{"id":59141,"date":"2016-05-01T00:14:41","date_gmt":"2016-05-01T03:14:41","guid":{"rendered":"http:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/?p=59141"},"modified":"2016-05-01T00:14:41","modified_gmt":"2016-05-01T03:14:41","slug":"la-justicia-le-ordena-a-vidal-que-en-menos-de-72-horas-reabra-la-paritaria","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/la-justicia-le-ordena-a-vidal-que-en-menos-de-72-horas-reabra-la-paritaria\/","title":{"rendered":"La Justicia le ordena a Vidal que en menos de 72 horas reabra la paritaria"},"content":{"rendered":"<div class=\"cuerpo\">\n<p><strong><a href=\"http:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2015\/12\/Vidal-conferencia.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-medium wp-image-56026\" src=\"http:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2015\/12\/Vidal-conferencia-300x169.jpg\" alt=\"Vidal-conferencia\" width=\"300\" height=\"169\" srcset=\"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2015\/12\/Vidal-conferencia-300x169.jpg 300w, https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2015\/12\/Vidal-conferencia-500x281.jpg 500w, https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2015\/12\/Vidal-conferencia.jpg 620w\" sizes=\"auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a>\u00a0 Este plazo fue fijado\u00a0el viernes\u00a0por el juez Arias, al expedirse sobre la cuesti\u00f3n de fondo planteada en la demanda presentada por SOEME y ATE. \u00a0El magistrado destac\u00f3 que hubo \u201comisiones y alteraciones\u201d cometidas por el gobierno bonaerense y la conducci\u00f3n de la Fegeppba. Destacan que en los pr\u00f3ximos d\u00edas habr\u00e1 un nuevo encuentro para avanzar en la unidad sindical y exigir un aumento no inferior al 40%<\/strong><\/p>\n<p>En nuevo fallo dictado en las \u00faltimas horas por el titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N\u00ba 1, Luis Federico Arias, orden\u00f3 ayer \u00a0al gobierno de la provincia de Buenos Aires a que en un plazo de 72 horas convoque a negociaciones paritarias a los gremios estatales bonaerenses que no aceptan el irrisorio aumento salarial de 12%.<\/p>\n<p>El magistrado resolvi\u00f3 as\u00ed la cuesti\u00f3n de fondo sobre la medida cautelar que oportunamente hab\u00eda presentado el Sindicato de Obreros y Empleados de la Minoridad y la Educaci\u00f3n (SOEME), que conduce el ingeniero Marcelo Balcedo, junto con ATE y otras organizaciones gremiales encuadradas en la Ley 10430, para seguir discutiendo salarios y que no se cierren las paritarias.<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n de Arias ordena \u201cal poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires a que, en el plazo de tres d\u00edas h\u00e1biles, convoque de modo fehaciente a la totalidad de asociaciones sindicales con personer\u00eda gremial que posean afiliados encuadrados en la Ley 10.430, a efectos de continuar con las negociaciones paritarias, de conformidad con el procedimiento reglamentado por la Ley 13.453, sin desmedro de los reconocimientos salariales que ya se hubieran efectivizado, ello bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 164 de la CPBA\u201d, sostiene el fallo del juez en su resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Fin a las dilaciones<\/strong><\/p>\n<p>Las autoridades del Gobierno de la provincia se ven\u00edan negando a reabrir las instancias de di\u00e1logo aduciendo que \u201ca\u00fan no fueron notificadas\u201d del fallo de la C\u00e1mara en lo Contencioso Administrativo, que la semana pasada ratific\u00f3 la primera precautelar dictada por Arias, que tambi\u00e9n ordenaba el no cierre de la paritaria.<\/p>\n<p>En su fallo, Arias destaca que el \u201cel informe provisto por la Direcci\u00f3n Provincial de Personal s\u00f3lo contempla algunas de las asociaciones gremiales involucradas en la negociaci\u00f3n paritaria, omitiendo a muchas otras que poseen afiliados pertenecientes al r\u00e9gimen de la Ley 10430, algunas de las cuales se encontraban presentes en la primera reuni\u00f3n paritaria. Tal omisi\u00f3n podr\u00eda modificar de modo sustancial la proporci\u00f3n de votos que corresponde asignar a cada entidad gremial y alterar\u00eda la representatividad necesaria para la adopci\u00f3n de una decisi\u00f3n v\u00e1lida. Ello \u00a0es as\u00ed por cuanto el acuerdo salarial requiere de la mayor\u00eda absoluta de la totalidad de los representantes\u201d.