{"id":54812,"date":"2015-10-27T17:59:47","date_gmt":"2015-10-27T20:59:47","guid":{"rendered":"http:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/?p=54812"},"modified":"2015-10-27T17:59:47","modified_gmt":"2015-10-27T20:59:47","slug":"te-cobraron-mal-aprende-a-hacer-un-stop-debit-bancario","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/te-cobraron-mal-aprende-a-hacer-un-stop-debit-bancario\/","title":{"rendered":"\u00bfTe cobraron mal? Aprend\u00e9 a hacer un Stop Debit bancario"},"content":{"rendered":"<p><em><a href=\"http:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2011\/12\/consumo-tarjeta.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-medium wp-image-19987\" src=\"http:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2011\/12\/consumo-tarjeta-300x225.jpg\" alt=\"consumo-tarjeta\" width=\"300\" height=\"225\" srcset=\"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2011\/12\/consumo-tarjeta-300x225.jpg 300w, https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2011\/12\/consumo-tarjeta.jpg 325w\" sizes=\"auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a>\u00a0 Ac\u00e1 ten\u00e9s el formulario que hay que llenar con las palabras claves para el banco.<\/em><\/p>\n<p>Desde la Asociaci\u00f3n de Defensa del Consumidor Protectora salieron a advertir sobre estos reclamos y a se\u00f1alar que \u00abla ley autoriza a los clientes bancarios, que en cualquier momento y sin &#8216;expresi\u00f3n de causa&#8217;, un consumidor pueda ordenar a su Banco, lo que en la jerga bancaria se denomina STOP DEBIT o la desafectaci\u00f3n, suspensi\u00f3n o baja de un servicio en el sistema de d\u00e9bito autom\u00e1tico.<\/p>\n<p>Son numerosas las quejas de los usuarios bancarios, sobre la imposibilidad de dar parar un d\u00e9bito autom\u00e1tico, porque renuncio al servicio contratado, porque le cobran dem\u00e1s, porque nunca lo solicito. Cuando va a solicitar la baja, empiezan a darle vueltas, le piden que les traigan la baja dada por la Empresa Debitada, cuando la LEY, no le pide nada, solo el \u00fanico requisito la instrucci\u00f3n formal.<\/p>\n<p>El d\u00e9bito autom\u00e1tico fue hecho para permite pagar los servicios a trav\u00e9s de un d\u00e9bito en la cuenta bancaria del usuario del servicio. Entre los servicios que se pueden pagar por este medio, se encuentran: telefon\u00eda, televisi\u00f3n, medicina prepaga, seguros, autopistas, clubes, servicios p\u00fablicos, etc.<\/p>\n<p>La adhesi\u00f3n al servicio de d\u00e9bito autom\u00e1tico, puede haber sido hecha por el usuario del servicio (y titular de la cuenta bancaria), tanto en la empresa prestadora del servicio o en a la entidad bancaria.<\/p>\n<p>De la misma manera que se puede adherir, sin tener que expresar causa, se puede desafectar el servicio de d\u00e9bito.<\/p>\n<p>Son clausulas abusivas e ilegales de las empresas que se debitan o del banco, que dispongan lo contrario prohibiendo la desafectaci\u00f3n, o se trabe con cualquier excusa dar la inmediata baja al D\u00e9bito Autom\u00e1tico o revertir los pagos efectuados.<\/p>\n<p>Para hacerlo lo mejor es presentar una nota de reclamo, o mediante carta documento o internet si existe ese medio.<\/p>\n<p>Nota para presentar al Banco, con copia firmada y sellada.<\/p>\n<p>\u201e\u0178\u201e\u0178\u201e\u0178\u201e\u0178\u201e\u0178\u201e\u0178\u201e\u0178\u201e\u0178\u201e\u0178\u201e\u0178\u201e\u0178\u201e\u0178\u201e\u0178\u201e\u0178\u201e\u0178\u201e\u0178\u201e\u0178\u201e\u0178\u201e\u0178\u201e\u0178\u201e\u0178\u201e\u0178\u201e\u0178\u201e\u0178\u201e\u0178\u201e\u0178\u201e\u0178\u201e\u0178<\/p>\n<p>Al BANCO XXXXX<\/p>\n<p>S\u2014\u2014\u2014\u2013\/\u2014-\u2014\u2014D:<\/p>\n<p>JUAN PEREZ, DNI N\u00ba xxxx, con domicilio en xxxx, localidad: xxx , Provincia de xxxx, Tel\u00e9fono N\u00ba xxx, Email xxx@xxxxx, cuenta N\u00ba xxxx, se presenta ante Uds., a fin de reclamar lo siguiente:<\/p>\n<p>Conforme a la Comunicaci\u00f3n A 4063 del Banco Central de la Rep\u00fablica Argentina, art. 37\u00ba Ley 24.240, les doy una instrucci\u00f3n expresa (stop debit), para revertir, suspender o dar la baja , las operaci\u00f3n de d\u00e9bito autom\u00e1tico para el pago a la siguiente instituci\u00f3n que me encuentro adherido:<\/p>\n<p>xxxxxx (poner el nombre de la instituci\u00f3n, comercio, empresa)<\/p>\n<p>Que en caso de haberse efectuado el d\u00e9bito, no obstante la instrucci\u00f3n expresa, solicito el inmediato reintegro de los importes pertinentes que hayan sido debitados.