{"id":43832,"date":"2014-07-02T00:03:10","date_gmt":"2014-07-02T03:03:10","guid":{"rendered":"http:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/?p=43832"},"modified":"2014-07-01T23:54:38","modified_gmt":"2014-07-02T02:54:38","slug":"fraude-en-las-elecciones-de-upcn-rio-negro%e2%80%8f","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/fraude-en-las-elecciones-de-upcn-rio-negro%e2%80%8f\/","title":{"rendered":"Fraude en las elecciones de UPCN R\u00edo Negro\u200f"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"http:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2014\/07\/No-al-fraude-electoral.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-medium wp-image-43833\" src=\"http:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2014\/07\/No-al-fraude-electoral-300x227.jpg\" alt=\"No-al-fraude-electoral\" width=\"300\" height=\"227\" srcset=\"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2014\/07\/No-al-fraude-electoral-300x227.jpg 300w, https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2014\/07\/No-al-fraude-electoral.jpg 325w\" sizes=\"auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a>Bustamante suspendi\u00f3 todos los efectos del escrutinio del 29 de mayo\/14 en la UPCN<\/p>\n<p>Viedma.- (APP) El Juez Subrogante de la C\u00e1mara del Trabajo de Viedma, Jorge Bustamante, dispuso en el d\u00eda de la fecha la suspensi\u00f3n de todos los efectos del escrutinio celebrado el d\u00eda 29 de mayo del corriente a\u00f1o UPCN, Seccional R\u00edo Negro, para la elecci\u00f3n de Delegados, Comisi\u00f3n Directiva y Comisi\u00f3n Asesora, hasta el momento en que se resuelva por la v\u00eda pertinente la validez o no del acto eleccionario y de sus resultados.<\/p>\n<p>Entre los fundamentos de la sentencia, el juzgador destac\u00f3 que \u201cel sistema electoral excede el inter\u00e9s de los candidatos porque el primer interesado, a quien la Justicia debe brindar la protecci\u00f3n mayor, es el elector \u2013 en este caso el conjunto de afiliados a UPCN Seccional R\u00edo Negro &#8211; y el respeto a su decisi\u00f3n manifestada en la votaci\u00f3n. Los actos denunciados como irregulares deben investigarse porque se encuentra en juego el inter\u00e9s de los afiliados de la UPCN, a quienes est\u00e1 dirigido el objeto del proceso electoral: la posibilidad de elegir sus autoridades en elecciones que deben ser acordes al proceso democr\u00e1tico, exentas de dudas sobre su legitimidad, para de esta manera en forma efectiva respetarse su genuina voluntad\u201d.<\/p>\n<p>As\u00ed, fund\u00f3 su decisi\u00f3n en una serie de irregularidades de la Junta Electoral que fueron probadas por los Dres. Guillermo Marcelo Ceballos, Guillermo Martin Ceballos y Nicolas Yanssen \u2013 representantes legales de EPUC &#8211; en el marco de la causa y que no pudieron ser desvirtuadas por la defensa de la Junta. Entre otras, cita:<br \/>\n1.- Ordenadas las correspondientes notificaciones de la sentencia N\u00b0 202, las c\u00e9dulas dirigidas a la Junta Electoral UPCN y a la Lista SER, de direcciones cercanas pero distintas, fueron recibidas por la misma persona.<br \/>\n2.- Existe identidad entre quien asume el car\u00e1cter de apoderado de la UPCN, por lo que se incluye al actual Secretario General y candidato de la Lista SER, con el letrado que le niega personer\u00eda a la Junta. No queda claro de su presentaci\u00f3n, si contesta por la UPCN porque le niega entidad a la Junta, o si contesta por la Junta como entidad de la UPCN.<br \/>\n3.- Existe una relaci\u00f3n familiar entre el actual Secretario General de la UPCN y candidato de la \u201cLista SER\u201d -Juan Carlos Scalesi- y una integrante de la Junta Electoral, la se\u00f1ora Mar\u00eda Eugenia Aicardi Flouriach (su nuera y tambi\u00e9n madre de un hijo que ser\u00eda su nieto). La familiaridad se\u00f1alada no garantiza la objetividad del accionar de la Junta Electoral. Ese solo elemento re\u00f1ido con un proceso electoral democr\u00e1tico, en tanto no se respeta uno de los principios que debe regir en toda elecci\u00f3n, la del Tribunal Electoral imparcial, bastar\u00eda para considerar el acto eleccionario ilegal. El procedimiento est\u00e1 viciado de nulidad insalvable a esta altura del mismo.<br \/>\n4.- La Junta Electoral funciona en el mismo edificio de la UPCN, porque es la Junta de la entidad gremial, edificio que es la sede de la entidad y por ende del Secretario General y candidato de la Lista Ser. Acto seguido, la Junta crea un procedimiento de notificaci\u00f3n no previsto en la normativa (\u201cexposici\u00f3n en un transparente de la UPCN\u201d) y \u2013llamativamente- no recibe o no le llegan las cartas documentos que le env\u00eda el apoderado de la Lista Violeta a ese domicilio.