Telám: Persecución sindical explícita

Desde el Sindicato de Trabajadores de Prensa (SITRAPREN), Personería Gremial Nro. 1880 y único representativo de la totalidad de los trabajadores de la AGENCIA TÉLAM SOCIEDAD DEL ESTADO, repudiamos la persecución sindical que llevan adelante las autoridades de la empresa, que ayer sumó la emisión de un informe repleto de falacias en el programa “La Cornisa”.

En un hecho sin precedentes en la historia democrática de Télam, el actual Directorio pretende avanzar contra esta organización sindical con el fin de preparar el camino para poder llevar adelante el achicamiento por ellos mismos anunciado y “presionar” para lograr concretar la modificación del Convenio Colectivo de Trabajo N°301/75 por el cual se rigen los derechos de los trabajadores de prensa.

Desde ya, no podemos dar relevancia a una operación de prensa que fue notoria para los televidentes y nuestros compañeros, sin embargo, nos vemos en la obligación de hacer algunas aclaraciones frente a una transmisión tendenciosa y armada en base a un cúmulo de mentiras:

– El conductor Luis Majul al presentar el “informe” hace referencia a un “sindicato interno… inventado” en la “agencia oficial de noticias Télam”. Luego, el relato continúa haciendo alusión a que el SITRAPREN es un “gremio de los trabajadores de servicios de esa empresa estatal”, que “no es un sindicato de prensa”. Así demuestra que su participación no responde a una cuestión periodística, ya que si hubiera chequeado la información no podría afirmar tremenda falacia cuando se trata de una organización que cuenta con personería gremial e inclusive el actual Directorio firmó dos paritarias con nuestros dirigentes que incluyó a todos los trabajadores de la Agencia.

A su vez, debemos recordarle que Télam es una Sociedad del Estado, no una agencia oficial como pretende comunicar para crear una imagen negativa en la sociedad.

– EL SITRAPREN se creó en 2002 luego de batallar contra la anterior gestión de Pousá en Télam durante el gobierno de la Alianza que cerró, disolvió y liquidó a Télam S.A.I.yP. dejando a 300 familias en la calle, y debido al resultado de esa lucha la agencia resurgió como Télam S.E.

– Nuestro secretario general trabaja en Télam desde hace 39 años, lugar donde comenzó como auxiliar y alcanzó la categoría salarial de Subgerente en 2011, algo que no es un secreto en la empresa.

– Acompaña el “informe” declaraciones de Leonor Lamberto (66), a quien presentan como “encargada de la cocina”, categoría que no existe en el escalafón y que tampoco ejerce, vale aclarar que es “Auxiliar/operario calificado”.

– Ella declara: “hace ocho años que estoy bajo la gestión de él (por Lucho Giménez)”, simplemente con esto cae por su propio peso todo lo que aduce después, ya que es una afirmación absolutamente falsa, dado que Giménez está a cargo del Departamento Logística e Ingresos desde agosto de 2015, posteriormente a la “gestión” de Ernesto Olagüe, quien fuera uno de los firmantes del Acta que designó a Giménez, ya que sino hubiera sido rubricado por ellos se habría incurrido en una violación a la tutela sindical. A esto se suma que ella estuvo bastante tiempo con licencia médica.

– Con respecto a la participación de Ernesto Olagüe la mentira se observa desde el principio: Se presenta como “Sindicalista de Télam”, cuando hace más de un año que dejó de serlo para cruzar el charco al colocarse justo en la vereda opuesta a los trabajadores y finalmente convertirse en testigo de la patronal en una de las causas iniciadas por nuestro secretario general. Sí, como lo leyeron de sindicalista a testigo de la patronal, hoy camuflado como afiliado de un sindicato con simple inscripción gremial que estuvo en el freezer durante diez años y actualmente “reaparece” con 40 afiliados en Télam y pretende convocar a elecciones de “seudo-delegados” con la complicidad del Directorio, quien incluso actúa en contra de los lineamientos marcados por el Ministerio de Modernización.

– Sin poder mirar de frente a la cámara y con un discurso titubeante, no supo siquiera responder a la pregunta: “¿Qué se hacía con el dinero de los afiliados? ¿Adónde iba ese dinero?” Simplemente atinó a decir: “Es una buena pregunta”. Llama la atención su balbuceo cuando fue él justamente quien autorizó todos los movimientos bancarios de la cuenta del SITRAPREN, firmó la aprobación de los balances y durante el período en el cual el aporte voluntario de los afiliados se percibió mediante un cheque emitido por Télam fue él quien acudió a cobrarlo. De más está decir, que hasta septiembre de 2016 fue secretario adjunto y que hubo que notificarlo mediante carta documento porque se negaba a darse de baja de la cuenta bancaria.

– Asimismo, fue el propio Ministerio de Trabajo quien convalidó los números del SITRAPREN al momento de realizar el cotejo (con datos de 2011) que terminó con el otorgamiento de nuestra personería gremial.

Antes de continuar, es indispensable explicar el contexto que demuestra por qué necesitan recurrir a operaciones de este tipo. Esto es, que Télam ha suprimido ilegalmente la mayoría de las tareas y funciones laborales de Giménez, lo cual ha determinado la judicialización del reclamo mediante amparo sindical, que obtuvo sentencia interlocutoria favorable de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que hizo lugar al pedido de medida cautelar solicitado, por el cual, en mayo de 2017, la Sala VIII ordenó “la prohibición de innovar en la situación de revista y funciones desempeñadas por Luis Omar Giménez en TELAM S.E. que tenía al 10 de agosto de 2016, hasta la fecha en que se dicte sentencia definitiva con relación a la cuestión de fondo, bajo apercibimiento de aplicar sanciones conminatorias”, que actualmente Télam se encuentra incumpliendo arbitrariamente al igual que la intimación ordenada por el Juzgado Nacional de 1ra. Instancia del Trabajo Nº52, de fecha 21 de junio de 2017, que imponía “plazo de veinticuatro (24) horas de cumplimiento a lo dispuesto por el Superior CNAT a fs. 172/173 (ver también fs. 196), bajo apercibimiento de imponerle una multa de pesos cinco mil ($5.000), por cada día de retardo”.

