Según fallo de Cámara Federal, más de 150.000 peritajes de la Corte Suprema serían inválidos

Al frágil y cuestionado rol del Poder Judicial de la Nación se suma esta investigación que recae ni mas ni menos que sobre la validez de peritajes del Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional que intervienen en calidad de peritos evaluando causas tanto penales como civiles.

De acuerdo a lo que surge de una investigación realizada, más de 150.000 peritajes -que a la fecha se siguen produciendo y en cuyos fundamentos se han basado e influido igual cantidad de decisiones judiciales- no tendrían validez. La Corte Suprema de Justicia rechazó la recusación realizada posterior a un fallo de Cámara Contencioso Administrato Federal Sala IV firmado por los jueces Duffy y Vicenti según, el cual, queda la sentencia firme que asegura que 22 peritos psicólogos de la Corte Suprema de Justicia “no hacían pericias y si las hubieran hecho serían inválidas”.

El tema es que este grupo de profesionales ha participado en calidad de Peritos en causas de Lesa Humanidad, Violencia de Género, Abuso Sexual Infantil, etc. Y vienen realizando pericias en el Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional desde el año 1995 y lo siguen haciendo hasta la fecha.

Al frágil y cuestionado rol del Poder Judicial de la Nación se suma esta investigación que recae ni mas ni menos que sobre la validez de peritajes del Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional que intervienen en calidad de peritos evaluando causas tanto penales como civiles.

Todo empezó cuando un total de veintidós profesionales psicólogos (habiendo agotado la instancia de reclamo administrativo ante la Corte Suprema) presentaron una demanda judicial contra la Corte Suprema de Justicia debido a percibir salarios en calidad de administrativos -dispares- muy por debajo de la tarea pericial que hacen.

Vale mencionar que luego de una auditoria al Cuerpo Médico Forense la Corte Suprema nombró a estos profesionales psicólogos en el año 2009 como “Peritos Ad Hoc”. Los problemas serían dos: que dicho nombramiento no implica una remuneración acorde al cargo de Perito y tampoco hace mención a todo el trabajo pericial que estos profesionales realizaron en dicha sede antes del año 2009 (ver adjunto 2, 3, 4, 5 y 6).

La Excelentísima Corte Suprema en el año 2014 llamó a concurso abierto para cubrir sólo cinco cargos de los veintidós reclamados, sin contemplar ni dar solución a la problemática de base: estos profesionales continúan trabajando como peritos dependientes de la Corte hasta la fecha.

En los siete años que duró el litigio empezado a fines de 2013, obtuvieron primero un fallo en primera instancia favorable, luego la cámara Federal falló en contra de ellos y, finalmente la Corte Suprema decidió no absorber la recusación planteada ni tampoco nombrar conjueces, recordemos que el juicio era justamente contra la Corte Suprema. Con lo cual no sólo se han quedado sin posibilidad de recurrir a una instancia superior a la Cámara de reclamo Nacional, sino -que lo más grave- sería que en la actualidad, el fallo de Cámara que consideraba a estos informes como inválidos reviste calidad de firme, vigente y definitivo.

De acuerdo a las pruebas, el Excelentísimo Máximo Tribunal estaría violando de manera sistemática el principio constitucional básico de igual tarea igual remuneración.

La gravedad del tema no termina justo allí ya que se trata de un grupo de peritos en su mayoría compuesto por mujeres (18 mujeres de 22) con lo cual podría contemplarse como comprendido en el presupuesto de violencia de género económica y patrimonial “la percepción de un salario menor por igual tarea, dentro de un mismo lugar de trabajo” (estipulado en la ley 26.485 contra la Violencia de Género en su Artículo 5to inciso 4to sección D). Lo paradójico sería que estos los peritos incluidos en el reclamo intervienen evaluando ni más ni menos que expedientes contra la violencia a la mujer y de abuso sexual.

¿La Corte Suprema de Justicia de la Nación estaría ejerciendo violencia de genero económica con los peritos asignados a evaluar la violencia de genero? De llegar a comprobarse esto, podría configurar lo que en simbología se conoce como uróboro de perversión, la imagen de una víbora que se muerde la cola, también representado en la cinta de Moebius por un dispositivo cerrado que se retroalimenta sistemáticamente.

Más allá de esa inquietud -que en tal caso un Juez tendría que analizar y probar- la primer y fundamental pregunta que la Corte debería responder, es si esos más de 150.000 son peritajes válidos. En caso de que sí lo fueran, surgen dos interrogantes: ¿por qué la Cámara -en un fallo definitivo y vigente- se pronuncia articulando razonamientos contrarios?, y ¿por qué, desde hace un cuarto de siglo (25 años) que a estos profesionales psicólogos no se les paga el valor correspondiente a la tarea pericial que siguen realizando? Contrastan estas carencias y precariedades económicas con un proyecto faraónico de edificar un nuevo Cuerpo Médico Forense en Comodoro Py.

Así mismo, la mayoría de los ministros integrantes de esta misma Corte (Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda, entre otros Jueces) firmaron resoluciones de la Corte Suprema en donde nombran peritos del Cuerpo Médico Forense sin concursar (en el año 2009 y 2012) en carácter de “idoneidad y excepcionalidad” -ver adjunto 7, 8, 9- además de haber otorgado contratos por el cargo de peritos a quienes no habían concursado como tales y se desempeñaban como tales. No fue el caso de este grupo de peritos psicólogos conformado por una amplia mayoría de mujeres.

De más estaría reflexionar, que, si la Corte Suprema no cumple con lo estipulado en la Constitución para con sus propios empleados peritos psicólogos, ¿qué ejemplo de garantía institucional estaría dando? ¿qué modelo de ejemplo cabría para el resto de los ciudadanos?

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