{"id":116696,"date":"2022-09-16T11:17:09","date_gmt":"2022-09-16T14:17:09","guid":{"rendered":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/?p=116696"},"modified":"2022-09-16T11:17:14","modified_gmt":"2022-09-16T14:17:14","slug":"el-ean-se-reunio-con-los-diez-gobernadores-del-norte-grande","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/el-ean-se-reunio-con-los-diez-gobernadores-del-norte-grande\/","title":{"rendered":"El EAN se reuni\u00f3 con los diez Gobernadores del Norte Grande"},"content":{"rendered":"<div class=\"wp-block-image\">\n<figure class=\"aligncenter size-full\"><a href=\"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2022\/09\/EAN22ECH_C0129T01.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"960\" height=\"540\" src=\"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2022\/09\/EAN22ECH_C0129T01.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-116697\" 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Audiovisual.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Del consejo regional del Norte Grande participaron los gobernadores&nbsp;Gerardo Zamora (Santiago del Estero)-presidente prot\u00e9mpore-; Jorge Capitanich (Chaco); Gerardo Morales (Jujuy); Oscar Herrera Ahuad (Misiones); Gildo Insfr\u00e1n (Formosa); Ra\u00fal Jalil (Catamarca); Gustavo S\u00e1enz (Salta); Gustavo Vald\u00e9s (Corrientes), Ricardo Quintela (La Rioja); y Osvaldo Jaldo (Tucum\u00e1n).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">A los diez gobernadores del Norte Grande se sumaron el Jefe de Gabinete de Ministros de la Naci\u00f3n, Juan Manzur, y el Ministro del Interior de la Naci\u00f3n, Eduardo de Pedro<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Adem\u00e1s de los gobernadores y ministros, quienes se mostraron sumamente interesados y aplaudieron la exposici\u00f3n del Anteproyecto de la Nueva Ley, los representantes del EAN fueron recibidos por Francisco Romero, Presidente de Cultura y Ente Cultural Nordeste.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El EAN, conformado por DAC \u2013 Directores Argentinos Cinematogr\u00e1ficos, Argentores \u2013 Sociedad General de Autores de la Argentina, Apima \u2013 Productores Independientes y PCI \u2013 Asociaci\u00f3n de Directores de Cine, se encuentra haciendo la presentaci\u00f3n del Anteproyecto de la Nueva Ley para la Producci\u00f3n y la Industria Audiovisual en cada una de la provincias argentinas.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-full\"><a href=\"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2022\/09\/EAN22ECH_01736.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"960\" height=\"540\" src=\"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2022\/09\/EAN22ECH_01736.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-116698\" srcset=\"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2022\/09\/EAN22ECH_01736.jpg 960w, 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estructura de conducci\u00f3n para el nuevo INCAA \u2013conformando un directorio integrado por profesionales id\u00f3neos en el \u00e1rea audiovisual y delegados de las \u00e1reas culturales de todo el pa\u00eds, para asegurarle un contexto federal\u2013 es, sin duda, un cambio importante y estrat\u00e9gico al manejo unipersonal del INCAA que ha primado hasta la fecha, y permitir\u00e1 democratizar la participaci\u00f3n de todos los \u201cactores\u201d de la industria audiovisual argentina.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Este Directorio absorbe, sumando a las funciones de Gobierno, las responsabilidades que la Ley actual asigna el Consejo Asesor en lo relativo a <em>\u201cDesignar los comit\u00e9s de selecci\u00f3n de los proyectos, respetando la equidad de g\u00e9nero, la representatividad de los distintos sectores de las artes audiovisuales y con criterio federal, para la clasificaci\u00f3n de los proyectos que aspiran a obtener los beneficios de esta Ley;<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>II.-<\/strong> Definir lo que se entiende por producci\u00f3n audiovisual nacional en lo que se incluye al cine y a todo el audiovisual desarrollado en cualquier tipo de soporte y t\u00e9cnica, con contenido de ficci\u00f3n, documental, animaci\u00f3n, tecnolog\u00edas inmersivas e interactivas (videojuegos), siempre que sea obra de la creaci\u00f3n humana y que est\u00e9 tutelada por la normativa vigente en el \u00e1mbito del derecho de autor.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>III.