{"id":100573,"date":"2020-11-26T09:31:56","date_gmt":"2020-11-26T12:31:56","guid":{"rendered":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/?p=100573"},"modified":"2020-11-26T09:31:58","modified_gmt":"2020-11-26T12:31:58","slug":"teletrabajo-desconexion-sera-irrenunciable-sin-vuelta-a-presencial-para-quien-acuerde-home-office","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/teletrabajo-desconexion-sera-irrenunciable-sin-vuelta-a-presencial-para-quien-acuerde-home-office\/","title":{"rendered":"Teletrabajo: desconexi\u00f3n ser\u00e1 \u00abirrenunciable\u00bb; sin vuelta a presencial para quien acuerde home office"},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"683\" src=\"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2020\/11\/Teletrabajo-1024x683.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-100574\" srcset=\"https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2020\/11\/Teletrabajo-1024x683.jpg 1024w, https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2020\/11\/Teletrabajo-300x200.jpg 300w, https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2020\/11\/Teletrabajo-768x512.jpg 768w, https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2020\/11\/Teletrabajo-450x300.jpg 450w, https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2020\/11\/Teletrabajo-1536x1024.jpg 1536w, https:\/\/www.elsindical.com.ar\/notas\/var\/www\/html\/notas\/wp-content\/uploads\/2020\/11\/Teletrabajo.jpg 1920w\" sizes=\"auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><figcaption>Man typing on laptop working on freelance at home. Up view on a man in casual trousers and jacket keyboarding on computer.<\/figcaption><\/figure>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La reglamentaci\u00f3n de la ley aprobada en julio incluye gui\u00f1os al sector empresario que se hab\u00eda mostrado muy cr\u00edtico de la normativa.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La reglamentaci\u00f3n de la&nbsp;ley&nbsp;de&nbsp;teletrabajo, de inminente publicaci\u00f3n en el Bolet\u00edn Oficial, incluir\u00e1 la reafirmaci\u00f3n de algunos derechos del asalariado a distancia como la garant\u00eda absoluta de la potestad de la desconexi\u00f3n, as\u00ed como gui\u00f1os a los empresarios como la imposibilidad para quienes aceptan desempe\u00f1arse en sus hogares en el arranque del contrato de cambiar a la modalidad presencial. La normativa, a la que tuvo acceso este diario, habilita adem\u00e1s a los empleadores a remitir comunicaciones a su personal fuera de la jornada laboral en caso de existir diferencia en el huso horario entre ambos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Ministerio de\u00a0Trabajo, de Claudio Moroni, termin\u00f3 de definir los diez art\u00edculos que reglamentar\u00e1n y dar\u00e1n vigencia plena a la Ley 27.555 sancionada por el Congreso en julio pasado y promulgada por el Gobierno el 14 de agosto. Se trata del esquema legal que la administraci\u00f3n de Alberto Fern\u00e1ndez logr\u00f3 aprobar en medio de la pandemia para adecuar las relaciones laborales fuera de los establecimientos empresarios, y que fue resistida por las principales c\u00e1maras patronales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El primer art\u00edculo de la reglamentaci\u00f3n, que precisa los alcances de igual punto de la ley, aclara que no ser\u00e1 considerado teletrabajador quien se desempe\u00f1e en el domicilio del cliente del empleador o cuando la prestaci\u00f3n a distancia fuese \u201cespor\u00e1dica y ocasional\u201d. El siguiente art\u00edculo avanza sobre salvedades en el derecho a la desconexi\u00f3n cuando existiera un huso horario diferente del empleador respecto del trabajador, al admitir \u201cla remisi\u00f3n de comunicaciones fuera de la jornada laboral\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cLas partes podr\u00e1n acordar excepciones cuando la naturaleza de la actividad desarrollada lo justifique\u201d, es la frase ambigua que plantea la reglamentaci\u00f3n acerca de las comunicaciones de las empresas a sus teletrabajadores y que, para abogados laboralistas de los gremios, deja la puerta abierta para eventuales excesos. De todos modos, la norma garantiza que&nbsp;\u201cno se podr\u00e1n establecer incentivos condicionados al no ejercicio del derecho a la desconexi\u00f3n\u201d. Tampoco podr\u00e1n computarse como \u201cincentivos\u201d los incrementos de sueldo \u201cvinculados a la retribuci\u00f3n