Sobreseen a detenido por tenencia de drogas porque la denunciante fue su esposa

La Sala I de la Cámara Federal sobreseyó a un hombre procesado por «tenencia de drogas con fines de comercialización” al decretar la nulidad de la denuncia que había efectuado su esposa, algo expresamente prohibido por la ley.

En una resolución de cuatro carillas los camaristas Eduardo Freiler, Jorge Luis Ballestero y Eduardo Farah, se remitieron al artículo 178 del Código Procesal Penal y cerraron la causa contra el imputado.

Esa norma establece que «nadie podrá denunciar a su cónyuge, ascendiente, descendiente o hermano, a menos que el delito aparezca ejecutado en perjuicio del denunciante o de un pariente suyo de grado igual o más próximo que el que lo liga con el denunciado”.

Los hechos analizados ocurrieron el 19 de octubre último cuando la mujer llamó al Comando Radioeléctrico con motivo de un «incidente familiar” y al llegar la policía a la finca de Bolivia al 5400, de esta Capital, denunció que su marido tenía guardados en la heladera cuatro «ladrillos» de marihuana.

Los camaristas explicaron que la norma que prohíbe denunciar a los parientes directos «intenta preservar sustancialmente la cohesión familiar y, con ello, la protección integral de la familia» tal como lo prevé la Constitución Nacional y los tratados internacionales.
La finalidad de ese texto, sostuvieron los magistrados, es «mantener la solidaridad, respeto y jerarquía entre ciertos integrantes del grupo familiar, por encima del interés en la persecución penal” ya que «el esclarecimiento y castigo de los hechos punibles cede a favor del valor integridad y cohesión de los vínculos familiares».

Al analizar si la mujer podía considerarse «víctima» del hecho por el que acusó a su esposo («almacenamiento» de drogas) los jueces analizaron que «no existen motivos que permitan fundadamente sostener que el delito haya sido ejecutado en perjuicio del denunciante o de un pariente suyo de grado igual o más próximo que el que lo liga con el denunciado».

Por lo tanto concluyeron que «al ser nula la denuncia que diera origen a la presente causa, igual suerte debe correr todo lo obrado en consecuencia» por lo que «corresponde decretar el sobreseimiento del imputado en orden a los hechos investigados».

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