-<\/strong> Ampliar el concepto de cuota de pantalla, incorporando la obligatoriedad por parte de estos servicios, adem\u00e1s de contar en su cat\u00e1logo de programaci\u00f3n con producciones nacionales, producir obras audiovisuales en el pa\u00eds, a los efectos de fomentar nuestra industria y nuestro trabajo y difundir nuestra cultura.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>IV.-<\/strong> Establecer la obligatoriedad de aprobar anualmente el Presupuesto Nacional y Federal de Fomento de Cine y Artes Audiovisuales, antes del 30 de septiembre de cada a\u00f1o, que regir\u00e1 la planificaci\u00f3n del a\u00f1o siguiente, en consonancia con el presupuesto del INCAA, atento a su estrecha relaci\u00f3n con los recursos disponibles.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>V.-<\/strong> Crear el Consejo Federal de Cine y las Artes Audiovisuales (CoFeCAA), integrado por un representante por cada una de las provincias, uno por la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires y por el\/la Presidente\/a del INCAA, como organismo interjurisdiccional, de concertaci\u00f3n, acuerdo y planificaci\u00f3n, para asegurar la unidad y articulaci\u00f3n federal de la pol\u00edtica audiovisual nacional, creando delegaciones del INCAA en cada provincia del pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>VI.-<\/strong> Establecer que el Fondo, una vez deducidos los gastos operativos y de funcionamiento del INCAA, se aplicar\u00e1 en un 80%, exclusivamente, al otorgamiento de subsidios para la producci\u00f3n, distribuci\u00f3n y exhibici\u00f3n de producciones audiovisuales nacionales y la concesi\u00f3n de cr\u00e9ditos industriales para equipamiento y afines.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em><strong>El 25% de esa aplicaci\u00f3n se deber\u00e1 destinar a financiar proyectos generados en las provincias.<\/strong> <\/em>Advi\u00e9rtase que el audiovisual realizado por productoras -privadas o p\u00fablicas- con asiento en las provincias tienen asignados esos recursos espec\u00edficos, sin <strong>que ello implique que no puedan -tambi\u00e9n- aplicar sus proyectos en todas las otras posibilidades que regularmente genere el Instituto para el fomento de la producci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El 50 % se deber\u00e1 destinar al \u201cfomento a la producci\u00f3n audiovisual nacional de todo tipo, sean pel\u00edculas, telenovelas, unitarios, series, cortometrajes, clips, tecnolog\u00edas inmersivas e interactivas, videojuegos, en cualquiera de sus formas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El 10 % deber\u00e1 destinarse al fomento del cine y artes audiovisuales de bajo presupuesto, experimental o social, realizado por asociaciones civiles, cooperativas o personas humanas o jur\u00eddicas cuya forma o contenido fuere experimental, antropol\u00f3gico, de defensa del medio ambiente, de la igualdad de g\u00e9nero o la autodeterminaci\u00f3n de la identidad sexual, de las minor\u00edas, de la integraci\u00f3n y promoci\u00f3n de las personas con capacidades diferentes, de los sectores socialmente excluidos, de los movimientos sociales, comunidades ind\u00edgenas u otras minor\u00edas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El 15% restante estar\u00e1 disponible por el Directorio para asignarlo a concursos especiales, promoci\u00f3n nacional e internacional, participaci\u00f3n en fondos de coproducci\u00f3n, festivales y mercados nacionales o internacionales, as\u00ed como mantenimiento o subvenciones a instituciones educativas o de investigaci\u00f3n relativos a la producci\u00f3n audiovisual.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>VII.-<\/strong> Establecer subsidios para el desarrollo de Proyectos de Producci\u00f3n Audiovisual Nacional, incluyendo los presentados por los\/las autores\/as de los libros audiovisuales con adjudicaci\u00f3n directa para los \/las guionistas presentantes, los que ser\u00e1n evaluados por los Comit\u00e9s de Selecci\u00f3n que se establezcan mediante los Concursos correspondientes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>VIII.-<\/strong> Introducir la perspectiva de g\u00e9nero, garantizando la equidad como as\u00ed tambi\u00e9n la diversidad cultural, cre\u00e1ndose adem\u00e1s un fondo espec\u00edfico para el fomento de producciones audiovisuales nacionales de directoras y diversidades.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>IX.-<\/strong> Promover acciones orientadas a la educaci\u00f3n en la cultura audiovisual, en los niveles primario y secundario de ense\u00f1anza, as\u00ed como fomentar pol\u00edticas para la formaci\u00f3n y el desarrollo de audiencias.