci\u00f3n de medidas de toda \u00edndole. Esta situaci\u00f3n tiene la potencialidad de generar limitaciones a los derechos humanos.<\/p>\n<p>La CIDH ha establecido reiteradamente que existe una relaci\u00f3n directa entre el ejercicio de los derechos pol\u00edticos y el concepto de democracia como forma de organizaci\u00f3n del Estado. La Comisi\u00f3n le ha expresado y reitera a Venezuela la necesidad de garantizar a la ciudadan\u00eda y a los grupos pol\u00edticos organizados el derecho a la participaci\u00f3n pol\u00edtica y a libertad de expresi\u00f3n sin temor a represalias, permitiendo y fomentando un debate p\u00fablico plural, amplio y robusto.<\/p>\n<p>La relaci\u00f3n entre derechos humanos, derechos pol\u00edticos y democracia ha quedado plasmada en la Carta Democr\u00e1tica Interamericana, donde se se\u00f1ala que son \u201celementos esenciales de la democracia representativa, entre otros, el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales; el acceso al poder y su ejercicio con sujeci\u00f3n al Estado de derecho; la celebraci\u00f3n de elecciones peri\u00f3dicas, libres, justas y basadas en el sufragio universal y secreto como expresi\u00f3n de la soberan\u00eda del pueblo; el r\u00e9gimen plural de partidos y organizaciones pol\u00edticas; y la separaci\u00f3n e independencia de los poderes p\u00fablicos\u00bb.<\/p>\n<p>La CIDH urge al gobierno venezolano a respetar la separaci\u00f3n de poderes, el principio de representaci\u00f3n popular y las competencias que la constituci\u00f3n confiere a cada \u00f3rgano, garant\u00eda indispensable de un r\u00e9gimen democr\u00e1tico y del Estado de Derecho. En particular, la Comisi\u00f3n urge al Estado a cumplir con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, respetar y garantizar el funcionamiento independiente de los poderes p\u00fablicos y a la participaci\u00f3n en la vida pol\u00edtica en el pa\u00eds de todos los sectores.<\/p>\n<p>La CIDH se pone a disposici\u00f3n para colaborar con el Estado de Venezuela en el marco de su mandato y funciones a fin de respetar el orden constitucional y democr\u00e1tico en el pa\u00eds. En este sentido, la CIDH reitera la solicitud de anuencia del Estado de Venezuela para realizar una visita de observaci\u00f3n, que la Comisi\u00f3n viene solicitando desde el a\u00f1o 2004.<\/p>\n<p>La CIDH es un \u00f3rgano principal y aut\u00f3nomo de la Organizaci\u00f3n de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convenci\u00f3n Americana sobre Derechos Humanos. La Comisi\u00f3n Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la regi\u00f3n y act\u00faa como \u00f3rgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH est\u00e1 integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a t\u00edtulo personal, y no representan sus pa\u00edses de origen o residencia.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Washington, DC \u2013 La Comisi\u00f3n Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena las decisiones adoptadas por el Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela. 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