<\/p>\n<p>Caso contrario realizare las denuncias a los Organismo de Control de defensa del Consumidor y al Banco Central de la Rep\u00fablica Argentina, solicitando la restituci\u00f3n de los pagos efectuados, los da\u00f1os y perjuicios, multas y sanciones que correspondieren.<\/p>\n<p>Firma: xxxxxxxx<\/p>\n<p>_________________________<\/p>\n<p>Legislaci\u00f3n Aplicable<\/p>\n<p>El Banco Central de la Rep\u00fablica Argentina en su car\u00e1cter de ente regulador de la actividad bancaria y financiera, dict\u00f3 diversas normativas referidas a los servicios de pago por d\u00e9bito autom\u00e1tico con el objeto de delimitar su alcance y funcionamiento (conf. arg. art. 4 ley 21526).-<\/p>\n<p>Ellas est\u00e1n incluidas en la reglamentaci\u00f3n de la cuenta corriente bancaria, Comunicaci\u00f3n A 4063. As\u00ed, tal Comunicaci\u00f3n, en la secci\u00f3n 1, punto 1.5.4, -aplicable a la caja de ahorro por disposici\u00f3n A 2621, punto 4- dispone que siempre que exista autorizaci\u00f3n expresa del cliente pueden debitarse de la cuenta ciertos conceptos (conf. Comunicaci\u00f3n, A 2621 , 3075 y 3244 y en tal sentido, menciona que podr\u00e1n retraerse montos por: operaciones propias de la entidad -pago de pr\u00e9stamos, alquiler de cajas de seguridad-, servicios de cobranzas por cuenta de terceros para el pago de impuestos, tasas, contribuciones y aportes, facturas de servicios p\u00fablicos o privados, res\u00famenes de tarjeta de cr\u00e9dito. Estas enumeraciones no resultan taxativas atento el car\u00e1cter netamente referencial que se desprende de su texto.<\/p>\n<p>Seg\u00fan lo dispuesto en el punto 1.5.4.2., tercer p\u00e1rrafo de la Comunicaci\u00f3n A 2621, 3075 y 3244, el Banco Central ha prescripto que el cliente podr\u00e1 formalizar su adhesi\u00f3n al sistema de d\u00e9bito autom\u00e1tico a trav\u00e9s de la entidad financiera en la cual mantiene su cuenta o a trav\u00e9s de la empresa prestadora de servicios, organismo recaudador o de impuestos, etc., en la medida en que, en los aspectos pertinentes, se observen los requisitos se\u00f1alados precedentemente e igual opci\u00f3n cabr\u00e1 para manifestar la desafectaci\u00f3n o baja de un servicio de este sistema.<\/p>\n<p>Dispone, en el punto 1.5.2.14, 2do. P\u00e1rrafo de la Comunicaci\u00f3n A 2621, 3075 y 3244 del Banco Central que: \u2026en los convenios que las entidades financieras concierten con sus clientes para la adhesi\u00f3n a sistema de d\u00e9bito autom\u00e1tico deber\u00e1 incluirse una cl\u00e1usula que prevea la posibilidad de que el cliente ordene la suspensi\u00f3n de un d\u00e9bito (conf. Comunicaci\u00f3n A 2621, punto 3 y A 3244), de manera tal que, en definitiva, y conforme surge de la normativa que regula el servicio de d\u00e9bito autom\u00e1tico, resulta manifiestamente ileg\u00edtima la conducta del banco de continuar realizando el descuento autom\u00e1tico frente al pedido de la actora de dejar sin efecto los d\u00e9bitos.<\/p>\n<p>El banco se encuentra obligado a no efectuar los d\u00e9bitos cuando mediare orden en contrario del cliente o de persona suficientemente autorizada.<\/p>\n<p>_____________________<\/p>\n<p>Banco Central de la Rep\u00fablica Argentina: Comunicaci\u00f3n A 4063.