{"id":124874,"date":"2023-08-29T07:58:30","date_gmt":"2023-08-29T10:58:30","guid":{"rendered":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/?p=124874"},"modified":"2023-08-29T07:58:31","modified_gmt":"2023-08-29T10:58:31","slug":"acij-impugno-propuestas-de-designacion-de-juezas-y-jueces-realizadas-por-el-poder-ejecutivo-por-ser-inconstitucionales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/acij-impugno-propuestas-de-designacion-de-juezas-y-jueces-realizadas-por-el-poder-ejecutivo-por-ser-inconstitucionales\/","title":{"rendered":"ACIJ impugn\u00f3 propuestas de designaci\u00f3n de juezas y jueces realizadas por el Poder Ejecutivo por ser inconstitucionales"},"content":{"rendered":"<div class=\"wp-block-image\">\n<figure class=\"aligncenter size-full\"><a href=\"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2022\/09\/ACIJ-logo.png\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"864\" height=\"864\" src=\"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2022\/09\/ACIJ-logo.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-116824\" srcset=\"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2022\/09\/ACIJ-logo.png 864w, https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2022\/09\/ACIJ-logo-300x300.png 300w, https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2022\/09\/ACIJ-logo-150x150.png 150w, https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2022\/09\/ACIJ-logo-768x768.png 768w, https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2022\/09\/ACIJ-logo-50x50.png 50w\" sizes=\"auto, (max-width: 864px) 100vw, 864px\" \/><\/a><\/figure>\n<\/div>\n\n\n<p><strong>La Asociaci\u00f3n Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) present\u00f3 ante el Senado de la Naci\u00f3n una serie de impugnaciones a las propuestas de designaci\u00f3n de jueces y juezas realizadas por el Poder Ejecutivo, por tratarse de personas que no estaban en las ternas elevadas por el Consejo de la Magistratura, sino en las listas complementarias de cada concurso elaboradas por el organismo. Esto significa que el Poder Ejecutivo se apart\u00f3 de la regulaci\u00f3n constitucional y legal para la designaci\u00f3n de magistrados y magistradas.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Esta situaci\u00f3n ocurri\u00f3 en concursos de gran trascendencia, dado que son para cubrir vacantes en el fuero en lo Contencioso Administrativo Federal (que dirime los juicios contra el Estado), en lo Civil y Comercial Federal (tiene a su cargo los juicios comerciales m\u00e1s importantes del pa\u00eds, principalmente los vinculados a las empresas de servicios p\u00fablicos) y en la Sala de Defensa de la Competencia de la C\u00e1mara Civil y Comercial Federal (central para el desarrollo de la econom\u00eda y para definir la relaci\u00f3n entre el gobierno y las empresas).&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 establece la normativa?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Constituci\u00f3n Nacional establece que el Consejo de la Magistratura tendr\u00e1 a su cargo la selecci\u00f3n de los magistrados y magistradas y la administraci\u00f3n del Poder Judicial. Entre sus atribuciones est\u00e1 la de \u00abemitir propuestas en ternas vinculantes, para el nombramiento de los magistrados de los tribunales inferiores\u00bb luego de haber realizado concursos de oposici\u00f3n y antecedentes que aseguren la idoneidad para el cargo.<\/p>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan nuestra Constituci\u00f3n, confeccionadas las ternas, estas son posteriormente remitidas al Poder Ejecutivo, quien debe elegir a una de esas personas y solicitar el acuerdo del Senado para que esa designaci\u00f3n quede perfeccionada.<\/p>\n\n\n\n<p>El reglamento de concursos del Consejo dispone que este organismo debe dise\u00f1ar una lista complementaria. El Poder Ejecutivo s\u00f3lo puede proponer candidatos o candidatas de las listas complementarias ante el supuesto de que alguna de las ternas se torne incompleta, y que -previo a la propuesta de designaci\u00f3n de quienes integran la lista complementaria- deber\u00e1 considerar prioritariamente a los y las postulantes de las listas principales que no hayan sido seleccionados\/as. Es decir que recurrir a las listas complementarias es la \u00faltima opci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 sucedi\u00f3 en cada caso?