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>X.-<\/strong> Prever que el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales pueda otorgar tambi\u00e9n garant\u00edas parciales a cr\u00e9ditos destinados a financiar la adquisici\u00f3n de equipamientos tomados por empresas exhibidoras, distribuidoras o de servicios de procesamiento de sonido o imagen, como as\u00ed tambi\u00e9n crear est\u00edmulos a la recuperaci\u00f3n y creaci\u00f3n de salas de cine.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>XI.-<\/strong> Establecer que el cr\u00e9dito pueda gestionarse por los interesados ante los bancos p\u00fablicos o privados, con dos ayudas de relevancia: por un lado, brindando significativamente las garant\u00edas que los bancos exigen, de acuerdo con la normativa del Banco Central y, por otro lado, subsidiando en forma relevante la tasa de inter\u00e9s.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">De esta manera las empresas, grandes o peque\u00f1as, que tengan ya trato habitual con entidades bancarias, encontraran facilitado, en gran medida, un camino adicional para financiar sus proyectos con la s\u00f3lida ayuda del Instituto.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>XII.-<\/strong> Corregir el viejo concepto que conduc\u00eda a fomentar \u00fanicamente la producci\u00f3n, abarcando toda la cadena del proceso de la industria audiovisual, desde el proyecto hasta su distribuci\u00f3n, lanzamiento y difusi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>XIII.-<\/strong> Recomponer con regularidad e informaci\u00f3n el \u201cCosto medio\u201d, de manera que respete el esp\u00edritu con que fue creado, significando una verdadera referencia del costo de una producci\u00f3n audiovisual est\u00e1ndar.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>XIV.-<\/strong> Planificar anualmente la producci\u00f3n para la correcta utilizaci\u00f3n de los fondos de fomento como responsabilidad ineludible del Directorio.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>XV.-<\/strong> Incorporar el <strong>Principio Federal en las acciones del INCAA<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Adem\u00e1s de la asignaci\u00f3n de recursos para financiar proyectos en las provincias, detallada precedentemente, en el Anteproyecto se prev\u00e9 que es obligaci\u00f3n del INCAA que: <em>\u201cLas actividades permanentes que desarrolle en las provincias deber\u00e1n estar a cargo de residentes en las mismas, seleccionados por concursos, que se sustanciaran en ellas. La programaci\u00f3n de sus salas de cine, la conducci\u00f3n de sus escuelas, la conformaci\u00f3n de sus cuerpos docentes y las decisiones acad\u00e9micas propias de su funcionamiento, se ajustar\u00e1n a este criterio. Las etapas iniciales de la puesta en marcha de esas actividades podr\u00e1n estar a cargo de funcionarios interinos designados por el Directorio sin restricci\u00f3n de residencia. Estas etapas no podr\u00e1n exceder del plazo de un a\u00f1o, salvo grave caso de fuerza mayor.\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En los Fundamentos del Anteproyecto se consigna: <em>\u201cConstituye un falso federalismo instalar cines en las provincias cuya programaci\u00f3n se decide en la Ciudad de Buenos Aires; o el instalar escuelas cuyas autoridades, cuerpo docente y curr\u00edculo se decide tambi\u00e9n en dicha ciudad, con notable diferencia de lo que sucede con las Universidades Nacionales con sede en las provincias, cuyas decisiones se toman en cada una de ellas y sin interferencia de las autoridades nacionales.\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>XVI.-<\/strong> Incorporar al Fondo de Fomento recursos generados por las plataformas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En este punto el Anteproyecto <strong>no propone crear un nuevo impuesto.<\/strong> Se limita a corregir una anomal\u00eda de nuestro sistema legal que es, a la vez, una <em><strong>injusticia para la producci\u00f3n audiovisual nacional.<\/strong><\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Reforma Impositiva aprobada por el Congreso en el a\u00f1o 2017 incluy\u00f3 a la actividad comercial de las Plataformas Digitales en el Impuesto al Valor Agregado, pero no se destin\u00f3 parte de esos recursos al Fondo de Fomento Cinematogr\u00e1fico, cuando el mismo es generado por la comercializaci\u00f3n de obras audiovisuales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esto configura una anomal\u00eda grave que perjudica injustificadamente a ese Fondo, a la vez que establece una inadmisible discriminaci\u00f3n entre el destino del IVA en raz\u00f3n de una diferencia meramente tecnol\u00f3gica y no conceptual.