{"id":13455,"date":"2011-04-08T02:26:28","date_gmt":"2011-04-08T05:26:28","guid":{"rendered":"http:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/?p=13455"},"modified":"2011-04-08T02:26:28","modified_gmt":"2011-04-08T05:26:28","slug":"denuncian-a-dos-jueces-que-redujeron-pena-a-violador-por-el-nivel-social-de-dos-victimas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/denuncian-a-dos-jueces-que-redujeron-pena-a-violador-por-el-nivel-social-de-dos-victimas\/","title":{"rendered":"Denuncian a dos jueces que redujeron pena a violador por el \u00abnivel social\u00bb de dos v\u00edctimas"},"content":{"rendered":"<p id=\"txt_129908_3\" style=\"text-align: justify;\"><em><a href=\"http:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2011\/04\/diputado-provincial-Ra\u00fal-P\u00e9.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft size-medium wp-image-13456\" title=\"diputado-provincial-Ra\u00fal-P\u00e9\" src=\"http:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2011\/04\/diputado-provincial-Ra\u00fal-P\u00e9-300x240.jpg\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"240\" srcset=\"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2011\/04\/diputado-provincial-Ra\u00fal-P\u00e9-300x240.jpg 300w, https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2011\/04\/diputado-provincial-Ra\u00fal-P\u00e9.jpg 413w\" sizes=\"auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a>Los magistrados bajaron a la mitad la condena argumentando que las j\u00f3venes viv\u00edan \u201cen comunidades en las que el nivel social acepta relaciones a edades muy bajas\u201d.Un diputado provincial realiz\u00f3 un pedido de enjuiciamiento por \u00abmal desempe\u00f1o de sus funciones\u00bb.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Un diputado provincial present\u00f3 un pedido de enjuiciamiento, por presunto mal desempe\u00f1o en el ejercicio de sus funciones, contra los jueces del Tribunal de Casaci\u00f3n Penal de la Provincia Horacio Piombo y Benjam\u00edn Sal Llargu\u00e9s, quienes redujeron a la mitad la condena a un hombre acusado de cuatro abusos sexuales, dos de ellos contra menores de edad.<\/p>\n<p>El pedido de enjuiciamiento fue presentado en la v\u00edspera contra los dos jueces, ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, por el diputado provincial Ra\u00fal P\u00e9rez, quien requiri\u00f3 que se investigue si cometieron \u00abmal desempe\u00f1o de sus funciones\u00bb.<\/p>\n<p>En el a\u00f1o 2004, un tribunal de Mor\u00f3n hab\u00eda condenado al acusado a 18 a\u00f1os de prisi\u00f3n por considerarlo responsable de cuatro abusos sexuales con acceso carnal cometidos en el a\u00f1o 2000.<\/p>\n<p>Los magistrados consideraron entonces agravantes del delito que el hombre fuera pastor de un culto religioso que inculcaba a sus v\u00edctimas que hab\u00edan sido \u00abelegidas por Dios\u00bb para engendrar hijos con \u00e9l ante un inminente fin del mundo, generando a partir de esas premisas un \u00abcontexto intimidatorio\u00bb.<\/p>\n<p>Los jueces sostuvieron, asimismo, que el acusado hab\u00eda cometido el delito de corrupci\u00f3n de menor de edad, otro agravante de la pena, ya que dos de las v\u00edctimas de los abusos ten\u00edan 14 y 16 a\u00f1os.<\/p>\n<p>Pero aquella sentencia fue recurrida ante el Tribunal de Casaci\u00f3n Penal de la Provincia por el abogado del acusado, invocando, entre otros argumentos, el presunto \u00abconsentimiento prestado en forma libre por las v\u00edctimas menores de edad\u00bb.<\/p>\n<p>Hace 20 d\u00edas, la Sala Primera de esa C\u00e1mara, integrada por los platenses Piombo y Sal Llargu\u00e9s, absolvi\u00f3 al condenado del delito de \u00abcorrupci\u00f3n de menor de edad calificado por intimidaci\u00f3n\u00bb y dispuso reducir la condena de prisi\u00f3n de 18 a\u00f1os a nueve a\u00f1os y seis meses.<\/p>\n<p>En la denuncia presentada contra los camaristas, seg\u00fan lo detallado por el diario El D\u00eda, se considera como \u00abprimera irregularidad grave\u00bb la \u00abinjustificada e inaudita demora en el tr\u00e1mite de la causa\u00bb en Casaci\u00f3n, ya que transcurrieron siete a\u00f1os entre la apelaci\u00f3n y el fallo por el que se redujo la pena.<\/p>\n<p>Se destaca que esa demora tuvo como contracara un beneficio adicional para el condenado por la aplicaci\u00f3n de la denominada \u00abley del dos por uno\u00bb, que establec\u00eda que se computara doble cada a\u00f1o en prisi\u00f3n sin condena firme, y que fue derogada en 2001 pero se sigui\u00f3 aplicando a procesos iniciados antes de ese a\u00f1o.<\/p>\n<p>Centralmente, el pedido de jury hace eje en que \u00abla discriminatoria argumentaci\u00f3n\u00bb en que se basaron Piombo y Sal Llargu\u00e9s para reducir la pena de Avalos \u00abconculca el principio de igualdad que establece la Constituci\u00f3n Nacional\u00bb e incumple preceptos de las Convenciones de los Derechos del Ni\u00f1o y Americana de Derechos Humanos, a las que el pa\u00eds ha adherido.<\/p>\n<p>En ese sentido, el legislador record\u00f3 que el juez Piombo, que fundament\u00f3 la resoluci\u00f3n con la adhesi\u00f3n de Sal Llargu\u00e9s, sostuvo con relaci\u00f3n a la violaci\u00f3n de las dos menores que \u00ablo hecho por el condenado, tener relaciones sexuales con mujeres que viven en comunidades en las que el nivel social acepta relaciones a edades muy bajas; que adem\u00e1s pose\u00edan experiencia sexual, incluso en yacer con otros hombres (&#8230;), no lo veo como algo moralmente edificante pero tampoco como un quehacer aberrante, repulsivo, que hiera la integridad sexual\u00bb.<\/p>\n<p>P\u00e9rez sostuvo que esas razones, invocadas por los jueces para decidir que el abusador no hab\u00eda cometido corrupci\u00f3n de menores y reducirle la pena, \u00abresultan de inusitada gravedad\u00bb que podr\u00edan incluso \u00abgenerar responsabilidad internacional del Estado argentino\u00bb.<\/p>\n<p>De acuerdo con lo se\u00f1alado por el diario, entre otras consideraciones, en el pedido de jury se subraya que \u00abla ley penal argentina establece (para el delito considerado en esta causa) un est\u00e1ndar objetivo de protecci\u00f3n: la edad de 18 a\u00f1os\u00bb.<\/p>\n<p>Y destaca que adem\u00e1s el fallo \u00abparece consistir en negar el amparo penal a un colectivo de personas a las que identifica como mujeres que pertenecen a clases sociales en las que las relaciones, suponemos sexuales, son aceptadas a edad temprana\u00bb, indicando que \u00abla menci\u00f3n del nivel social alude claramente a grupos desventajados\u00bb.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los magistrados bajaron a la mitad la condena argumentando que las j\u00f3venes viv\u00edan \u201cen comunidades en las que el nivel social acepta relaciones a edades muy bajas\u201d.Un diputado provincial realiz\u00f3 un pedido de enjuiciamiento por 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