<\/p>\n<p>En ese contexto, en su fallo, Arias hace especial hincapi\u00e9 en el irregular accionar de la conducci\u00f3n de la Federaci\u00f3n de Gremios Estatales (Fegeppba), que preside Julio C\u00e9sar Castro, secretario general del SOSBA. En ese sentido, destaca que resulta \u201cveros\u00edmil\u201d lo manifestado por los denunciantes respecto de las deficiencias que presentar\u00eda la nota de aprobaci\u00f3n de la propuesta por Fegeppba, dado que la misma en ning\u00fan momento precisa cu\u00e1l o cu\u00e1les de las asociaciones sindicales federadas que se encontraban presentes en la reuni\u00f3n del Consejo Ejecutivo del 9 de marzo. \u201cObservo que dicha cuesti\u00f3n podr\u00eda generar una alteraci\u00f3n en el c\u00f3mputo de las mayor\u00edas tenidas en cuenta a los fines de la aprobaci\u00f3n de la propuesta del Ejecutivo, en tanto omite la voluntad de las asociaciones sindicales de base\u201d, sentenci\u00f3 Arias. Cabe recordar que, producto de esta escandalosa votaci\u00f3n, el SOEME decidi\u00f3 irse de la Federaci\u00f3n de Gremios Estatales y hacer la correspondiente denuncia en los tribunales: hoy la Justicia termin\u00f3 avalando el planteo.<\/p>\n<p>El magistrado tambi\u00e9n consider\u00f3 que \u201cno debemos olvidar que las negociaciones colectivas de trabajo se encuentran amparadas por normas de orden p\u00fablico, de preferente tutela constitucional, de modo que no podr\u00eda la organizaci\u00f3n interna de una federaci\u00f3n alterar la voluntad expresada por parte de los trabajadores en el marco de una negociaci\u00f3n, cuyo acuerdo debe alcanzarse en votaci\u00f3n individual de cada una de las asociaciones con personer\u00eda gremial, que garantice la transparencia y la inmediaci\u00f3n prevista por la Ley 13.453, bien distinto al mecanismo empleado reiteradamente (oferta y aceptaci\u00f3n por nota) por la autoridad administrativa para obtener el cierre de las paritarias\u201d.<\/p>\n<p><strong>Las mentiras de Vidal<\/strong><\/p>\n<p>\u201cEste fallo de Arias demuestra, una vez m\u00e1s, la forma infame en la que minti\u00f3 la gobernadora Vidal cuando dijo que los gremios que no aceptamos su irrisoria propuesta del 12% represent\u00e1bamos al 8% de los trabajadores. No s\u00f3lo somos much\u00edsimo m\u00e1s, sino que ahora tambi\u00e9n qued\u00f3 al descubierto que son muy pocos los alcahuetes que, a cambio de mantener sus oscuros chancullos, tranzaron con el gobierno un aumento que se encuentra muy por debajo de la inflaci\u00f3n\u201d, dijo Balcedo.<\/p>\n<p>El secretario general del SOEME agreg\u00f3 que \u201cla unidad sindical que se produjo a partir de este conflicto es irreversible y se vio claramente reflejada en la hist\u00f3rica movilizaci\u00f3n de hoy (por ayer) por el D\u00eda del Trabajador (ver p\u00e1gina 5), donde confluyeron casi todas las centrales gremiales, y en el encuentro que celebramos la semana pasada en nuestro gremio. La unidad de los sindicatos bonaerenses se acentuar\u00e1 a\u00fan m\u00e1s en los pr\u00f3ximos d\u00edas en un encuentro que realizaremos en la sede nacional de ATE. Ya acordamos plantear un pedido de aumento salarial unificado que ser\u00e1 no menor al 40%\u201d.<\/p>\n<p><strong>Contexto inflacionario<\/strong><\/p>\n<p>En el fallo de Arias se hace referencia al contexto inflacionario que se vive en la Argentina. En ese sentido, destaca \u201cla importante funci\u00f3n que cumple la retribuci\u00f3n salarial, que trasciende las fronteras del derecho estrictamente patrimonial, en cuanto su limitaci\u00f3n agravia la dignidad del individuo, al impedirle el goce pleno de los derechos que le aseguren un nivel de vida adecuado para su subsistencia y la de su grupo familiar. Y esto m\u00e1xime en la actual situaci\u00f3n de aumento generalizado de precios que son de p\u00fablico y notorio conocimiento, los que podr\u00edan generar en los trabajadores representados por las entidades accionantes un perjuicio que resultar\u00eda de dif\u00edcil o imposible reparaci\u00f3n ulterior\u201d.<\/p>\n<\/div>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Fuente: Diario Hoy<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a0 Este plazo fue fijado\u00a0el viernes\u00a0por el juez Arias, al expedirse sobre la cuesti\u00f3n de fondo planteada en la demanda presentada por SOEME y ATE. \u00a0El magistrado destac\u00f3 que hubo \u201comisiones y alteraciones\u201d cometidas por el gobierno bonaerense y la conducci\u00f3n de la Fegeppba. 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