{"id":108442,"date":"2021-10-12T09:15:13","date_gmt":"2021-10-12T12:15:13","guid":{"rendered":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/?p=108442"},"modified":"2021-10-12T09:15:14","modified_gmt":"2021-10-12T12:15:14","slug":"acceso-a-la-informacion-publica-y-participacion-ciudadana","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/acceso-a-la-informacion-publica-y-participacion-ciudadana\/","title":{"rendered":"Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica y Participaci\u00f3n Ciudadana"},"content":{"rendered":"\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter size-full\"><a href=\"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2021\/10\/Transparencia-publica.png\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"880\" height=\"530\" src=\"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2021\/10\/Transparencia-publica.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-108443\" srcset=\"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2021\/10\/Transparencia-publica.png 880w, https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2021\/10\/Transparencia-publica-300x181.png 300w, https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2021\/10\/Transparencia-publica-768x463.png 768w, https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2021\/10\/Transparencia-publica-498x300.png 498w\" sizes=\"auto, (max-width: 880px) 100vw, 880px\" \/><\/a><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>Para comprender la importancia del Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica y la Participaci\u00f3n Ciudadana, voy a citar los conceptos generales a nivel mundial al respecto.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><em>El acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica, como se establece en las convenciones y leyes nacionales, representa un derecho fundamental para todos los ciudadanos que deseen buscar y recibir informaci\u00f3n y datos en manos del Estado. Asimismo, es importante porque permite participar en los asuntos pol\u00edticos y monitorear las acciones del Estado<br>transparentando la gesti\u00f3n p\u00fablica.<br><br>El ejercicio del derecho de acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica fortalece la participaci\u00f3n ciudadana, las pol\u00edticas p\u00fablicas, la gesti\u00f3n p\u00fablica y por ende la gobernabilidad democr\u00e1tica. Al mismo tiempo, permite reforzar la legitimidad del sistema democr\u00e1tico incorporando al ciudadano en los procesos de deliberaci\u00f3n, gesti\u00f3n y evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas, sumando un componente de sustentabilidad a las pol\u00edticas p\u00fablicas.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>La Constituci\u00f3n de la Naci\u00f3n Argentina (1994) garantiza el principio de publicidad de los actos de Gobierno y el derecho de acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica a trav\u00e9s del art\u00edculo 1\u00b0, de los art\u00edculos 33, 41, 42 y concordantes del Cap\u00edtulo Segundo -que establece nuevos Derechos y Garant\u00edas- y del art\u00edculo 75 inciso 22, que incorpora con jerarqu\u00eda constitucional diversos Tratados Internacionales.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Desde 2016 el pa\u00eds cuenta con la Ley 27.275 de \u00abDerecho de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica\u00bb, que tiene por objeto garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica, promover la participaci\u00f3n ciudadana y la transparencia de la gesti\u00f3n p\u00fablica (Art. 1).<\/p>\n\n\n\n<p>El derecho de acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica comprende la posibilidad de buscar, acceder, solicitar, recibir, copiar, analizar, reprocesar, reutilizar y redistribuir libremente la informaci\u00f3n bajo custodia de los sujetos obligados por la ley. A su vez, se presume p\u00fablica toda informaci\u00f3n que generen, obtengan, transformen, controlen o custodien los sujetos obligados alcanzados por la norma (Art. 2).<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, Argentina adhiere a los principios establecidos en la Carta Iberoamericana de Gobierno Abierto, adoptada por la XXV Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno de 2016, y en ese marco fomenta la rendici\u00f3n de cuentas de la administraci\u00f3n p\u00fablica ante la ciudadan\u00eda y un permanente control social.<\/p>\n\n\n\n<p>Dicho esto, surgen en la Argentina, serias irregularidades por parte del Estado y sus organismos al momento de brindar la informaci\u00f3n requerida, si bien existe la Ley 27.275 en la esfera nacional y las provincias deber\u00edan haber adecuado sus normas a la mencionada norma, no faltan los funcionarios que limitan el acceso a la informaci\u00f3n incluso invocando normas de menor rango, desconociendo que existe una jerarqu\u00eda de leyes o pir\u00e1mide de Kelsen. Conductas contrarias a derecho que deber\u00edan ser erradicadas de plano en un Estado de Derecho, los gobiernos tienen cientos de abogados con cargos jer\u00e1rquicos que nos cuestan muy caros, pero esta situaci\u00f3n tan b\u00e1sica contin\u00faa siendo un problema en gobiernos por ejemplo como el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la Gobernaci\u00f3n de la Provincia de Buenos Aires.