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><em><strong>Sala de Defensa de la Competencia de la C\u00e1mara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal<\/strong><\/em><\/p>\n\n\n\n<p>En el concurso 415 se conformaron 3 ternas y se remiti\u00f3 una lista complementaria de 6 personas. En mayo de este a\u00f1o, el Poder Ejecutivo remiti\u00f3 dos pliegos, el de Humberto Guardia Mendonca (que obtuvo la tercera posici\u00f3n en la segunda terna) y el de Mar\u00eda Laura Manin (que se encontraba en el segundo lugar de la lista complementaria).<\/p>\n\n\n\n<p><strong><em>Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N\u00b0 7<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Para 6 cargos de jueces y juezas se remitieron 6 ternas. Desde 2019 y en peque\u00f1as tandas, el Poder Ejecutivo fue proponiendo a distintos candidatos de esas ternas hasta que, para el \u00faltimo cargo vacante, en mayo de este a\u00f1o, eligi\u00f3 a Juan Rafael Stinco, quien se encontraba en el primer lugar de la lista complementaria.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s de la evidente irregularidad de que fue escogido pese a integrar la lista complementaria y dejar as\u00ed fuera a 13 postulantes de las listas principales, Stinco hab\u00eda sido previamente designado Juez Nacional en lo Civil y Comercial Federal en marzo de 2021, pese a que el Reglamento de Concursos establece, en su art\u00edculo 50, que la designaci\u00f3n en un cargo de juez \u00abimporta la desvinculaci\u00f3n a continuar participando en otros procesos de selecci\u00f3n en tr\u00e1mite, a partir de la asunci\u00f3n en el cargo en que fue designado\u00bb.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong><em>Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal N\u00b0 6<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Para cubrir 2 vacantes en la justicia Civil y Comercial Federal se conformaron 2 ternas. Para el cargo del Juzgado N\u00ba 2 se propuso a Carlos Mallo, integrante de la primera terna. Para el segundo, se remiti\u00f3 al Senado la postulaci\u00f3n de Mar\u00eda Stupenengo, quien ocupaba el primer puesto de la lista complementaria elevada por el Consejo de la Magistratura.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfPor qu\u00e9 esto es un problema?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Este tipo de concursos p\u00fablicos intenta asegurar un procedimiento del que resulten los candidatos y las candidatas que hayan podido demostrar un mejor desempe\u00f1o a lo largo de las distintas instancias. As\u00ed,la composici\u00f3n de ternas vinculantes es una forma de resguardar el principio de idoneidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Si lleg\u00e1ramos al caso en el cual estos pliegos fueran aprobados y postulantes de listas complementarias fueran seleccionados\/as, quedar\u00eda completamente desvirtuado el sistema de concursos dispuesto por la Constituci\u00f3n y la finalidad que lo inspir\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>ACIJ realiz\u00f3 ante la Comisi\u00f3n de Acuerdos del Senado tres presentaciones solicitando que se rechacen estas postulaciones por no cumplir con los requisitos constitucionales y reglamentarios y, en consecuencia, que se devuelvan al Poder Ejecutivo para que se propongan nuevos candidatos y candidatas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Asociaci\u00f3n Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) present\u00f3 ante el Senado de la Naci\u00f3n una serie de impugnaciones a las propuestas de designaci\u00f3n de jueces y juezas realizadas por el Poder Ejecutivo, por tratarse de personas que no estaban en las ternas elevadas por el Consejo de la Magistratura, sino en las&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":116824,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[13],"tags":[17751,1481,2450,40936,40935,1057,40937,564],"class_list":["post-124874","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-politica","tag-acij","tag-congreso-de-la-nacion","tag-diario-el-sindical","tag-hyeces","tag-impugnaciones","tag-magistrados","tag-pliegos","tag-senado"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/124874","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=124874"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/124874\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":124875,"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/124874\/revisions\/124875"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/media\/116824"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=124874"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=124874"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=124874"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}