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Cuando IVA es generado por la comercializaci\u00f3n de obras audiovisuales en salas de cine o se\u00f1ales de cable, o la televisi\u00f3n, parte del mismo termina destin\u00e1ndose al Fondo de Fomento, por cuanto el porcentaje que la Ley asigna al Fondo de Fomento, se deduce del pago del 21 % que corresponde por la al\u00edcuota del valor agregado. De esta manera el 21 % de IVA que paga el espectador en salas de cine se desagrega en un 11 % para el fisco y un 10 % para el Fondo de Fomento. El gravamen que establece la Ley de Medios que se destina al Fondo de Fomento tambi\u00e9n se deduce del IVA.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">No hay raz\u00f3n alguna que justifique que ese mismo criterio no se aplique cuando la comercializaci\u00f3n de esas mismas obras audiovisuales se realiza mediante las plataformas digitales (OTTs), cosa que sucede en la actualidad en perjuicio de nuestra producci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para subsanar esta anomal\u00eda en el Anteproyecto se propone que el IVA que ya genera la comercializaci\u00f3n de obras audiovisuales mediante las plataformas, se divida entre el Fisco y el Fondo de la misma forma y proporci\u00f3n en que, actualmente, se divide el que genera la comercializaci\u00f3n en las salas de cine o canales de cable.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>XVII.- <\/strong>Apoyar y contribuir, a su pedido, con el funcionamiento de la Cinemateca Nacional (Ley 25119).<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator has-alpha-channel-opacity\"\/>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Los recursos generados por las plataformas<\/h2>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\">-no se impone un nuevo impuesto, se corrige una anomal\u00eda-<\/h4>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Este Anteproyecto viene a corregir una anomal\u00eda de nuestro sistema legal que es, a la vez, una injusticia para la producci\u00f3n audiovisual nacional sin establecer un nuevo impuesto.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Reforma Impositiva aprobada por este Congreso en el a\u00f1o 2017 se incluy\u00f3 a la actividad comercial de las Plataformas Digitales en el Impuesto al Valor Agregado, pero <strong>no<\/strong> se destin\u00f3 parte de esos recursos al Fondo de Fomento Cinematogr\u00e1fico, cuando el mismo es generado por la comercializaci\u00f3n de obras audiovisuales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esto configura un perjuicio grave e injustificado a ese Fondo, a la vez que establece una inadmisible discriminaci\u00f3n en el destino del IVA.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Cuando ese IVA es generado por la comercializaci\u00f3n de obras audiovisuales en salas de cine o se\u00f1ales de cable, parte del mismo termina destin\u00e1ndose al Fondo de Fomento, por cuanto el 10 % que la Ley asigna al mismo, se deduce del pago del 21 % que corresponde por la al\u00edcuota del valor agregado. De esta manera el 21 % de IVA que paga el espectador en salas de cine se desagrega en un 11 % para el fisco y un 10 % para el Fondo de Fomento.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En t\u00e9rminos porcentuales, tenemos que el 52,38 % de ese IVA se destina al Fisco, y su 47,62 % se destina al Fondo de Fomento.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">No hay raz\u00f3n alguna que justifique que <em>ese mismo criterio<\/em> no se aplique cuando la comercializaci\u00f3n de esas mismas obras audiovisuales se realiza mediante las plataformas digitales (OTTs), cosa que sucede en la actualidad en perjuicio de nuestra producci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para subsanar esta anomal\u00eda en el Anteproyecto, se propone que el IVA que ya genera la comercializaci\u00f3n de obras audiovisuales mediante las plataformas se divida entre el Fisco y el Fondo de la <em>misma forma y proporci\u00f3n<\/em> en que, actualmente, se divide el que genera la comercializaci\u00f3n en las salas de cine o canales de cable. (Cfr. Art. 25\u00b0)<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Representantes del EAN \u2013 Espacio Audiovisual Nacional \u2013 se reunieron en la provincia de Chaco con los 10 Gobernadores del Norte Grande, quienes recibieron el Anteproyecto de la Nueva Ley para la Producci\u00f3n y la Industria Audiovisual. 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