<br \/>\n5.- El escrutinio se efectu\u00f3 en la sede de la UPCN y de acuerdo al acta notarial transcripto, no solamente no se permiti\u00f3 al representante legal de EPUC y a la Escribana actuante ingresar al lugar, sino que ni siquiera le recibieron el certificado m\u00e9dico que quer\u00eda el letrado presentar. Luego, a trav\u00e9s del procedimiento de notificaci\u00f3n creado (\u201cen transparente\u201d), la Junta dio por firme el pronunciamiento del Escrutinio. La sola descripci\u00f3n de la forma en que procedi\u00f3 a notificar la resoluci\u00f3n la Junta Electoral a la Lista Violeta muestra, a mi criterio, la parcialidad con que ha actuado a los fines de evitar los caminos recursivos a la Lista N\u00b0 8.<\/p>\n<p>De esa manera el Juez expres\u00f3: \u201cconsidero que las innumerables irregularidades que son palmarias, no pueden ser minimizadas y consolidar un proceso te\u00f1ido por las irregularidades otorgando el mandato a quienes se han beneficiado con las ilegitimidades que surgen como veros\u00edmiles, a la espera de una resoluci\u00f3n final\u201d.<\/p>\n<p>\u201cLas serias irregularidades denunciadas, tornan a mi criterio al acto eleccionario celebrado como por lo menos, ileg\u00edtimo\u201d.<br \/>\n\u201cCon el obrar favoritista de la Junta Electoral hacia la Lista Ser, podr\u00eda consagrase a la misma ganadora, asumir sus candidatos para luego quedar a la espera de una resoluci\u00f3n definitiva, que es de conocimiento com\u00fan, puede tardar mucho tiempo en producirse, inclusive llegar a esa instancia luego del cumplimiento del mandato de quienes asuman. La obligaci\u00f3n de los Tribunales, es realizar una Justicia \u201ceficaz\u201d, no aparente, formal, dejando que el tiempo en definitiva torne abstracto cualquier pronunciamiento y en este caso concreto, de acuerdo a mi criterio, legitimar de hecho una elecci\u00f3n te\u00f1ida por irregularidades desde el inicio, desde la conformaci\u00f3n de la Junta Electoral, lo que no constituir\u00eda un accionar eficiente de la Justicia\u201d<\/p>\n<p>Finalmente, el juez concluye: \u201cEntendiendo que es veros\u00edmil la realizaci\u00f3n de actos irregulares en perjuicio de la Lista Violeta N\u00b0 8, en las elecciones de Delegados, Comisi\u00f3n Directiva y Comisi\u00f3n Asesora del d\u00eda 29 de mayo de 2014, de la Uni\u00f3n del Personal Civil de la Naci\u00f3n, Seccional R\u00edo Negro, efectuados o permitidos \u2013por acci\u00f3n u omisi\u00f3n- por la Junta Electoral a cargo del proceso eleccionario, ilegalidades que parten desde el inicio del proceso con la conformaci\u00f3n de la Junta de acuerdo a lo ya analizado y todos los hechos se\u00f1alados en estos fundamentos. La Justicia efectiva nos obliga a la determinaci\u00f3n de medidas provisorias que impidan la consagraci\u00f3n del resultado del proceso en tales condiciones, hasta tanto se agote la v\u00eda recursiva administrativa y judicial. De otra manera el accionar judicial ser\u00eda meramente formal y sin respeto a los derechos del electorado del gremio.\u201d<\/p>\n<p>EPUC ha demostrado la certeza del fraude electoral llevado a cabo por la Junta Electoral UPCN Rio Negro ante la C\u00e1mara del Trabajo de Viedma y no cesar\u00e1 hasta lograr que sean legalmente respetados los derechos de los afiliados de UPCN Rio Negro, a elegir libremente sus representantes. Seguiremos adelante por las v\u00edas reglamentarias correspondientes, procurando lograr la declaraci\u00f3n de nulidad de este proceso electoral arbitrario, parcial e ilegal.<\/p>\n<p>(PODER JUDICIAL)<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Bustamante suspendi\u00f3 todos los efectos del escrutinio del 29 de mayo\/14 en la UPCN Viedma.- (APP) El Juez Subrogante de la C\u00e1mara del Trabajo de Viedma, Jorge Bustamante, dispuso en el d\u00eda de la fecha la suspensi\u00f3n de todos los efectos del escrutinio celebrado el d\u00eda 29 de mayo del corriente a\u00f1o UPCN, Seccional R\u00edo&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[6],"tags":[19141,3743,3581],"class_list":["post-43832","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-denuncias","tag-juez-jorge-bustamante","tag-rio-negro","tag-upcn"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43832","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=43832"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43832\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":43834,"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43832\/revisions\/43834"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=43832"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=43832"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=43832"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}