<\/p>\n\n\n\n<p>A nivel nacional, curiosamente la dependencia m\u00e1s reacia a brindar informaci\u00f3n o tener una gesti\u00f3n abierta a la participaci\u00f3n ciudadana es la Oficina Anticorrupci\u00f3n, ha sido as\u00ed durante muchos a\u00f1os y solo recuerdo una excepci\u00f3n en el Dr. Jos\u00e9 Massoni con quien tuve varias entrevistas, donde siempre se mostr\u00f3 receptivo a mejorar el trabajo de una oficina importante para la transparencia de la que tanto se habla pero poco se hace. Su reemplazo Manuel Garrido fue para el olvido al igual que otros es funcionarios que dejaron mucho por hacer y siempre tuvieron excusas pueriles.<\/p>\n\n\n\n<p>Hoy la OA, con su titular el Dr. F\u00e9lix Pablo Crous es m\u00e1s amplia, con un presupuesto muy superior y varias direcciones, por ende m\u00e1s personal, es menos eficiente y ni siquiera tienen tiempo para audiencias.<\/p>\n\n\n\n<p>De la investigaci\u00f3n period\u00edstica sobre varios funcionarios surgen inconsistencias relevantes e incompatibilidades que no son detectadas y al requerirle informaci\u00f3n pocas veces responden.<\/p>\n\n\n\n<p>La cuesti\u00f3n del Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica y la Participaci\u00f3n Ciudadana se agrava en la provincia de Buenos Aires donde directamente y como ya lo he mencionado varias veces no hay una gesti\u00f3n seria, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que conduce Julio Alak es solo un conjunto de funcionarios que poco hacen por la transparencia, a pesar de que poseen la Ley N\u00b0 15.000 y los Decretos Reglamentarios N\u00b0 899\/18 y 696\/20, he comprobado serias irregularidades e incosistencias que he puesto de manifiesto al Ministerio obteniendo como respuesta que no pueden cotejar o investigar lo declarado en las declaraciones juradas, ergo, los funcionarios no se toman con seriedad el informar la veracidad de su patrimonio y el origen, con lo cual se viola la Ley y se torna abstracto las dependencias vinculadas a la transparencia, falta evidentemente decisi\u00f3n pol\u00edtica de cumplir con las normas anticorrupci\u00f3n, no basta con pregonar transparencia si no se trabaja en ella.<\/p>\n\n\n\n<p>Por el lado del Gobierno de la Ciudad, poseen la Ley 104, de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica, que en l\u00edneas generales funciona bien, la aclaraci\u00f3n es necesaria porque dependiendo del tema requerido y del funcionario alcanzado la informaci\u00f3n se rechaza, a\u00fan cuando no hay una causal legal para ello, con lo cual es evidente que existen temas \u201cblindados\u201d y otras dependencias no dudan en mentir como si fueran ni\u00f1os cuando de algunos \u201cnegocios\u201d poco claros se trata entre el Gobierno de la Ciudad y empresas.<\/p>\n\n\n\n<p>Existe una especie de \u201climbo\u201d entre las normas que garantizan el Acceso a la Informaci\u00f3n y la Participaci\u00f3n Ciudadana, los gobiernos est\u00e1n c\u00f3modos en incumplir las obligaciones porque la v\u00eda judicial para recurrir los incumplimientos es tediosa y lenta, no hay una cultura de parte de los funcionarios en general de investigar hechos de corrupci\u00f3n, instituciones relevantes como las que forman parte del Poder Judicial, poseen oficinas de Control Interno con nula efectividad a pesar de que las encuestas muestran desconfianza de los ciudadanos en la justicia, como si las m\u00e1ximas autoridades, Corte y Procuraciones Generales no estuvieran informadas o vivieran una realidad distinta al resto de la sociedad. Poco se puede esperar de estos si son justamente ellos los que suelen incumplir con la presentaci\u00f3n de declaraciones juradas patrimoniales y de transparencia. Los Consejos de la Magistratura a la fecha no han desarrollado la transparencia que los ciudadanos reclaman a los magistrados.<\/p>\n\n\n\n<p>Para concluir, es tarea de los ciudadanos el reclamar y participar, la transparencia es necesaria porque la corrupci\u00f3n nos afecta a todos, la corrupci\u00f3n MATA, no es una frase, es la realidad, no se trata de funcionarios o pol\u00edticos \u201cvivos\u201d u oportunistas, se trata de delincuentes, se trata p\u00e9rdidas que no se pueden cuantificar, no se trata de el auto de alta gama o el yate que no pueden justificar sino de los recursos que no tiene el PAMI para que un viejo no se muera, se trata de la medicaci\u00f3n que necesita el ni\u00f1o o ni\u00f1a de la colecta que ves en redes sociales, se trata de la ambulancia que no llega a tiempo y as\u00ed miles de ejemplos diarios.<\/p>\n\n\n\n<p>Ejerzamos la ciudadan\u00eda, tengamos compromiso social porque tarde o temprano eso que no reclamamos nos termina llegando a todos.<\/p>\n\n\n\n<p>Por Marcelo Ricardo Hawrylciw<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Para comprender la importancia del Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica y la Participaci\u00f3n Ciudadana, voy a citar los conceptos generales a nivel mundial al respecto. 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