<\/p>\n<p>1.5.2.14. Revertir las operaciones debitadas, seg\u00fan instrucciones expresas del titular, vinculadas al sistema de d\u00e9bito autom\u00e1tico para el pago de impuestos, facturas de servicios p\u00fablicos o privados, res\u00famenes de tarjetas de cr\u00e9dito, etc., que se ajusten a los t\u00e9rminos establecidos en el punto 1.5.4.2., conforme a cl\u00e1usulas que deber\u00e1n incluirse en el convenio de adhesi\u00f3n al sistema. En los convenios que las entidades financieras concierten con sus clientes para la adhesi\u00f3n a sistemas de d\u00e9bito autom\u00e1tico deber\u00e1 incluirse una cl\u00e1usula que prevea la posibilidad de que el cliente ordene la suspensi\u00f3n de un d\u00e9bito hasta el d\u00eda h\u00e1bil anterior -inclusive- a la fecha de vencimiento y la alternativa de revertir d\u00e9bitos por el total de cada operaci\u00f3n, ante una instrucci\u00f3n expresa del cliente, dentro de los 30 d\u00edas corridos contados desde la fecha del d\u00e9bito. La devoluci\u00f3n ser\u00e1 efectuada dentro de las 72 horas h\u00e1biles siguientes a la fecha en que la entidad reciba la instrucci\u00f3n del cliente, siempre que la empresa originante del d\u00e9bito y solo en los casos en que el importe de la reversi\u00f3n solicitada supere los $ 750, no se oponga a la reversi\u00f3n por haberse hecho efectiva la diferencia de facturaci\u00f3n en forma directa. Cuando se trate de liquidaciones de tarjetas de cr\u00e9dito de sistemas abiertos, en reemplazo del aludido procedimiento de reversi\u00f3n, las entidades deber\u00e1n tener instrumentados mecanismos que permitan a los usuarios gestionar a trav\u00e9s de ellas la reversi\u00f3n de cupones incluidos en las liquidaciones y el reintegro de los importes pertinentes que hayan sido debitados.<\/p>\n<p>1.5.4. Los conceptos que se debitar\u00e1n de la cuenta corriente, siempre que medie autorizaci\u00f3n expresa del cliente, por:<\/p>\n<p>1.5.4.1. Operaciones propias de la entidad (pago de pr\u00e9stamos, alquiler de cajas de seguridad, etc.).<\/p>\n<p>1.5.4.2. Servicios de cobranza por cuenta de terceros, concertados directamente con el banco o a trav\u00e9s de dichos terceros (d\u00e9bitos autom\u00e1ticos o directos) para el pago de impuestos, tasas, contribuciones y aportes, facturas de servicios p\u00fablicos o privados, res\u00famenes de tarjetas de cr\u00e9dito, etc., cuando se encuentre asegurado el conocimiento por el cliente con una antelaci\u00f3n m\u00ednima de 5 d\u00edas h\u00e1biles respecto de la fecha fijada para el d\u00e9bito que el cuentacorrentista haya contratado.<\/p>\n<p>En caso de que el cliente formalice su adhesi\u00f3n al servicio de d\u00e9bito autom\u00e1tico a trav\u00e9s de la empresa prestadora de servicios, organismo recaudador de impuestos, etc., a fin de efectuar los d\u00e9bitos ser\u00e1 suficiente la comunicaci\u00f3n que la empresa o ente env\u00ede a la entidad notificando la adhesi\u00f3n, cuya constancia podr\u00e1 quedar en poder de la empresa o ente. El cliente podr\u00e1 formalizar su adhesi\u00f3n al sistema de d\u00e9bito autom\u00e1tico a trav\u00e9s de la entidad financiera en la cual mantiene su cuenta o a trav\u00e9s de la empresa prestadora de servicios, organismo recaudador de impuestos, etc., en la medida en que, en los aspectos pertinentes, se observen los requisitos se\u00f1alados precedentemente. Igual opci\u00f3n cabr\u00e1 para manifestar la desafectaci\u00f3n o baja de un servicio de este sistema<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a0 Ac\u00e1 ten\u00e9s el formulario que hay que llenar con las palabras claves para el banco. Desde la Asociaci\u00f3n de Defensa del Consumidor Protectora salieron a advertir sobre estos reclamos y a se\u00f1alar que \u00abla ley autoriza a los clientes bancarios, que en cualquier momento y sin &#8216;expresi\u00f3n de causa&#8217;, un consumidor pueda ordenar a&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[9],"tags":[1320,512,22350,3297],"class_list":["post-54812","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-economia","tag-cobro","tag-reclamo","tag-stop-debit","tag-tarjeta"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/54812","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=54812"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/54812\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":54813,"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/54812\/revisions\/54813"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=54812"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=54812"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=54812"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}