de las horas suplementarias\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El articulado tambi\u00e9n precisa los alcances del derecho a la interrupci\u00f3n de la prestaci\u00f3n del servicio por parte del trabajador a distancia para abocarse al cuidado de personas, un punto especialmente cr\u00edtico desde el inicio de la cuarentena. Si bien la ley establec\u00eda una cobertura amplia para quienes tuviesen a su cargo a \u201cmenores de trece a\u00f1os; personas con discapacidad, o adultos mayores\u201d para fijar horarios compatibles y eventualmente suspender las labores sin riesgo de represalias, la reglamentaci\u00f3n obliga a dar aviso \u201cen forma virtual y con precisi\u00f3n\u201d sobre la interrupci\u00f3n y el momento de retomar el trabajo. \u201cEn los casos en que las tareas de cuidado no permitan cumplir con la jornada legal o convencional, se podr\u00e1 acordar su reducci\u00f3n por convenio colectivo\u201d, se\u00f1ala la norma sobre este punto y, as\u00ed, vuelve a someter a una negociaci\u00f3n lo que en la ley original era un derecho individual.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La reversibilidad del teletrabajo para la eventual vuelta a la presencialidad se mantuvo de la ley a la reglamentaci\u00f3n casi sin cambios con la sola aclaraci\u00f3n de que el trabajador deber\u00e1 \u201cinvocar una motivaci\u00f3n razonable y sobreviniente\u201d y que el empleador contar\u00e1 con hasta 30 d\u00edas para implementarla. En cambio, los trabajadores que hubiesen aceptado la condici\u00f3n de labor domiciliaria desde el arranque del contrato \u201cno podr\u00e1n revocar su consentimiento ni ejercer el derecho a que se les otorguen tareas presenciales, salvo lo dispuesto en los convenios colectivos de trabajo o en los contratos individuales\u201d. Dicho de otro modo, si el convenio de la actividad o el contrato de un teletrabajador que acepta esa condici\u00f3n de arranque no establecen taxativamente qu\u00e9 hacer frente a un planteo de pase a presencial, el empleador podr\u00e1 no concederlo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Otro gui\u00f1o de la reglamentaci\u00f3n al sector empresario es la garant\u00eda de que los elementos de trabajo y la compensaci\u00f3n de gastos para el desarrollo de la labor a distancia \u201cno se consideran remuneratorias y, por ende, no integran la base retributiva para el c\u00f3mputo de ning\u00fan rubro emergente del contrato de trabajo\u201d. Es decir, no podr\u00e1n reclamarse esos montos para el c\u00e1lculo de las indemnizaciones.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En tanto que el art\u00edculo 8 de la reglamentaci\u00f3n le pone l\u00edmites a la acci\u00f3n de los sindicatos en el margen que tendr\u00e1n para dejar a salvo \u201cla intimidad de la persona y la privacidad de su domicilio\u201d respecto de los mecanismos de protecci\u00f3n de datos de las empresas contemplados en los puntos 15 y 16 de la ley. En este punto la norma aclaratoria se\u00f1ala que el involucramiento de los gremios \u201ctendr\u00e1 lugar mediante auditor\u00edas conjuntas\u201d que les permitan a las empresas garantizar \u201cla confidencialidad de los procesos y datos y limitadas a preservar los derechos establecidos a favor de las personas que trabajan bajo la modalidad\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para el laboralista Juan Manuel Ottaviano, asesor sindical y especializado en el \u00e1rea de trabajo y tecnolog\u00eda, \u201cse trata de una regulaci\u00f3n que busca establecer las reglas de juego para una modalidad emergente\u201d y que no apunta a \u201calentar ni a limitar el teletrabajo\u201d. \u201cLa nueva normalidad es una inc\u00f3gnita. Lo seguro es que el teletrabajo no se sostendr\u00e1 en los niveles de la pandemia pero tampoco volveremos al uso marginal de esta modalidad anterior al coronavirus. A diferencia de otras regulaciones en la regi\u00f3n, esta ley es neutral y la reglamentaci\u00f3n parece seguir esa l\u00ednea, limitando algunos derechos y ampliando otros\u201d, evalu\u00f3 el integrante del centro de Capacitaci\u00f3n y Estudios sobre Trabajo y Desarrollo (Cetyd) de la Universidad de San Mart\u00edn.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La reglamentaci\u00f3n de la ley aprobada en julio incluye gui\u00f1os al sector empresario que se hab\u00eda mostrado muy cr\u00edtico de la normativa. 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