Además, los funcionarios de Télam enfrentan dos causas penales por “malversación de fondos, abuso de autoridad e incumplimiento de deberes de funcionario público”, una presentada por el SITRAPREN a través de los compañeros Maximiliano Suárez, Jorge Osvaldo Ortega, Adrián Chazarreta y Daniel Segal, el 28 de junio de 2016, y otra de 2017 por la tercerización innecesaria del circuito administrativo y operativo del comedor que generó un gasto al Estado de más de tres millones de pesos.

Frente a este escenario, es posible comprender por qué las autoridades de Télam incrementaron con vehemencia la persecución contra nuestra organización sindical.

Volviendo a la operación mediática transmitida por “La Cornisa”, el televidente pudo observar cómo el relato no se condecía con lo que reflejaban las imágenes. Así, frente a tantas acusaciones falaces sólo exhibían impresiones de “informes” realizados por la Oficina Anticorrupción (OA) frente a una consulta que realizó Télam. Sí, una “consulta” no una denuncia, que inclusive hasta el mismo organismo aclara que no fue presentada siguiendo los pasos que establece la ley pertinente.

De hecho, quien se tomó el tiempo de leer dichos textos puede comprender que en nada se asemejan a lo comunicado en el programa, ya que la misma OA aclaraba desconocer la información para poder aseverar algo concreto. Por eso, les brindó a las autoridades una serie de recomendaciones a las que Télam hizo caso omiso.

En relación a la presentación de declaraciones juradas, nos vemos en la obligación de aclarar que nuestro secretario general, presenta todos los años la declaración jurada de bienes personales tal como le corresponde, sino la misma AFIP ya lo habría intimado.

Lo que es evidente es que éste no se encuentra comprendido entre los sujetos obligados a presentar DDJJ como funcionario público según la ley 25.188, y ello no resulta materia de interpretación. El simple hecho que el año pasado las mismas autoridades no se lo exigieran demuestra que ahora lo hacen con otra intención.

Es más, la carta documento que rubrica el Gerente de Recursos Humanos, Luis Quinteiro, afirma tener un dictamen de la OA con fecha 20/09/2017, cuando es de público conocimiento que dicho “informe” tiene fecha 01/09/2017, es decir, ya se parte de una mentira, y justamente proceden a enviar dicha CD –a un domicilio incorrecto- al día siguiente de haber sido allanados por las causas penales que presentó esta organización sindical. (http://sitrapren.com.ar/?p=1971)

Cabe destacar, que a nuestro secretario general la OA jamás le concedió traslado alguno sobre la “consulta” efectuada por Télam, ni se le requirió que se presente o informe alguna situación, ni se le notificó nada al respecto, por lo que, grosera sería al Debido Proceso y/o al Derecho de Defensa.

No obstante Télam insiste en hostigar, perseguir y amedrentar a nuestro dirigente, empeñándose en imponerle obligaciones que la ley no le impone, entrometiéndose ahora con otro de sus derechos de jerarquía constitucional y elucubrando aventuras administrativas ilegítimas.

Cabe señalar que, el Directorio atenta incluso contra el instituto de los Actos Propios, usando con una discrecionalidad inadmisible la categoría de Subgerente del Departamento de Logística e Ingresos que ostenta nuestro secretario general en Télam. ¿Acaso debemos recordarle vuestros dichos en presentaciones, incluso, judiciales? –v.gr. “A mayor abundamiento, cabe destacar que Télam S.E. nunca cuestionó ni condicionó la situación de revista del actor, tal como lo reconoce el propio Superior en el punto 2) de su dictamen, pero ello no es óbice para que “categoría” y “función” sean tomados como sinónimos como pretende arteramente la contraria con el objeto de confundir a VE, pues ambos conceptos son completamente distintos en una sociedad estatal como lo es TELAM, donde hay muchos empleados que tienen una categoría muy superior a la función que desempeñan en la empresa, por una mera cuestión salarial. A modo de ejemplo podemos citar la Gerencia de Periodismo que está compuesta de 20 secciones, y sin embargo en nómina hay 103 empleados con el cargo de Jefes de Sección. ¿Cómo es ello posible si solo hay 20 secciones? La respuesta es por una cuestión salarial” (…)-.

En relación a la denuncia por averiguación de delito que presentó el presidente del Directorio de Télam, Rodolfo Pousá, en julio de 2016 y que tramita el juez Rodolfo Canicoba Corral en nada tiene que ver con lo transmitido en el informe televisivo, de por sí cargado de contradicciones. Basta observar el escrito que presentan para darse cuenta a quién realmente denunció la empresa, con la aclaración que dicha persona en ese momento era delegado del personal (desde abril) no directivo del SITRAPREN.

Por último, en un próximo comunicado demostraremos cuáles son las razones por las que las autoridades de Télam pretenden desprestigiar y quitar del medio al SITRAPREN, lamentablemente los recursos a los que apelan –falacias y grupitos propatronales- los conducirán una vez más al fracaso.

Comisión Directiva

2016-2020

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